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viernes, 30 de marzo de 2012

El anteproyecto de ley de transparencia deja fuera demasiada información



www.acces-info.org

Madrid, 26 de marzo de 2012 – El gobierno español ha abierto una consulta pública sobre el anteproyecto de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno.

Access Info Europe da la bienvenida a la presentación del anteproyecto así como a la consulta pública pero apunta que son necesarias notables mejoras para que España pueda estar en línea con los estándares internacionales en la materia. En concreto es necesario revisar la definición de información que incluye demasiadas excepciones lo que implica la exclusión de gran volumen de información.

España es el único país de Europa con más de un millón de habitantes que no cuenta con una ley de acceso a la información pública. Access Info Europe y las 54 organizaciones miembro de la Coalición Pro Acceso, luchan desde 2006 por la aprobación de esta legislación en España.

La ley con informaciones a propósito de la consulta pública: aquí .
Una copia se puede descargar aquí:file_pdf file_doc odf2odt-16x16
“España es una de las última democracias del mundo en aprobar una ley de acceso a la información, razón de más para aprobar una ley en línea con los estándares internacionales como el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos”, comentaba Helen Darbishire, Directora de Access Info Europe.
“Esperamos que el gobierno tome en consideración los comentarios de la sociedad y que la ley mejore considerablemente antes de su presentación en el Open Government Partnership en abril”, añadía Darbishire.

Access Info Europe destaca entre los puntos positivos de este anteproyecto, el reconocimiento de obligaciones de publicación proactiva y la creación de portales de transparencia sonde encontrar fácilmente dicha información.

Los problemas que contiene el anteproyecto:
• El alcance: La ley es aplicable a un gran número de instituciones públicas y privadas que desarrollan funciones pública pero no es aplicable a las funciones no administrativas de los poderes legislativo y judicial ni a la de los órganos constitucionales. La ley tampoco es aplicable a la familia Real.
• La definición de información: La definición de información que recoge el artículo 9 excluye información que afecte a ciertos intereses como la seguridad nacional, la defensa, relaciones internacionales, salud pública e investigaciones criminales. Esta información ni siquiera puede ser solicitada y su solicitud puede ser causa de inadmisión. Además no incluyen una ponderación entre el perjuicio de la publicación y el interés público de la misma. Esto hace que España no pueda firmar el Convenio del Consejo de Europa de Acceso a Documentos Públicos.
• Exclusión de información: El artículo 13 incluye una serie de información que queda excluida que limita enormemente la definición de información, en concreto la información “Que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, informes y comunicaciones internas o entre órganos o entidades administrativas.”. En este caso de nuevo la solicitud de esta información no será siquiera tramitada.
•Excepciones: Algunas de las excepciones recogidas en el artículo 10 si que están en línea con lo establecido en los estándares internacionales y si que estarán sometida a una prueba de daño pero no a la de interés público, lo que de nuevo va en contra del Convenio.
• Protección excesiva de los datos personales: La ley otorga prioridad en el artículo 11 a la protección de datos, requiriendo una consulta con las personas afectadas y recoge la posibilidad de rechazar solicitudes que contengan muchos nombres por ser tediosa la consulta con terceros. Lo único que si incluye esta excepción es una prueba de interés público.
• No reconoce el carácter fundamental del derecho de acceso a la información pública: Esta ley no reconoce que el derecho de acceso es parte inherente a la libertad de expresión y por lo tanto un derecho fundamental.
• La justificación de las solicitudes: La ley no obliga a dar razones pero el artículo 14.3 incluye una expresión que en cierto modo anima a darlas “El solicitante podrá incluir los motivos por los que solicita la información y que deberán ser tenidos en cuenta cuando se dicte resolución. No obstante, la ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud”.
• Silencio Administrativo: Dado el alto nivel de no contestación en España, el silencio negativo puede implicar un obstáculo muy importante para los solicitantes.
• Sanciones: NO se prevén sanciones específicas para los casos de violaciones del derecho de acceso a la información, tampoco a otros posibles daños como la destrucción de documentos. Access Info Europe no puede hacer un análisis de las provisiones que definen las funciones del órgano de revisión del derecho que será “Agencia Estatal de Transparencia, Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios” ya que estas deben ser desarroladas mediante reglamento.

