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viernes, 29 de enero de 2021

Nombran una comisión de expertos endogámica y controlada por el Gobierno para elaborar la Ley de Función Pública asturiana


El Gobierno del Principado anunciaba en el día de ayer la composición de la comisión de expertos a la que encarga el asesoramiento en la elaboración de la futura Ley de Empleo Público de la Comunidad Autónoma. De los 17 integrantes que la componen, 13 pertenecen a la Administración del Principado, de los cuales 8 son altos cargos de designación política (directores generales y secretarios técnicos de las consejerías) y 5 jefes de servicios o asimilados de libre designación.

La comisión se completa con 4 integrantes externos a la Administración del Principado: Javier Junceda, un abogado defensor de la privatización de servicios públicos (ver La Administración posibleLa privatización como alternativa a las restricciones presupuestarias, LNE, 27/10/2012); Pablo Baquero Sánchez, director en Asturias de la consultoría multinacional de raigambre neoliberal PricewaterhouseCoopers (PWC); Miriam Cueto Pérez, catedrática de Derecho Administrativo que ocupó altos cargos con Gobiernos del PSOE; y la secretaria municipal del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

A la vista de la procedencia y del perfil de los componentes de este grupo de trabajo, parece evidente que el vicepresidente Cofiño ha optado por disponer de un grupo controlado, de la máxima confianza política, con una abrumadora mayoría de altos cargos y personal de confianza del Gobierno, y con algunos miembros externos que no son reconocidos expertos en materia de empleo público y que, en algunos casos, parecen representar más bien a los intereses de poderes económicos y financieros más que al interés general.

Una comisión de expertos sólo tendría sentido y utilidad si fuera realmente plural, independiente del Gobierno y formada por profesionales de reconocido prestigio en la materia de empleo público. La que se ha constituido tiene toda la apariencia de un comité gubernamental bajo la instrucciones de quien lo nombra. Un instrumento teledirigido, tan inútil como innecesario.





jueves, 21 de enero de 2021

Trabajar a destajo: una receta neoliberal para la reforma de la administración pública


Julio de 2015. Antonio Beteta, Secretario de Estado de Administraciones Públicas del Gobierno de Rajoy, anuncia el inicio de un proceso negociador para implantar un sistema salarial en el que se vincule una parte de las retribuciones de los empleados públicos al cumplimiento de objetivos. Las declaraciones se enmarcan en un contexto de recuperación de algunos derechos laborales – devolución de la paga extra y de días de libre disposición – suprimidos por decreto en el año 2012 a raíz de la virulenta crisis económica que irrumpió como un cataclismo cuatro años antes. La introducción del salario variable se planteaba por parte del Gobierno del Partido Popular como la contrapartida que debían asumir los trabajadores públicos con el fin de mejorar la eficiencia de la Administración.

Diciembre de 2020. Juan Cofiño, vicepresidente plenipotenciario del Gobierno de Barbón, lanza una campaña informativa para dar a conocer la medida “estrella” de la urgente reforma de la Administración Pública asturiana: el salario de los trabajadores dependerá de que se alcancen unos objetivos “claros”. El marco de esta iniciativa es ahora el de una sociedad dislocada por una pandemia que ha pillado a contrapié a una Administración esclerotizada y descapitalizada, incapaz de dar respuestas rápidas y eficaces en muchos casos a necesidades inaplazables. El Gobierno autonómico del PSOE pone en escena el sistema de retribución variable por cumplimiento de objetivos como el bálsamo que estimulará la productividad de los empleados públicos, engrasará la maquinaria oxidada, acelerará los procesos administrativos y mejorará de esta forma la eficiencia de los servicios públicos.


Son fórmulas ya ensayadas en los años 80 por EEUU y Gran Bretaña

En una primera aproximación sobre el tema, podría pensarse que esta coincidencia de posiciones entre un gobierno de derechas y otro socialdemócrata vendría avalada por las bondades de un sistema salarial que parece sustentarse en una especie de justicia retributiva: no sería justo ni equitativo pagar lo mismo a trabajadores con rendimientos y actitudes ante el servicio distintos. Pero una vez que ahondamos en la problemática que plantean los sistemas retributivos variables en el empleo público y vamos analizando las diferentes capas de la cebolla que se superponen por debajo de la brillante superficie, veremos que esas virtudes no son tan evidentes y que los inconvenientes y defectos acaban desactivando a los aparentes beneficios.

