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viernes, 28 de junio de 2019

Atlántica XXII deja de editarse


Revista Atlántica XXII

Cierra Atlántica XXII, un medio de comunicación que no recibía órdenes del poder político - económico sobre lo que podía o no publicar. Su independencia terminó asfixiándolo. Un golpe duro al derecho fundamental a comunicar y recibir libremente información veraz en Asturies

jueves, 27 de junio de 2019

Lo que quieren los trabajadores de RTPA




CSI na RTPA
21 mayo, 2019 
El Comité de Empresa ha entregado un resumen muy esquemático de las principales demandas de los trabajadores de RTPA a los 7 candidatos a la Presidencia del Principado que han acudido al debate a 7 de TPA.
Se pide una RTPA más pública, menos politizada, con más presupuesto y más transparencia.
Todos los candidatos han mostrado su predisposición, con mayor o menor entusiasmo, a futuros encuentros en los que conocer más detalladamente la visión de los trabajadores acerca de la RTPA.

domingo, 23 de junio de 2019

Nuevo varapalo del Tribunal Supremo al Tribunal de Cuentas por otro nombramiento ilegal


ES LA TERCERA SENTENCIA SOBRE EL MISMO PUESTO DE TRABAJO QUE DICTA EL TRIBUNAL SUPREMO ORIGINADA POR UNA PROPUESTA DEL CONSEJERO SUÁREZ ROBLEDANO

CONFILEGAL
Carlos Berbell | 03 Junio, 2019

El varapalo, de un modo específico y personal, es para el consejero del Tribunal de Cuentas por el PP, José Manuel Suárez Robledano. Es la tercera vez que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anula una propuesta de nombramiento –en este caso el puesto en liza era el de subdirector técnico de la Sección de Enjuiciamiento– impulsada por su persona.

Además, el Supremo impone al de Cuentas 3.000 euros en costas.

Suárez Robledano es el actual presidente de la Sección de Enjuiciamiento de esa institución y también es uno de los tres miembros de la comisión de gobierno del Tribunal de Cuentas.

La sentencia, la 590/2019 de 30 de abril, a la que ha tenido acceso Confilegal y de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas Murillo de la Cueva, dice de forma muy clara que «El Tribunal de Cuentas ha resuelto la adjudicación del puesto de trabajo con una justificación inconsistente».

El magistrado Lucas Murillo de la Cueva ha presidido también el tribunal sentenciador de la Sección Cuarta, que ha estado formado por los magistrados Celsa Pico Lorenzo, Octavio Juan Herrero Pina, Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo y José Luis Requero Ibáñez.

La propuesta de nombramiento ahora anulada fue avalada por la mayoría amplia que ahora tienen en el Tribunal de Cuentas los consejeros nombrados a propuesta del PP, bloque del que forma parte Suárez Robledano.  


LA HISTORIA DEL CASO 
El puesto anulado fue convocado en su día por el procedimiento de libre designación.

Al mismo concurrieron varios letrados del Tribunal de Cuentas con muchos años de experiencia. Dos de ellos ya estaban destinados en el departamento tercero del que es titular el consejero citado.

El «elegido» tenía que ser Agustín Pérez-Cruz Martín-, catedrático de Universidad de Derecho Procesal de A Coruña, quien, entre 2012 y 2013, ocupó provisionalmente ese puesto, a propuesta del consejero Suárez Robledano.

Pérez-Cruz Martín ocupó el puesto mediante un nombramiento provisional en comisión de servicio, y pasado el periodo máximo de un año, el Tribunal de Cuentas tenía que convocarlo públicamente.

Y así se hizo en el Boletín Oficial del Estado de 16 de octubre de 2013: “Número de orden: 15. Puesto de trabajo: Subdirector Técnico. Número de puestos: 1. Nivel: 30. Complemento específico: 48.775,02 euros. Subgrupo: A1. Cuerpos: C.L.T.C. y C.S.A.P. Titulación: Licenciado en Derecho. Formación específica: Experiencia en emisión de informes, propuestas y consultas de carácter jurídico. Experiencia en desempeño depuesto similar”.

