La Proposición de Ley de Inspección General de Servicios del Principado que tramita la Junta General y que se
pretende aprobar en los próximos meses, coloca a un Director General elegido a
dedo por el Consejo de Gobierno al frente de este Organismo, a modo de
comisario político que filtrará las propuestas técnicas de los funcionarios
inspectores y decidirá conforme a las directrices partidistas del Gobierno de
turno.
La Proposición de Ley se carga de
un plumazo el puesto de Jefe/a de Servicio de la Inspección General, previsto
en el artículo 12 del vigente Decreto 46/88, por el que regula el funcionamientode este Organismo, puesto de Jefatura que, desde la entrada en vigor de la Ley 7/2014, de 7 de julio de medidas en materia de función pública, debe cubrirse
obligatoriamente por concurso de méritos. Con esta supresión del puesto de Jefe/a de Servicio, se sitúa a los inspectores bajo la
dependencia directa de un cargo político jerárquicamente sometido a las
instrucciones del Gobierno. La regresión en cuanto a la independencia e
imparcialidad de la Inspección General difícilmente podría ser más dura.
Lo sorprendente del caso es que la
Proposición de Ley que ahora se tramita, que fue presentada por el grupo parlamentario de Ciudadanos en el año 2016, establecía en su redacción original - artículo 22- que el Director de dicho Organismo sería seleccionado por concurso. ¿ Qué ha
cambiado para que en el documento que ahora pretende aprobar la Junta General
se abandone la exigencia de convocatoria pública y valoración de los méritos de
los candidatos y se opte por el dedazo del Consejo de Gobierno como mecanismo
de designación?, ¿ qué cromos se han intercambiado durante la tramitación
parlamentaria de la Proposición de Ley para introducir una modificación
tan regresiva?
A este respecto, llama
poderosamente la atención que la Proposición de Ley permita que los inspectores dependientes de la
Inspección General puedan provenir de cualquier Administración Pública –
Estado, otras Comunidades Autónomas, Ayuntamientos -, cuando la regla general
en la Administración del Principado de Asturias es que los puestos de trabajo deben ser ocupados por funcionarios públicos de esta Administración. Así, por
ejemplo, en la recién aprobada Ley de Transparencia del Principado se establece
(artículo 63.2) que los funcionarios adscritos a la Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción serán funcionarios de la Administración
del Principado de Asturias.
Además, la apertura de unos puestos que deben inspeccionar el funcionamiento de la Administración del
Principado a funcionarios/as de otras Administraciones, carece totalmente de sentido. Parece evidente que el adecuado desempeño de las funciones propias de un inspector requiere el conocimiento previo de la propia Administración que se
inspecciona y una experiencia contrastada dentro de la misma, cualidades que no poseen funcionarios que procedan de otras
Administraciones Públicas. Si la Inspección General del Estado y las Inspecciones de las Comunidades Autónomas reservan sus puestos a los funcionarios propios, ¿por qué se pretende ahora abrir los puestos de inspectores de la Inspección General del Principado a funcionarios/as de otras Administraciones?
La única explicación coherente que encontramos es que, mediante esta maniobra, algún partido político estaría pensando en colocar en el
Principado a funcionarios/as de su confianza interesados en recalar en esta Comunidad Autónoma, mediante el expeditivo procedimiento
del nombramiento digital en “comisión de servicios”.
Algo huele a podrido en la
tramitación de esta Proposición de Ley y en la prisa que algunos tienen en aprobarla.
Los diferentes grupos parlamentarios de la Junta General deberían explicar bien
su posición al respecto. Por higiene democrática.
PROPOSICIÓN DE LEY ORIGINAL
PROPOSICIÓN DE LEY ACTUAL
PROPOSICIÓN DE LEY ORIGINAL
PROPOSICIÓN DE LEY ACTUAL
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