De entrada, conviene recordar que la introducción en la Administración de los salarios variables vinculados a la evaluación del rendimiento y el cumplimiento de objetivos, tuvo lugar en los países anglosajones – Gran Bretaña, Estados Unidos, Australia – en el década de los años 80 del pasado siglo, extendiéndose progresivamente por Europa y otros continentes en un contexto de asimilación ideológica de la gestión pública a la gerencia de las empresas privadas (managemant), en el que la prestación de servicios públicos se concibe como un proceso de producción de mercancías. Los fines sociales de la actuación administrativa se enmascaran con el análisis economicista del coste – beneficio, los ciudadanos y ciudadanas se transforman en clientes y la ética de servicio público se sustituye por la medición del rendimiento productivo individual de las trabajadoras y trabajadores.

La UE y la OCDE han publicado informes nada elogiosos sobre estas prácticas

Pasados algunos años de aplicación de los sistemas salariales variables vinculados a la evaluación del rendimiento en las Administraciones Públicas, llegó la hora de hacer balance sobre sus resultados. La Unión Europea y la OCDE, que no son precisamente organizaciones alternativas o antisistema, publicaron sendos informes en los años 2002 y 2005 cuyas conclusiones no incluyen ningún elogio: la aplicación de estos sistemas era cara y generaba un aparato burocrático muy complejo, la medición del desempeño en áreas en las que no existen indicadores objetivos es prácticamente imposible; no se han encontrado pruebas de que su introducción haya comportado una mejora real de la gestión de los recursos humanos y de la calidad de los servicios públicos; no generó ninguna motivación especial en los trabajadores; la definición de objetivos padecía de subjetivismo y falta de transparencia, servía para aumentar el poder de dirección dentro de la Administración y, correlativamente, para comprometer la imparcialidad de los trabajadores públicos, fomentando la politización de la gestión profesional.

A la vista de estos resultados, la propia Unión Europea decidió suprimir en el año 2011 la aplicación de sistemas comparativos de evaluación de sus empleados públicos con efectos retributivos, al advertir que estaban generando una competitividad insana que afectaba negativamente al ambiente de trabajo.

Deberán preverse también sistemas ágiles y expeditivos de remoción de los puestos de trabajo de aquellos trabajadores negligente

Otros informes emitidos por instituciones como la London School of Economics, el Comisariado General del Plan de Reforma del Estado Francés, o en el ámbito de la Administración Federal de los Estados Unidos, son muy críticos con sus resultados, resaltando que habían menguado la calidad de los servicios públicos, perjudicado el trabajo en grupo y minado la confianza entre compañeros.

En España, la introducción de un sistema de retribuciones variables para premiar a los jueces más productivos ha sido muy cuestionada en cuanto que puede incitar a la adopción de determinado tipo de resoluciones que comprometen la imparcialidad de la administración de Justicia. La asociación Juezas y Jueces para la Democracia ha emitido un informe sobre el reglamento de retribuciones variables de la carrera judicial en el que afirma que el mismo ha obviado completamente la salud laboral, los máximos de tiempo de trabajo, las consideraciones exigibles desde la perspectiva de género o de las personas con discapacidad, o las mediciones que el propio Consejo General del Poder Judicial ha realizado en materia de riesgos psico-sociales.

Imaginemos ahora las consecuencias que podría tener la introducción de un sistema salarial vinculado al cumplimiento de objetivos, en el que una parte del sueldo quede condicionada por criterios fundamentalmente cuantitativos, sobre la actividad profesional de médicas, maestros, policías, bomberos o trabajadores sociales. Que el sueldo de una cirujana dependa del número de operaciones que practique, el de una maestra del número de aprobados o suspensos, el de un policía de la cantidad de denuncias que formule o el de un bombero de los incendios que apague. No es difícil aventurar la degradación que se produciría en la calidad de servicios públicos esenciales como la sanidad o la educación, o la incitación directa a la multiplicación de actuaciones policiales represivas premiadas con un bonus salarial.