El problema fue que Pérez-Cruz Martín no lo solicitó.

Sí lo hicieron 16 personas, tres de ellas varios letrados del propio Tribunal de Cuentas.

DE DIECISÉIS, NINGUNO: PRIMERA SENTENCIA
Ninguno de esos candidatos cumplía los requisitos, según la propuesta del consejero citado; el puesto se declaró desierto.

La decisión fue recurrida ante el Tribunal Supremo por la Asociación de Cuerpos Superiores de Letrados y Auditores del Tribunal de Cuentas, que volvió a propinar otro fuerte varapalo a éste órgano constitucional.

“Decir que de los dieciséis solicitantes, todos los cuales reúnen los requisitos exigidos, ninguno reúne las condiciones de idoneidad y confianza necesarias, no es decir nada si no se añaden unas mínimas explicaciones que permitan descartar la utilización de esa fórmula al antojo de quien debe hacer la designación”, decía la sentencia del Supremo de la que también fue ponente Lucas Murillo de la Cueva.

“Explicaciones que deben ofrecer una concreción, aún elemental, de cuál es la idoneidad de la que se habla y de por qué ninguno de los solicitantes la posee ni es merecedor de la confianza”, añade.

VOLVIERON A CONVOCAR LA PLAZA Y LA TUMBARON: SEGUNDA SENTENCIA
La Presidencia del Tribunal de Cuentas volvió, después, a convocar públicamente ese puesto, a la que sí presentó su solicitud Pérez-Cruz Martín, junto a la mayor parte de los aspirantes anteriores.

En esa ocasión, Pérez-Cruz Martín resultó nombrado a propuesta del consejero citado y ocupó definitivamente el puesto de subdirector técnico en el Departamento Tercero de la Sección de Enjuiciamiento.

El nombramiento fue recurrido, igualmente, ante la misma Sala del Tribunal Supremo por la asociación mencionada, solicitando la nulidad del nombramiento.

El Tribunal Supremo anuló el nombramiento de Pérez-Cruz y como consecuencia de la anulación, se volvió al momento anterior para que el consejero Suárez Robledano volviera hacer una propuesta entre los solicitantes iniciales del puesto.

TERCERA SENTENCIA
En vez de nombrar a cualquiera de los letrados del Tribunal de Cuentas que habían solicitado el puesto y que acreditaban experiencia de muchos años en la Sección de Enjuiciamiento, el consejero Suárez Robledano decidió proponer a Manuel José Alonso Nuñez, profesor titular de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla, quien no había trabajado anteriormente en el Tribunal de Cuentas.

La resolución de nombramiento fue recurrida por uno de los letrados del Tribunal de Cuentas solicitantes, Félix Alonso Carbajo, y por la Asociación de Letrados y Auditores del Tribunal de Cuentas.

La sentencia citada de 30 de abril de 2019 resuelve el recurso planteado por el letrado del Tribunal de Cuentas solicitante del puesto.

Para el recurso planteado por la Asociación está pendiente de dictarse sentencia.

UN TRIBUNAL DE CUENTAS CONTROLADO POR EL PP 
Al formar parte de la comisión de gobierno del Tribunal de Cuentas, Suárez Robledano es uno de los tres consejeros con más poder de la institución. 

En julio de 2018 dicha comisión fue renovada, al cumplirse su mandato, y, por primera vez en la historia democrática, pasó a estar controlada al ciento por ciento por consejeros del Partido Popular.

María José de la Fuente y de la Calle pasó a ocupar la Presidencia, que hasta ese momento ostentó Ramón María Álvarez de Miranda García, y Suarez Robledano y Javier Medina, presidente de la Sección de Fiscalización renovaron en sus cargos.

A su compañero de comisión, Javier Medina, el Tribunal Supremo le ha infligido varios correctivos por el mismo motivo que ahora a Suárez Robledano.


Después de 4 sentencias condenatorias del Supremo, regresa el hermano del consejero al Tribunal de Cuentas
El hermano del consejero del Tribunal de Cuentas, Javier Medina, que protagonizó un escándalo de nepotismo, ha regresado a la institución "discretamente".
Hasta ahora, el partido mayoritario había ostentado dos de los puestos y el minoritario, uno.