 

jueves, 29 de marzo de 2012

La corrupción que no cesa


Santos Juliá

Árbol frondoso del paisaje político español que ha aguantado de pie, robusto, bien enraizado en la tierra, instauraciones y caídas de regímenes políticos, que ha sobrevivido a monarquías oligárquicas, dictaduras militares, democracias parlamentarias, la corrupción nunca ha sido percibida por la opinión pública como uno de los problemas centrales de nuestro sistema político. Desde que existen series de datos, no llegan a tres de cada cien los españoles que sitúan la corrupción entre sus principales preocupaciones. Lo curioso es que nunca han bajado del 75% los que opinan que en España existe mucha o bastante corrupción: casi todo el mundo cree que hay mucha corrupción, a casi nadie le importa.

De modo que no es por ausencia de percepción del problema, sino por una desmoralización generalizada, herencia del dominio secular de la moral pública católica, por lo que la corrupción no paga tributo a la hora de las elecciones: en la Comunidad Valenciana, la masiva percepción de la trama Gürtel como paradigma de corrupción no restó ni un voto al amigo del alma de uno de sus principales cabecillas, a quien impúdicamente había confesado cuánto le quería. Más aún, un juzgado popular lo absolvió y el tipo anda diciendo por ahí que gracias a la oración ha salido del trance más preparado que nunca para ejercer la presidencia no ya de la Generalitat sino del Gobierno.

Todo esto se refiere a la cultura política de la sociedad y a la conducta de su clase política: a tal cultura, tales prácticas: tonto el que, si tiene una ocasión, no la aprovecha, algo que también ha debido de pensar este miembro de la Casa Real que ostenta todavía el ducado de Palma. Así nos ha ido en las últimas décadas: los casos en que algún corrupto ha caído en las redes de la justicia se cuentan con los dedos de la mano. Mala suerte para los caídos, pero por cada uno de estos, nadie sabe el número de los que se han construido un chalet con el sueldo de concejal, o de alcalde, o de presidente de la Comunidad. La opinión general es que menos de 5% de los cargos públicos han quedado al margen de algún caso de corrupción.

Estamos, pues, ante uno de esos problemas, hoy llamados transversales, que afectan a la cultura popular, a la conducta de nuestra clase política y a nuestro sistema institucional, desde los Ayuntamientos a la Casa Real pasando por las Comunidades Autónomas, los partidos políticos y los gobiernos del Estado; uno de esos problemas, pues, que sumerge a quien lo contempla en cierto pesimismo antropológico: aquí no ser corrupto es hacer el primo.

¿Es posible acabar con esto? Seguramente sí. Por lo pronto, parece que la opinión comienza a despertar: en el barómetro de enero publicado por el CIS saltaba al 12% el número de ciudadanos que situaba la corrupción entre nuestros tres principales problemas. Poco es, pero, en fin, quizá esta incipiente preocupación, empujada por todo lo que la recesión económica está desvelando, mueva a los partidos a establecer mecanismos de control interno y a los gobiernos a reforzar la independencia de la administración en la lucha contra sobornos, fraudes, malversaciones y demás.

Porque bastaría que entrara la luz en las cuentas de los partidos, que todos los contratos con dinero público pasaran por el control de una administración profesional y a salvo de nepotismos y clientelismos políticos, y que las sospechas de prácticas corruptas fueran denunciadas, para que esta plaga comenzara a remitir. En Sevilla, por ejemplo, ¿cómo es posible que un chófer y su jefe, que parecen sacados del círculo íntimo de los Soprano, hayan podido malversar dinero público a espuertas sin que nadie del partido, nadie de la administración, nadie del gobierno haya hecho sonar todos los timbres de alarma?