Especialmente interesantes resultan los estudios críticos de la gestión empresarial (conocidos por su acrónimo inglés , CMS), en lo que se refiere al análisis de los objetivos y la organización de los incentivos salariales en los centros de trabajo, especialmente por lo que se refiere a sus efectos sobre el fomento del individualismo, del espíritu corporativo, premiando el llamado compromiso con la organización y penalizando, excluyendo y silenciando a las trabajadoras y trabajadores críticos, socavando la solidaridad de grupo y la acción sindical. Desde esta perspectiva, los sistemas de retribución variable vinculada al cumplimiento de objetivos son un instrumento de control y dominación de las trabajadoras y trabajadores y de producción de subjetividades sumisas.

Que se debe evaluar con urgencia el funcionamiento de la Administración con el fin de introducir las mejoras imprescindibles para implementar la eficacia y la calidad de los servicios públicos es una realidad incuestionable. Como también es evidente que la estructura burocrática piramidal, hipertrofiada en las elites directivas y excesivamente jerarquizada, se encuentra en crisis y obstaculiza una atención fluida, rápida y eficaz de las necesidades ciudadanas. Hay que cambiar con urgencia este modelo caducado por otra Administración, más democrática y participativa, donde se estimule y fomente el trabajo en equipo y la solidaridad laboral, la evaluación colectiva permanente y las carreras profesionales objetivas, desterrando el enchufismo y la formación de clientelas laborales; un reparto más equitativo de la masa salarial y políticas de empleo público que terminen con la lacerante precariedad existente y aseguren la estabilidad y suficiencia de los servicios. Indudablemente, deberán preverse también sistemas ágiles y expeditivos de remoción de los puestos de trabajo de aquellos trabajadores negligentes, incompetentes o con una actitud profesional incompatible con la ética de servicio público, evitando cualquier atisbo de impunidad.

El salario variable por objetivos es una receta mágica y populista, en un doble sentido: pretende ser atractiva para la gente, porque se presenta como un premio a los funcionarios diligentes y un castigo a los vagos, pero tiene una componente manipuladora y demagógica, como argumentamos a lo largo de este artículo; y, además, es una solución simple para un problema complejo, el de la reforma de la Administración Pública, que requiere de un análisis mucho más profundo y de medidas mucho más amplias y transformadoras, que vuelven a esconderse intencionadamente tras la cortina de humo de los incentivos salariales.

Es el bienestar de todas y todas el que está juego con esta reforma. No pueden engañarnos de nuevo.

miércoles, 20 de enero de 2021

El Pacto de Toledo inicia la privatización del sistema de pensiones

 Xabier Pérez Davila

Infolibre

Publicada el 20/01/2021 a las 06:00


La recomendación 16 del Pacto de Toledo propone incentivar los planes de capitalización de empleo mediante desgravaciones fiscales. Los planes de empleo se acuerdan en la negociación colectiva y establecen para empresas y trabajadores aportaciones obligatorias a fondos de inversión. El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha declarado que “va a legislar muy rápido” para conseguir pasar de 1,6 a 9,5 millones de trabajadores asociados, impulsando desde el Estado un macrofondo “de pensiones de promoción pública y gestión privada”. Escrivá utiliza su posición de máximo responsable político del Sistema Público de Seguridad Social para abrir paso a la privatización de las pensiones.

¿Por qué Escrivá quiere legislar “muy rápido”?

La Comisión Europea (CE), siguiendo las recomendaciones del Banco Mundial (BM), pretende sustituir paulatinamente los sistemas de reparto y solidaridad entre generaciones, mayoritarios en Europa, por sistemas mixtos con un peso creciente de los planes privados de capitalización. El primer paso en esa dirección fue la creación del Producto Paneuropeo de Pensiones Privadas (PEPP). Los planes de empleo son el segundo mecanismo para privatizar las pensiones en los 4 Estados más poblados de la UE-27, en los que el patrimonio de los fondos de capitalización es inferior al 10% del PIB. Escrivá quiere hacerlo ya, mientras la pandemia paraliza la movilización social.

Patrimonio de los fondos de pensiones privados, % del PIB, 2018 (1)

Países bajos Reino Unido Estados Unidos España  Italia  Alemania  Francia
171104,576,38,87,66,70,7

 

Los planes de empleo reproducen la desigualdad

El sistema de capitalización es inseguro, pues se basa en la especulación financiera, y crea un Estado de bienestar dividido entre el 10% de mayores ingresos y el 90% restante. El sistema de reparto es más seguro, pues descansa sobre la capacidad productiva social, y reduce la desigualdad en la vejez.