Además en enero de 2018, un consejero, de los cuatro a propuesta del PSOE, renunció por motivos de salud, con lo cual actualmente sólo hay tres consejeros a propuesta del PSOE.

La elección de los actuales consejeros del Tribunal de Cuentas se produjo en 2012, (con una mayoría absoluta del PP, en ese momento), y se eligieron siete consejeros a propuesta del PP entre ellos, Suárez Robledano, cuatro consejeros a propuesta del PSOE y un consejero propuesta de IU.


jueves, 13 de junio de 2019

¿Quién manda aquí?


Javier Álvarez Villa
Acontecimientos insólitos en la política española como las dimisiones de un ministro británico por mentir sobre una multa de tráfico, o de una ministra alemana por plagiar su tesis doctoral, son utilizados con relativa frecuencia para poner a los países del centro y norte de Europa como ejemplos dedemocracia plena. Democracias donde la política institucional se distinguiría por la rendición de cuentas –accountability–, la separación entre intereses públicos y privados, y también por mecanismos de “frenos y contrapesos” entre poderes –checks and balances–. Todo ello, en oposición a la democracia latina de los países del sur del continente, que sería una democracia degenerada, viciada por el clientelismo, la colusión entre lo público y lo privado, y la captura partidista de los organismos de control.
Pero esta distribución geográfica de la democracia representativa sana y de su deformación patológica dista bastante de ser cierta e inequívoca. Para constatarlo basta con leer el análisis minucioso sobre los circuitos de poder y la mercantilización de la política en la democracia británica de la última década que realiza Guy Standing en La corrupción del capitalismo. Allí aparecen desde la financiación de las campañas de los grandes partidos por plutócratas y multinacionales financieras, o la ocupación de altos cargos del Gobierno por exdirectivos de bancos de inversiones, hasta la privatización de servicios sanitarios por gobernantes que luego recalan en las compañías privadas beneficiadas, pasando por el uso de los medios de masas y de la moderna tecnología de la información por los grandes  grupos económicos para manipular a la opinión pública y condicionar los resultados electorales. Si trasladamos la mirada a la gran democracia americana todos estos fenómenos se amplifican hasta lo delirante.
En este panorama de corrupción sistémica, la relevancia que se quiere dar al reconocimiento por unos pocos ministros dimisionarios de su responsabilidad personal en ilegalidades objetivamente menores se antoja un ejercicio puritano de blanqueo de una profunda cloaca política.
No nos parece anecdótico recordar la advertencia de Adam Smith en La riqueza de las naciones acerca de que “los comerciantes del mismo gremio rara vez se reúnen, siquiera para pasar un buen rato, sin que terminen conspirando contra el público o por alguna subida concertada de precios”. El padre del liberalismo económico apuntaba ya hacia la necesidad de que el poder público regulara adecuadamente la competencia, bastantes años antes de que Marx y Engels sentenciaran en una frase lapidaria del Manifiesto Comunista, que el regulador había sido capturado por el poder económico: “Hoy, el poder público viene a ser, pura y simplemente, el Consejo de administración que rige los intereses colectivos de la clase burguesa”.
En la exégesis de estas dos afirmaciones lo que está en discusión es, entendemos, el papel del Estado en la economía capitalista y el análisis de las relaciones mutuas entre ambos, un haz complejo de relaciones de poder. Desentrañar el sentido y alcance de esas relaciones equivaldría a responder al interrogante democrático con el que abríamos este breve comentario: ¿quién manda aquí?
Después de la Segunda Guerra Mundial surgen en el mundo anglosajón algunos estudios que pretenden ofrecer una respuesta a esa pregunta mediante análisis empíricos. Especial mención merece el ensayo La élite del poder, publicado en Estados Unidos por Charles Wright Mills en 1956, en el que describe una élite dominante en la superpotencia por antonomasia, integrada por una minoría procedente de los círculos político, empresarial y militar, que actúa como una camarilla institucionalizada y centralizada, fuera del control democrático de los ciudadanos. La cohesión de este grupo de poder se aseguraba mediante un sistema de reclutamiento en una serie de instituciones –familias de clase alta, escuelas de élite, clubs privados– en las que se producían y reproducían los intereses y los valores del mundo de los negocios.