La instrucción y la sentencia de los jueces de Baleares en el primer caso Matas son como agua de mayo en este páramo moral en que se ha convertido el sistema de la política en España. Pero no serán suficientes si la opinión no se moviliza, los partidos no actúan, las administraciones no se profesionalizan a resguardo de los vaivenes políticos, y los gobiernos no persiguen las prácticas corruptas. Y a este respecto, no deja de producir sonrojo que el gobierno de Rajoy, tras destituir a cinco jefes de inspección, haya elevado a Pilar Valiente, citada un día sí y otro también en el dietario de la presidenta de Gescartera, a directora adjunta de la Oficina Nacional de Investigación Antifraude.

domingo, 25 de marzo de 2012

La hipócrita transparencia pública


El presidente Rajoy pone hoy en marcha la anunciada Ley de Transparencia y Buen Gobierno para que España deje de ser el único país de Europa con más de un millón de habitantes que no cuenta con una ley que obligue a la publicación de todos los gastos públicos. Un rimbombante título que el tiempo pondrá en su sitio para comprobar si sólo se trata de otro malabarismo político para suministrar una sobredosis de calma a los mercados financieros o realmente el ejecutivo apuesta por dar un pequeño paso hacia la reclamada democratización de la política en España. Pero, de momento, la ley va a permitir que el gran agujero negro de la corrupción pública en España -Autonomías y Ayuntamientos- pueda crear sus propios mecanismos de transparencia.

Su tramitación recuerda a la famosa Ley de Conflicto de Intereses que hoy afecta al propio presidente del Gobierno. La norma se aprobó hace seis años para penalizar y disuadir los conflictos de intereses de los altos cargos de la Administración. Una norma que castiga con la inhabilitación política a sus infractores y que desde hace tres meses afecta a Rajoy desde que es jefe del ejecutivo. Rajoy es titular en ausencia de la plaza de Registrador de la Propiedad de Santa Pola desde hace 20 años y la Ley de Conflicto de Intereses no permite mantener al mismo tiempo una plaza de Registrador y el cargo de presidente del gobierno. La ley no sanciona los conflictos de intereses de los parlamentarios, sólo de los altos cargos de la Administración.

Atlántica XXII publicó en exclusiva hace tres meses la situación irregular del presidente del Gobierno. Un mes después el abogado José Luis Mazón lo denunciaba ante la Oficina de Conflicto de Intereses. La resolución de la denuncia ha destapado las miserias de esa Ley de Conflicto de Intereses.
La directora de la Oficina de Conflicto de Intereses ha rechazado la denuncia y descartado la posibilidad de recurrir su decisión. Argumenta, entre otras cosas, que el abogado Mazón -representante de una formación política (Soberanid) y una asociación contra la corrupción- no es parte interesada y no tiene derecho a conocer los detalles del expediente del registrador de la propiedad Mariano Rajoy Brey.

Pero la última decisión sobre las sanciones a altos cargos que incumplan la Ley de Conflicto de Intereses la tiene el Ministro de Administraciones Públicas (Cristóbal Montoro) y si el caso afecta a un secretario de estado, ministro o presidente del gobierno será el propio Consejo de Ministros el que apruebe el expediente sancionador. Así que Rajoy tiene la última palabra sobre su propia inhabilitación política por incumplir supuestamente la ley de conflicto de intereses al simultanear dos altos cargos públicos de forma irregular. Parece bastante intencionada la redacción de una ley que aprobó el gobierno de Zapatero y que, entre otras cosas, afectaba también al anterior Ministro de Administraciones Públicas, Manuel Chaves.

Rajoy, el multimillonario presidente (I)
Rajoy y el lobby de los registradores (II): La ayuda de Camps
Rajoy y el lobby de los registradores (III): Un caso único en Europa
Rajoy y el lobby de los registadores (IV): Quién es quién en el lobby
“Cobre o no cobre, es ilegal que Rajoy sea registrador”, José Luis Mazón, el abogado que acaba de denunciar al presidente del Gobierno por conflicto de intereses

miércoles, 14 de marzo de 2012

30 medidas para la regeneración de la Administración Pública asturiana



La Administración Pública asturiana se encuentra inmersa en un preocupante proceso de degeneración, resultado de una política de gestión del empleo público que ha ido socavando las principales garantías establecidas en la Constitución para desarrollar las funciones y servicios públicos con imparcialidad.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies, que ha venido denunciando durante los dos últimos años las causas, medios y consecuencias de este grave deterioro democrático, considera imprescindible que el próximo Gobierno de Asturias aborde, con la urgencia que requiere el caso, medidas dirigidas a regenerar la Administración Pública asturiana, recuperando los valores públicos y los principios constitucionales que deben presidir la actuación administrativa.