La patronal de los fondos de capitalización, INVERCO, reconoce que sus productos son inseguros:

Los capitales acumulados pertenecen a los trabajadores partícipes en los diferentes planes de pensiones y todo el riesgo del esquema queda plenamente asumido dentro del mismo por los partícipes. (2)

Las aportaciones a los planes de empleo ya existentes confirman su poder de reproducción de la desigualdad. En el año 2019, de los 2 millones de cuentas existentes, en dos de cada 3 no se realizó ninguna aportación. En poco más de 100 mil se realizaron aportaciones de entre 3.001 y 8.000 euros. Este reducido grupo, de solo 6 de cada 100 personas asociadas, concentra más del 50% de los aportaciones y desgravaciones totales.

El vigente sistema de reparto corrige parcialmente la desigualdad salarial al establecer pensiones de jubilación máxima y mínima. En 2019, los ejecutivos mejor pagados del Ibex-35 ganaron de promedio 5 millones de euros, 90 veces el salario medio de las trabajadoras y trabajadores de sus empresas (3) y 376 veces el salario mínimo interprofesional (SMI). En 2020, la relación entre las pensiones máxima, 2.683,34€, y mínima, 604,40€, fue sólo de 4,4 a 1.

Los planes privados nutren la financiarización

Elkarkidetza, el plan de empleo del funcionariado vasco, Geroa, el plan de empleo del sector privado guipuzcoano, y el fondo de pensiones de Bankia poseen participaciones en Healthcare Activos Yield Socimi. En los hospitales y geriátricos de esta empresa una auxiliar de geriatría percibe un 20% menos que una persona con un puesto básico en el comercio, y un/a médico/a gana un 30%-35% menos que en un hospital. (4)

Blackstone, la segunda gestora mundial de activos financieros, posee en el Reino de España 32.000 pisos. Para obtener altas rentabilidades, expulsa a las inquilinas mediante el desahucio o acuerdos forzados de dación en pago y sube los alquileres. En 2013, Ana Botella le vendió 1.860 viviendas de protección social a un precio muy inferior al de mercado (5). El CEO de Blackstone, Stephen Schwarzman, ganó en 2017 672 millones de euros. Una parte importante de los capitales de Blackstone proceden de 177 fondos de pensiones, de los que 84 pertenecen a los empleados públicos de Nueva York, Texas, California y otros Estados.

Las deducciones de los salarios para los fondos de empleo, acumuladas, se convierten en capital financiero que los directivos de los fondos de inversión utilizan para precarizar el empleo, reducir los salarios y captar rentas inmobiliarias.

El momento de la movilización social

En 1981 un ministro de Augusto Pinochet, José Piñera, hermano del actual presidente, privatizó el sistema de pensiones de su país, dejando en el antiguo sistema público a los militares y carabineros. Una de las principales reivindicaciones del levantamiento popular chileno de octubre de 2019 fue la recuperación del sistema de reparto. Las trabajadoras y trabajadores chilenos han comprobado en vida propia la desprotección causada por los fondos privados de capitalización.

Las diputadas y diputados de las fuerzas a la izquierda del PSOE deben votar en contra de la legislación que se presente en las cámaras para promover los planes de empleo. Sólo una gran movilización social en defensa de las pensiones públicas permitiría que el alma socialdemócrata de muchas representantes socialistas se imponga a la dirección socioliberal de su partido. De no hacerlo, dentro de 20 años les tocará lamentarse del peso creciente de las pensiones privadas de capitalización, lo mismo que ahora lamentan la segregación educativa impulsada por los conciertos creados en 1985 o el reconocimiento en la Ley General de Sanidad de 1986 de la sanidad privada como complementaria en el Sistema Nacional de Salud.

Es el momento de frustrar este nuevo asalto contra las grandes conquistas sociales que hicieron las vidas de las trabajadoras y trabajadores más libres y seguras: salud, educación y pensiones fuera del mercado, lejos del capital.

(1) INVERCO, Las Instituciones de Inversión Colectiva y los Fondos de Pensiones. Informe 2019 y perspectivas 2020.