El sociólogo marxista Ralph Miliband continúa por esta senda enEl Estado en la sociedad capitalista, publicado en Gran Bretaña en 1969, en el que analiza cómo el poder económico concentrado en unas pocas manos y en una élite de “hombres de negocios” o “clase imperante”, no solo influye en la acción del Estado sino que es un poder decisorio. La sociedad meritocrática, de la que tanto presumen los teóricos liberales, estaría condicionada por varios factores que limitan el ascenso social de los hijos de la clase obrera. Uno de los fundamentales, la red de “relaciones e influencias” que conecta a los componentes de las élites y a la que no pueden acceder los miembros de las clases subordinadas.
Seguramente la más candente e incuestionable de las disecciones sobre las relaciones de poder en la sociedad actual que realiza Ralph Miliband sea la referida al proceso de legitimación del sistema capitalista, en el que desempeñan un papel principal los grandes medios de comunicación, que no son sólo negocios, sino que pertenecen a los grandes negocios. Miliband cita una frase referida a la prensa francesa, que muy bien podemos trasladar hoy a la española: “Las consignas que el dinero hace pesar sobre la prensa consisten en prohibiciones, en no mencionar temas o dar instrucciones sobre lo que hay que publicar”. Noam Chomsky resume muy gráficamente esta brutal tarea de adoctrinamiento cuando afirma que “la propaganda es a la democracia lo que la cachiporra al estado totalitario”.
¿Méritos? ¿Para la clase obrera?
Apenas un año antes de los sucesos de Mayo del 68 se publicaba en París La sociedad del espectáculo, un libro en el que el revolucionario situacionista Guy Debord ofrecía la gasolina intelectual con la que arderían las barricadas de las futuras revueltas. Pero, sobre todo, concebía un análisis demoledor y una impugnación total de lo que el capitalismo de consumo ya comenzaba a ser por aquella época: “El capital en un grado tal de acumulación que se transforma en imagen”, “el dominio autocrático de la economía mercantil que había alcanzado unstatus de soberanía irresponsable y el conjunto de las nuevas técnicas de gobierno que acompañan ese dominio”. Veinte años después, en los Comentarios a la sociedad del espectáculo, Debord enumera los rasgos principales de ese dominio espectacular: la innovación tecnológica incesante, la fusión de la Economía y el Estado, el secreto generalizado, la falsedad sin respuesta, un presente perpetuo. Una economía que ha mercantilizado todas las manifestaciones de la actividad del ser humano, hasta el punto de que la propia existencia de la humanidad se encuentra seriamente amenaza por una catástrofe ecológica irreversible. Un sistema de producción regido, en palabras de Debord, por la ley de la producción industrial de la decadencia, “conforme a la cual la ganancia del empresario depende de la rapidez de ejecución y de la mala calidad del material utilizado”.
Michael Hardt y Antonio Negri dejan patente su deuda intelectual con Guy Debord cuando construyen en Imperio, publicado en el año 2000, una nueva categoría sobre la soberanía política vinculada al modelo de economía informatizada actual, trasnacional y globalizada. Según Hardt y Negri, la sustancia que mantiene unida esa nueva constitución imperial que ha desactivado la soberanía del Estado –nación, es lo que Debord llamó “el espectáculo, un aparato integrado y difuso de imágenes e ideas que produce y regula la opinión y el discurso públicos”. Sin en otros tiempos ya existían medios y mecanismos de manipulación de la opinión pública, en la sociedad del espectáculo esa falsificación alcanza su grado superlativo, pues sólo existe lo que aparece en los medios. La difusión mediática del miedo actúa como el mecanismo más eficaz de control y dominación.
¿Quién mueve los hilos del espectáculo?, ¿quién manda aquí?Como señala de forma clarividente Clive Hamilton en El fetiche del crecimiento, “la globalización tiene menos que ver con una profundización de las redes mundiales económicas y financieras o con una extensión de la influencia internacional de las empresas, que con la difusión incesante de la ideología del crecimiento y el capitalismo consumista”. Por ello, nos permitimos concluir que el ejercicio del poder real está hoy en manos de la gran industria mediática de formateadores de cerebros.