Con esta intención, aprovechamos el periodo de campaña electoral en marcha para trasladar a los partidos políticos, a las organizaciones sindicales y al conjunto de la sociedad asturiana, una serie de medidas y propuestas, que son fruto de la experiencia profesional de los miembros de esta asociación y de los trabajos y aportaciones previos de colectivos como el Grupo de expertos para la reforma de la Administración Pública, de organizaciones independientes contra la corrupción pública como Transparencia Internacional y de juristas asturianos de reconocido prestigio.

Las 30 medidas que se proponen para la regeneración de la Administración Pública asturiana se agrupan en dos categorías, las referentes al Empleo Público y las relativas a la Organización y Control de la Administración.

viernes, 9 de marzo de 2012

El Tribunal Supremo obliga a Autotex Airbag S.A. a devolver al Ministerio de Hacienda una subvención de 345.242 euros. ¿Qué pasó con los cerca de dos millones de euros recibidos del IDEPA?



La multinacional Autotex Airbag debe reintegrar al Ministerio de Hacienda una subvención de 345.242,34 euros, que había recibido de la Administración del Estado para la amplición de su factoría en Llanera. Así lo acaba de confirmar el Tribunal Supremo en sentencia de 15 de febrero de 2012, en la que el alto tribunal declara que "la subvención estaba destinada a una inversión en bienes de equipo superior a los tres millones de euros, así como una cantidad en otros activos, casi anecdótica en comparación con la anterior (algo más de 50.000 euros). Casi dos años antes de transcurrir los cinco siguientes al final del término de vigencia de la subvención, los bienes no se hallaban en la factoría a la que estaban destinados y no existía actividad alguna. El incumplimiento de la totalidad de las obligaciones afectó,por tanto, a unos dos años de los cinco que debe mantenerse la inversión"

Recordamos que Autotex Airbag cerró su factoría del Parque Tecnológico de Llanera en el año 2006, dejando en la calle a más de 200 trabajadores. Un buen ejemplo del capitalismo de rapiña que asoló Asturias durante la última década, financiándose con ingentes cantidades de dinero público para, poco después, abandonar la actividad sin cumplir las obligaciones asumidas y crear graves problemas sociales al condenar a amplios colectivos de trabajadores al paro.

Una situación de saqueo privado del presupuesto público que, por repetida, resulta ahora especialmente indignante, en un momento en que se insiste en el recorte de los gastos públicos y se redoblan los ataques hacia los funcionarios por ineficientes y supuestamente privilegiados. Son los mismos ideólogos y voceros que en su momento exigían la reducción de los controles públicos de las actividades empresariales - una de las causas evidentes del saqueo de la Administración - los que ahora reclaman la privatización de servicios públicos y la reducción de funcionarios para continuar repartiéndose el botín.

Pero, además, la sentencia del Tribunal Supremo ofrece un segundo dato particularmente revelador: el Principado de Asturias subvencionó a Autotex Airbag S. A. con , al menos, 1.890.201,82 euros. Así lo declara la sentencia: "la actora cobra el día 26 de noviembre de 2004 la suma de 345.242,34 euros del Ministerio de Economía y el día 28 de diciembre de 2004 la suma de 1.890.201,82 euros del IDEPA. Dos años más tarde concretamente el día 18 de enero de 2007 ha cerrado, y ni siquiera se hallan disponibles los bienes de equipo adquiridos con cargo a fondos públicos para que el Estado pueda recuperar parte de la suma que entregó. Los fondos recibidos son públicos, se entregaron en unas determinadas condiciones, y se estableció que el incumplimiento de estas, (y así fue expresa y formalmente aceptado por la empresa), determinaría la devolución del importe recibido con los intereses de demora. Por lo tanto, no cabe sino concluir que procede la devolución acordada"

En consecuencia, resulta necesario conocer, por elementales razones de higiene democrática, si el Principado de Asturias ha recuperado esa cuantiosa subvención  y, en su caso, el estado en el que se encuentra el procedimiento de reintegro al erario público asturiano.