(2) Fundación INVERCO, El impacto de la crisis económica y financiera en la inversión colectiva y en el ahorro-previsión. (Imprenta Modelo, Madrid, 2010).

(3) David Fernández, El País, 17 de mayo de 2020.

(4) El País de los Negocios, 15 de noviembre de 2020.

(5) Rusiñol, Pere, Los chollos del 'casero' de España, Alternativas Económicas, octubre 2018.
 

Xabier Pérez Davila es economista, miembro del Movemento Galego pola Defensa das Pensións e os Servizos Públicos.

 

miércoles, 6 de enero de 2021

Reforma de las pensiones: El desatino de un ministro que ha perdido el norte

 

LUIS ORTIGA GIMÉNEZ

MARTES 5 DE ENERO DE 2021


El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha presentado a los agentes sociales un documento sobre su propuesta para la reforma de las Pensiones. Ese documento refleja duras restricciones y penalizaciones para la jubilación parcial, así como penalizar todavía más duramente las jubilaciones anticipadas "voluntarias" y también las jubilaciones anticipadas de las personas con cotizaciones más elevadas. El ministro oculta que esas personas con cotizaciones elevadas han cotizado por importes mayores que la pensión máxima y por lo tanto ya han sido penalizadas durante su vida laboral. Es una clara doble penalización.

Respecto al estudio que exigió el Pacto de Toledo al ministro Escrivá, sobre las inequidades de sufren las personas jubiladas de forma anticipada, con más de 40 años cotizado, el documento no indica nada en absoluto.

El ministro también deja pasar una oportunidad para establecer el número de años que se deberían cotizar para tener derecho a la pensión integra, sin penalizaciones, con independencia de la edad de jubilación. Lo determinante deberían ser los años cotizados y no la edad de jubilación. 

Por otra parte, sin que conste por escrito en el citado documento, el ministro Escrivá ha filtrado que se va a proponer ampliar de nuevo el plazo a considerar en el cálculo de las pensiones, pasando éste hasta los 35 años. Se estima que tal medida supondría una reducción media del 5,5% en las pensiones futuras. Las mujeres serían, una vez más, el colectivo más castigado y discriminado, al tener, en general, carreras de cotización más cortas.

El ministro Escrivá siempre ha preconizado la necesidad de que se transmita seguridad acerca del futuro de las pensiones. Sin embargo, con las medidas que anuncia y los "globos sonda" que emite y alienta, lo único que consigue es sembrar de incertidumbre a las actuales y futuras personas jubiladas.

Como consecuencia, se están anunciando un aluvión de prejubilaciones, incluso a partir de tan sólo 50 años de edad, en grandes corporaciones financieras e industriales. Adicionalmente, el número de consultas de particulares y autónomos en asesorías/gestorías acerca de su jubilación se están multiplicando.

Respecto a las personas jubiladas de forma anticipada con largas carreras de cotización, el ministro Escrivá vulnera el principio de Contributividad que defiende el Pacto de Toledo. Ese colectivo debería dejar de estar penalizado, de manera total e inmediata, con los discriminatorios coeficientes reductores que disminuyen su pensión en hasta un 32% (40% en los denominados mutualistas) tal como se reivindica desde la asociación ASJUBI40 y ha sido aprobado por 14 Parlamentos Autonomicos. Parece ser que, tal como se está filtrando en algunos medios, el ministro se escuda en problemas económicos, para mantener dicha injusticia.

Es inadmisible que el ministro cite supuestos problemas económicos cuando el Tribunal de Cuentas ha dictaminado que entre 1989 y 2013, la Seguridad Social ha asumido 103.000 millones de euros que no le correspondían. El propio ministro Escrivá, desde su anterior cargo en AiREF, identificó otros 7.000 millones de euros adicionales. Ese saqueo a las cuentas de la Seguridad Social, sin embargo, no ha supuesto iniciar ninguna auditoría por parte del ministro ni exigencia de eventuales responsabilidades políticas y/o penales.

Estamos pagando también el grave error de que las competencias de Seguridad Social y Trabajo se hayan dividido en dos Ministerios. 

Es imprescindible efectuar análisis y tomar medidas respecto la precariedad laboral, temporalidad,  paro juvenil, salarios irrisorios, inoperancia total del SEPE con las personas desempleadas de más de 50 años, falsos autónomos, prejubilaciones en grandes corporaciones, destope de cotizaciones, y un largo etcétera. Esas medidas son competencia del ministerio de Trabajo.