martes, 11 de junio de 2019

El Defensor del Pueblo ya exigió al Gobierno del Principado en noviembre del 2017 la convocatoria de concursos de méritos

Reproducimos la entrada publicada en este blog el 13 de noviembre de 2017:

El Defensor del Pueblo insta al Gobierno del Principado a convocar inmediatamente concursos de méritos para cubrir centenares de puestos ocupados irregularmente



El Defensor del Pueblo acaba de notificar al Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies el requerimiento que ha dirigido a la Consejería de Hacienda y Sector Público para que apruebe, de forma inmediata, el instrumento legal permitente que permita convocar los concursos de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que actualmente se ocupan de forma irregular.

De esta forma, el Defensor del Pueblo estima la denuncia presentada por esta asociación y rechaza “las explicaciones” ofrecidas por la Consejería para mantener una situación manifiestamente ilegal que afecta a centenares de puestos de trabajo.

En nuestra denuncia poníamos en conocimiento del Defensor del Pueblo que, transcurridos ya cuatro años desde la suspensión cautelar de los nombramientos a dedo – por libre designación – ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en Auto fechado el 8 de enero de 2013, no se ha convocado, ni resuelto válidamente, ningún concurso de méritos. Todos los puestos que antes eran de libre designación se nombran discrecionalmente, desde entonces, por el sistema excepcional de la comisión de servicios, previsto para situaciones de extraordinaria y urgente necesidad, con el agravante de que una buena parte de esos nombramientos en comisión de servicios son radicalmente ilegales, al superar el plazo máximo legal de duración, que no puede exceder de dos años.

El resultado de esta auténtica subversión del régimen legal de provisión de los puestos de trabajo de los funcionarios públicos del Principado es que, en la actualidad, hay más de 250 nombramientos provisionales en puestos de jefatura de servicio, coordinadores etc, que superan el plazo máximo legal de dos años. A esta cifra debemos añadir, al menos, otros 476 puestos de jefatura de sección, cuya convocatoria fue anulada por sentencia del TSJA de 28 de noviembre de 2014, y que también se encuentran ocupados en precario, pues el Gobierno del Principado aún no ha encontrado tiempo para repetir la convocatoria.

La herencia recibida del Gobierno de Areces en cuanto a la gestión del empleo público estaba envenenada, pero el Gobierno de Javier Fernández se ha cuidado de conservarla intacta en estos últimos cinco años.

Ahora le toca pasar vergüenza ante el requerimiento del Defensor del Pueblo. Así nos va.