Se hace necesaria una respuesta clara y rápida del Gobierno de Asturias.

SENTENCIA COMPLETA

martes, 6 de marzo de 2012

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN ANULA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2011.



Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa

El Tribunal Superior de Jusicia de Aragón ha dictado, con fecha 10 de febrero de 2012, una sentencia decisiva para consolidar la línea jurisprudencial abierta hace un año por el Tribunal Supremo, y así restaurar la legalidad constitucional en las Administraciones Públicas. Dicha sentencia, resultado del recurso contencioso planteado por esta Asociación frente al Decreto 83/2011, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2011, determina la obligación de incluir en las Ofertas de Empleo Público la totalidad de los puestos de trabajo ocupados por funcionarios interinos, señalando que su no inclusión supone una vulneración del derecho fundamental de acceso a la función pública reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española a todos los ciudadanos españoles, como ya fue declarado por el Tribunal Supremo en sentencia de 29/10/2010..


Como consecuencia de la tesis ya establecida por el Tribunal Supremo y plenamente recogida en la nueva sentencia del TSJA, se anula la Oferta de Empleo Público de 2011, aprobada por el Gobierno de Aragón, al no incluir la totalidad de las plazas ocupadas por interinos y vulnerar con ello el derecho fundamental de acceso a la función pública que la Constitución reconoce a los ciudadanos. Esta Asociación celebra el fallo obtenido, cuyo alcance regenerador para nuestras administraciones públicas –y no sólo para la Administración autonómica aragonesa- consideramos de enorme trascendencia.


Hemos vivido años críticos de quiebra de la legalidad administrativa en nuestras Administraciones, donde los principios constitucionales que deben regir el acceso a la función pública y la ordenación y funcionamiento de las estructuras administrativas se han visto deliberada y reiteradamente vulnerados, sin que ello diera lugar a la esperada reacción de las fuerzas políticas o sindicales o de la opinión pública para reivindicar y preservar el papel que corresponde a las instituciones en el buen funcionamiento de la democracia y en el aseguramiento diario del Estado de Derecho.


Uno de los factores más evidentes del debilitamiento experimentado por la Administración Pública aragonesa en estos años ha sido el manifiesto incumplimiento por el Gobierno de Aragón de las condiciones legales de acceso a la función pública, bloqueando o reduciendo al mínimo dicho derecho a través de la no aprobación de ofertas anuales de empleo público –como sucedió en los años 2001, 2002, 2005, 2006 y 2008- o de la aprobación de ofertas manifiestamente limitadas e insuficientes, que en nada respondían a las necesidades reales ni se ajustaban a las normas legales vigentes. Tales medidas han provocado que las tasas de temporalidad en la Administración aragonesa alcancen casi un tercio de la plantilla. El propio Consejo Económico y Social de España alertó de que el sector público superaba al sector privado en índices de temporalidad.


La gravedad de la alta temporalidad en las Administraciones Públicas se concreta, en primer lugar, en la violación del derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública –impedido por ofertas congeladas o insuficientes-, pero, además, hay que destacar su negativa repercusión en la profesionalidad y cualificación de la función pública y en el debilitamiento institucional de la Administración frente a las presiones y arbitrariedades del poder político, al haberse suprimido en gran medida la nota de inamovilidad propia de los servidores públicos para asegurar su labor objetiva y ajustada a las normas. Una función pública inestable y precaria es una función pública debilitada para asegurar la legalidad y frenar la arbitrariedad del poder político y evitar el avance de la corrupción pública.