No puede ser que el ministro Escrivá "vaya por libre" recortando pensiones con las tijeras de podar como su única solución. La consolidación de las cuentas de la Seguridad Social pasa ineludiblemente por aumentar ingresos y  adoptar medidas desde el ministerio de Trabajo en los aspectos indicados anteriormente. 

En redes sociales se palpa el gran desencanto, decepción y crispación con el trato que se está dando a las personas jubiladas presentes y futuras. Es previsible pensar que esa desconexión de algunos partidos políticos con la realidad del país pueda provocar notables cambios en la intención de voto de ese enorme colectivo. Esto es fácilmente detectable en las redes. 


Luis Ortiga Giménez (Barcelona)

sábado, 2 de enero de 2021

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y SU APLICACIÓN A RETRIBUCIÓN


Albert Galofré Isart 

IVAP


" Sector público: 

El panorama que nos muestran las experiencias de evaluación aplicadas a retribución es francamente desalentador. 

Veamos algunos ejemplos: 

- "Un reciente estudio de la Escuela de Economía de Londres indica que la iniciativa del Gobierno Británico de dar a los funcionarios un incentivo en base a su productividad ha resultado ser un fiasco, porque ha menguado la calidad de los servicios públicos del país, perjudica el trabajo en grupo y la confianza entre compañeros. 

- Un informe sobre los resultados del sistema de evaluación del rendimiento de los funcionarios superiores de la Administración Federal de los Estados Unidos, se mostraba extremadamente crítico con sus beneficios y destacaba el rechazo generalizado entre los afectados, que lo consideraban poco equitativo. 

- El Informe Closets (Comisariado General del Plan de Reforma del Estado Francés), no expresa una opinión favorable hacia lo que denomina "fórmulas individualizadas" para motivar e interesar al personal, abogando por los incentivos colectivos de carácter financiero, de formación o sociales.

Tampoco la tradicional puntuación anual con efectos para la promoción ha sido poco más que un trámite en el que la gran mayoría de empleados resultaba bien evaluado. 

- En España, la Ley de Función Pública contempla desde 1984 la posibilidad de aplicar a los funcionarios un complemento de productividad para retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria, el interés y la iniciativa. La más reciente Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de 12 de abril de 2007, mantiene esta previsión, que hace extensiva a una carrera horizontal pendiente de desarrollo. Salvo contadas experiencias en las que se ha logrado establecer objetivos de rendimiento -es el caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social- que permiten realizar una evaluación correcta, el resto de aplicaciones se limita a simples formalismos que sirven para justificar distribuciones que son habitualmente proporcionales a la parte fija del salario. También hay unidades que tratan de objetivar la evaluación utilizando criterios que no se corresponden exactamente con un mayor o mejor rendimiento, como la asistencia y puntualidad, el trabajo en jornada partida o la especial disponibilidad de los empleados. En cualquier caso, todos tienen como garantía la publicidad que por ley (¿) debe darse a las percepciones asignadas a cada persona. 

Destaca, en positivo, el interesante trabajo desarrollado por el Consejo General del Poder Judicial para poder medir objetivamente las cargas de trabajo de los distintos Juzgados y Tribunales.

 - El sistema de evaluación de los funcionarios de la Unión Europea (aprobado en Junio de 1997) establece un método de calificación, como mínimo bianual, con relación a su competencia, rendimiento y conducta en el servicio, previa entrevista entre calificador y calificado. Un sistema subjetivo, poco original y escasamente valorado por sus destinatarios. Es evidente que la cultura y valores de los empleados públicos es poco favorable a la evaluación con unos directivos poco dispuestos a comprometerse y asumir ante sus subordinados, el conflicto que en algún caso puede suponer realizar una evaluación desfavorable. Por otra parte, parece que los incentivos colectivos están mejor adaptados a los valores de la función pública. 

Actualmente hay dos tendencias emergentes en cuanto a retribución variable en algunos países europeos: 

- Incentivos para altos directivos vinculados al logro de objetivos (También es la opción del Art,. 13 de LEBEP) 

- Incentivos grupales basados en mejoras de productividad y calidad en los servicios prestados"

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