REQUERIMIENTO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

jueves, 6 de junio de 2019

Clientelismo funcionarial y sindicalismo marrullero

LNE, La columna del lector

05.06.2019 | 

A pesar de su defunción judicial y legal, el viejo sistema clientelar de nombramientos a dedo en la Administración del Principado de Asturias no termina de morir, mientras que el nuevo modelo meritocrático de los concursos se resiste a aparecer. Continuando con la paráfrasis del conocido texto de Gramsci, en ese claroscuro los monstruos burocráticos dominan la gestión del personal.
Acorralado por la suspensión cautelar de los nombramientos por libre designación ordenada por el Tribunal Superior de Justicia en el mes de febrero del año 2013, el Gobierno de Javier Fernández no tuvo más remedio que elevar a la Junta General un proyecto de ley que fue aprobado en el mes de junio del año 2014, en el que se instaura el concurso de méritos como sistema ordinario de provisión de los puestos de trabajo. Desde esa fecha, han pasado cinco años sin que el Gobierno que ahora abandona los despachos de la calle Suárez de la Riva hubiera convocado concurso alguno, nombrando a los funcionarios durante este largo periodo mediante el procedimiento excepcional de la comisión de servicios, previsto para situaciones de extraordinaria y urgente necesidad. Dicho de otro modo, incurriendo en un fraude de ley continuado y en masa sin cortarse un pelo.
¿Qué han hecho durante todo este tiempo las organizaciones sindicales representadas en la Junta del Personal Funcionario? Según dicen todos ellos, trabajar afanosamente, codo con codo, con la Dirección General de la Función Pública para que el parto del concurso fuera posible tras ese inacabable periodo de gestación. Pero, si levantamos el velo que envuelve este cuento chino, lo que realmente sucedió es que todos estos sindicatos quedaron atrapados en la espesa tela de araña burocrática urdida por los ideólogos del Gobierno del Sr. Fernández para dilatar la convocatoria y mantener el statu quo de la provisionalidad y los nombramientos de confianza. Más que colaboradores, los representantes de los funcionarios públicos se convirtieron en cooperadores necesarios de una estrategia bien planificada.
¿Cómo es posible que la Administración del Estado convoque concursos anualmente, en base exclusivamente a su reglamento de provisión de puestos de trabajo, sin necesidad de desarrollos normativos adicionales y sin generar ninguna litigiosidad grave conocida, mientras que en el Principado de Asturias se necesiten decretos de sectorizaciones y subsectorizaciones de puestos, directrices interpretativas y toda de una serie de inventos muy parecidos a aquellos que aplicaba el profesor Bacterio a los miembros de la empresa con resultados funestos?
La hipertrofia de puestos de libre designación -coordinadores, asesores, etc. - que cogió vuelo en la época del arecismo y que el Gobierno de Javier Fernández administró y mantuvo como una herencia muy preciada, tiene que ser blanqueada ahora de una u otra manera y, seguramente, ello pasa por configurar puestos de trabajo a imagen y semejanza de sus ocupantes actuales, de tal manera que el futuro concurso de méritos resulte un paripé formal que habrá que cubrir para salvar las apariencias.
En la consolidación de todo este entramado ya conocíamos el papel colaboracionista, por acción u omisión, que jugaron los sindicatos tradicionales. Llama la atención ahora que un sindicato como Usipa, que durante mucho tiempo fue beligerante con la Administración del Principado, denunciando judicialmente sus irregularidades sistemáticas, se haya convertido en los últimos tres años en una mera correa de transmisión de los mensajes de la Dirección General de Función Pública. Que ese cambio de actitud coincidiera con la publicación de que había sido pillado en un renuncio en la gestión de una subvención de bastantes miles de euros para impartir cursos de formación y que había negociado con la Administración para devolverla a plazos será una casualidad, pero da que pensar.
Muy llamativo resulta también el comportamiento de la Corriente Sindical de Izquierda (CSI), un sindicato que ganó ampliamente las elecciones a la Junta de Personal Funcionario del Principado del año 2015 con un discurso "regenerador", en el que denunciaba el entreguismo de sus competidores.
Tras cuatro años de mutismo, en los que este sindicato perdió la voz o alguien le prohibió hablar, los funcionarios públicos del Principado le mostraron lo que pensaban de su larga incomparecencia: en las recientes elecciones sindicales del pasado mes de mayo CSI pasó de ganador a ocupar el tercer lugar, con la pérdida de casi la mitad de sus representantes. Y ahora rompen el silencio para exigir un cambio total en el equipo dirigente de la Función Pública asturiana, desengañados por el poco éxito alcanzado con su leal y paciente colaboración. ¡A buenas horas, mangas verdes!

lunes, 3 de junio de 2019

El Supremo anula la adjudicación del puesto de Jefe del Departamento de Biblioteca del Senado.



Nuevo varapalo judicial al sistema clientelar de nombramiento de funcionarios en las Cortes Generales. A la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 25 de febrero, divulgada por esta asociación, que anula la adjudicación de la plaza de Jefe del Departamento de Asistencia Jurídica al Pleno y a la Junta de Portavoces del Congreso de los Diputados, se suma ahora la reciente sentencia de 7 de mayo, en la que el Tribunal Supremo anula la adjudicación  del puesto de Jefe del Departamento de Biblioteca de la Dirección de Documentación de la Secretaría General del Senado.

Si primero fue cazado el Congreso en prácticas de favoritismo y enchufismo en la promoción de los funcionarios públicos, ahora es el Senado el que queda retratado incurriendo en los mismos vicios caciquiles.