Además, es lógico que la ausencia de funcionarios de carrera regularmente reclutados conforme a principios de mérito y capacidad conlleve un imparable proceso de descomposición interna de la Administración , al entrar en crisis todos los mecanismos de provisión de puestos de trabajo a través de los que corresponde asegurar el acceso a responsabilidades administrativas a los mejor preparados y posibilitar con ello una carrera profesional estimulante a los servidores públicos. En lugar de asegurarse ambos objetivos, el sistema de provisión de puestos se ha contagiado, en gran medida, de la misma arbitrariedad reinante en el sistema de acceso, sustituyéndose el mérito y capacidad por la libre decisión de los responsables de personal, de manera que la carrera administrativa poco tiene que ver con la capacidad profesional y el compromiso con el servicio público de los funcionarios promovidos a niveles de responsabilidad.


Es difícil, visto el panorama actual de nuestra Administración Pública, acometer un programa de saneamiento y restauración de sus principios constitucionales, dada la actual desvirtuación de casi todas las reglas de ordenación de la función pública: acceso, ordenación y provisión de puestos, formación, retribuciones, etc. Pero el impacto que en dicha realidad ha de tener el nuevo pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, al rechazar todos los criterios que se han venido esgrimiendo hasta el momento para inaplicar los mandatos claros de la ley en materia de acceso a la función pública, e imponer la obligatoriedad de incluir en la Oferta de Empleo Público la totalidad de los puestos ocupados por funcionarios interinos –tal y como exigen el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón- permite confiar en que esta decisión, al recoger en su plenitud el criterio establecido en su día por el Tribunal Supremo, constituye un paso decisivo para poner fin a la arbitrariedad que ha presidido el régimen de acceso a la función pública en el conjunto de las Administraciones Públicas.


Esta Asociación celebra el nuevo pronunciamiento, que viene a recompensar el esfuerzo realizado a lo largo de cinco años, para tratar de restablecer la vigencia y el respeto del derecho de los ciudadanos a la función pública. Siguen vigentes las valoraciones que en su día hicimos ante el pronunciamiento pionero del Tribunal Supremo, si bien la Administración autonómica aún tiene pendiente ejecutar dicho fallo judicial. Tiene una particular trascendencia la declaración de que las tasas de reposición establecidas por las leyes de presupuestos no pueden limitar el derecho de acceso a las plazas previamente ocupadas por personal interino que debieron cubrirse en la forma legalmente prevista. Tal pronunciamiento, coherente con el carácter indisponible que corresponde a todo derecho fundamental, pone difícil a los actuales responsables de la función pública aragonesa aceptar, sin más, las limitaciones de las tasas de reposición que fijan las normas presupuestarias.


SENTENCIA

viernes, 2 de marzo de 2012

Qué más da quien gane, sedrá más de lo mesmo

José María Estrada Janáriz
LNE

Paezme imposible nun tar d’alcuerdu col títulu del editorial d’esti periódicu «Más que nuevos, importan políticos capaces, honrados y decididos». ¿Qué pidimos? Lo que nun tenemos. Tien tola razón I’editorialista. Cualquiera que repase la historia d’Asturies dende los dos gobiernos de Pedro de Silva, podrá decatase que la sociedá asturiana dedicóse a sofitar colos sos votos a partíos enllenos de políticos que nin yeren capaces nin honraos nin «decididos» (¿«decididos»?, sí: a caltener dalgún carguín nel Gobiernu, na Xunta Xeneral, nel partíu o en dalgún «chiringuitu»).

Pero si eleición tres eleición tuvimos dando sofitu a toa esta tropa, ¿qué razón teníen y tienen pa cambiar? Nenguna. Pensaben qu’hai miles d’asturianos que van siguir votando al PSOE, al PP, a IX y a FAC. (Y que si ganen y gobiernen sedrá bono pa ellos, non p’Asturies, pues asina colocarán a más de los suyos a chupar del tetu; y si pierden, pues siempre queda la cosa de tar sentáu na Xunta Xeneral cobrando dietes, otra forma de siguir tirando d’esi tetu).

Poro, nun hai sitiu pa esa esperanza a la que se quier garrar I’editorial: «Ya dijimos en editoriales anteriores que los partidos asturianos tenían que enmendarse. La renovación de las listas del PSOE y del PP es un paso, pero quedará en pura cosmética si los que llegan hoy acaban convertidos en los apoltronados de mañana». Señora direutora: de xuru qu’acabarán como usté diz, «apoltronados». Pues, ¿qué facemos nosotros pa que nun seya asina? Nin un res. Señora direutora, si sabe ónde tan esos políticos «capaces, honrados y decididos», ¡dígalo! Si cree que Fernández, Iglesias, Cherines, Cascos o d’algunu de los cabezaleros de los otros partíos son esos políticos polos que clama I’editorial, ¡dígalo! Y si cree que dalgunu d’estos y los sos partíos van facer dalgo estremao de lo que mande el gran capital (güei lIamáu «los mercados»), Stándar & Poor’s, el FMI, etcétera, etcétera (que, por cierto, nun se presenten a les eleiciones y son los que de verdá gobiernen) ¡dígalo!

Hai una cosa na que nun me paez acertáu I’editorial. Ye cuando diz lo de «gobiernos de la izquierda y de la derecha». Yo creo que n’Asturies siempre gobernó la derecha, llámese PP, PSOE, PSOE más IX, URAS o FAC. Que yo sepa, nengunu d’estos partíos cuestiona I’actual sistema económico-políticu del lliberalismu (que yá vemos a onde nos llevó), entós, ¿quién ye la izquierda y quién la derecha? ¿Ye abondo poner nel nome del partíu «socialista» , «obreru» ya «izquierda» pa dicir que son d’izquierdes? Non. Nun lIeí nin el programa del PSOE nin el d’IX, pero bien me prestaría saber cuántes vegaes sal la pallabra «obreru» nellos. Estos partíos nun estremen ente los presidentes de los grandes bancos nin de les sociedaes anónimes y los obreros. Los partíos falen del «interés xeneral» del interés «d’España». Pero ¿cuálu ye esi interés? ¿Tienen el mesmu conceutu d’interés xeneral los millones de paraos, los mileuristes, los que tienen un «contratu-basura», los que tres de la cabera reforma lIaboral tienen el puestu de trabayu pendiente d’un filu que’l presidente del Bancu de Santander o de Telefónica o d’Acciona?

Pa finar. Quedo plasmáu que dempués de ver a ónde nos llevaron el PP y el PSOE nos últimos cuarenta años haya paraos, mileuristes, xente que se queda ensin casa, xente que nun cobra nin siquiera’l «paro», etcétera, que-yos sigan votando. Ehi tien la contestación, señora direutora; nun hai razón dalguna pa la esperanza nún cambéu . Si a los que funden tanto’l PSOE como’l PP siguen votando por ellos ¿por qué cambiar?

jueves, 1 de marzo de 2012

Los nombres de la Agenda Rosa, en la revista Atlántica XXII


En el número 19 de Atlántica XXII, revista asturiana de información y pensamiento, correspondiente al mes de marzo, se contiene un amplio dossier sobre la corrupción en España, en el que se publica un reportaje escrito por los periodistas Xuan Cándano y Laura Reyes en el que aparecen todos los nombres de la “agenda rosa” del Caso Marea, el más escandaloso asunto de corrupción destapado en Asturias.

Además, se incluyen entrevistas con Fernando Urruticoechea, el interventor municipal enfrentado a los corruptos, y Joaquín Uría, ex vicepresidente del Montepío de la Minería y buen conocedor de sus entresijos, así como con el heterodoxo Gerardo Iglesias, el antropólogo Adolfo García y el escritor Jorge Martínez Reverte, ya dentro de las secciones habituales de la revista.

El nuevo número también acoge otros artículos sobre la ruina de la educación concertada, la obsesión con las agencias de calificación, el precio de la cultura, el despilfarro en el Centro Niemeyer o la batalla cultural en Xixón, este último a cargo del escritor Boni Pérez. Y, por supuesto, las imprescindibles colaboraciones de Milio Rodríguez Cueto y Maxi Rodríguez.