El 25 de mayo de 2016 el Letrado Mayor del Senado convocó concurso entre funcionarios del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios de las Cortes Generales para la provisión de la plaza de Jefe del Departamento de Biblioteca de la Dirección de Documentación de la Secretaría General del Senado, al que se presentaron cuatro aspirantes. El recurrente había quedado en segunda posición tras el proceso de baremación con 31,5 puntos, frente a los 33 puntos asignados a la adjudicataria de la plaza.

Una parte relevante del litigio se centra en la baremación del concepto de “adecuación” al puesto, al que las base atribuyen un total de 18 puntos, aunque no definen en que consiste realmente tal adecuación.

Es en este apartado en el que Tribunal Supremo aprecia el uso de una diferente vara de medir por parte de la Directora de Documentación del Senado  al valorar los méritos del recurrente y los de los otros tres aspirantes, que vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad. En palabras del Supremo:
“Una vez decidida la Directora de Documentación del Senado a informar sobre la adecuación al puesto convocado del Sr. Luis María , forzoso es apreciar el diferente enfoque que sigue con él respecto del observado para los otros tres aspirantes ya que, ahora sí, indica las tareas que han realizado y explica que por la forma en que lo han hecho merecen la calificación de adecuación óptima la Sra. Adriana , de adecuada la Sra. Esther y de escasamente adecuado el Sr. Efrain.
 Sucede, pues, que mientras los informes sobre los tres aspirantes destinados en el Senado descansan en un conocimiento pleno de su labor, el que se ocupa del recurrente está construido sobre una base extraordinariamente limitada, según reconoce la misma Directora y se desprende de su informe y no sobre su desempeño cotidiano.
Es inevitable, por tanto, cuestionar la calificación de meramente adecuado a la que llega por esas dos circunstancias: utilizar criterios distintos de los aplicados a los demás aspirantes y avanzar una valoración en función de un conocimiento sumamente parcial de la actuación profesional del Sr. Luis María de la que, el que parece elemento justificador de una apreciación desfavorable, la diferencia de criterios sobre la licitación y justificación de las suscripciones de revistas, fue objeto de una explicación por el recurrente --se limitó defender las pautas sentadas por su Director-- que la Administración parlamentaria no ha discutido y nos ha recordado la contestación a la demanda de la Sra. Adriana
En definitiva, de los dos informes sobre cuya base el Letrado Mayor del Senado debía atribuir la puntuación que por adecuación al puesto correspondía al Sr. Luis María , el de la Directora del Departamento de Documentación del Senado no satisface las exigencias de respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, de observancia imprescindible en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo”

Pero, además, en la baja valoración del recurrente influyó una causa que nos produce estupefacción: la visita que el mismo había hecho al Letrado Mayor del Senado para trasladarle su inquietud, en cuanto garante del procedimiento, por los rumores que circulaban por el Senado acerca de que el puesto ya estaba adjudicado a otro concursante. Parece que esa visita hirió susceptibilidades y contribuyó a rebajarle la nota. Así funcionan los procedimientos de provisión del personal en las Cortes Generales, aunque parezca alucinante.
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La sentencia del Tribunal Supremo termina concluyendo que la puntuación de la adecuación del recurrente se efectuó a partir de unos presupuestos insuficientes y distintos de los utilizados para los otros aspirantes y que se dio un peso desfavorable a un hecho que, en sí mismo, no debía comportarlo. Y que, en cambio, se prescindió del informe que le daba la calificación máxima desde el punto de vista de su adecuación: el del Director de Documentación del Congreso de los Diputados que tiene su adecuación por óptima.

El resultado final es la estimación del recurso de casación, anulado la adjudicación efectuada y reconociendo el derecho del recurrente a la plaza

Que todo esto ocurra primero en el Congreso de los Diputados y ahora en el Senado, da buena cuenta de que la degradación clientelar del sistema de carrera profesional de los funcionarios públicos no conoce límites y se extiende desde el máximo órgano de representación de la voluntad popular hasta el Ayuntamiento más humilde.