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miércoles, 25 de febrero de 2009

A la gueta de los Fabras asturianos

"El que gana las elecciones", prosigue Fabra, "coloca a un sinfín de gente, asesores, secretarios, directores generales, subdirectores, subsecretarios, consellers, asesores de los consellers...". Y antes de desgranar a cuánta gente ha colocado él mismo en el hospital, el puerto, el instituto de promoción cerámica o la propia Diputación, sentencia: "Ese es un voto cautivo, que lo tengáis muy claro"

http://www.elpais.com/articulo/espana/Fabra/cantidad/gente/habre/colocado/elpepuesp/20090224elpepunac_12/Tes

lunes, 23 de febrero de 2009

Los empleados públicos pueden criticar abiertamente la marcha de los servicios públicos ( a propósito del expediente en el Hospital de Arriondas)

La prensa asturiana daba a conocer estos días la apertura de un expediente a una médica del Hospital de Arriondas - fundación pública -, por realizar críticas públicas sobre el funcionamiento del servicio, concurriendo la circunstancia de que se trata, además, de la presidenta del Comité de Empresa del centro .
Curiosamente, en el mes de diciembre de pasado año fue noticia una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Sevilla, dictada el 9 de diciembre de 2008, que absolvió a una médica del Servicio Andaluz de Salud de haber cometido una falta disciplinaria grave por cuestionar en televisión la atención dispensada por el Servicio de Urgencias del Hospital Virgen del Rocío al futbolista del Sevilla FC, Antonio Puerta, que falleció en agosto de 2007.
Varios médicos de urgencias que criticaron públicamente el funcionamiento de la sanidad pública andaluza fueron expedientados por sus declaraciones.
El Servicio Andaluz de Salud atribuyó a la facultativa una falta por “la grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o usuarios” y se le impuso una sanción de suspensión de funciones por cuatro meses.
Según se explica en la sentencia, entre las manifestaciones realizadas por la médica se apuntaba, refiriéndose a las Urgencias en Andalucía, “que están hechas un desastre”.
La juez resta importancia a las afirmaciones realizadas, ya que “no se estima que supongan una grave desconsideración por parte de la facultativa”, a lo que añade que “no puede afirmarse que se trata de expresiones descorteses”. La juez también rechaza que “el hecho de que se hicieran las declaraciones a un periodista puede considerarse connivencia de la facultativa con la cadena televisiva para la emisión de tales manifestaciones con la finalidad de desprestigiar a sus compañeros, superiores, subordinados o a los usuarios”. Es más, la sentencia afirma que si se admitiera tal planteamiento “no sólo se contrariaría la doctrina constitucional que proclama que lo que ha de interpretarse restrictivamente son los límites específicos al ejercicio de ese derecho del funcionario, sino que se restringiría en exceso este derecho fundamental hasta límites inadmisibles”.
En concreto, el fallo entiende que “tales manifestaciones lo que pusieron de manifiesto fue un clima crispado del personal tanto médico como sanitario sobre la situación del servicio de Urgencias del centro hospitalario, lo cual al parecer venían denunciando con concentraciones cada semana a la puerta del mismo”.
La sentencia, a la luz de la doctrina del Tribunal Constitucional, concluye que “la médica no transgredió los límites en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión porque ni puso en entredicho la labor de sus compañeros, subordinados, superiores, ni usó expresiones descorteses hacia éstos ni hacia los usuarios, sino que se limitó a efectuar una crítica en relación con la atención dispensada a los ciudadanos por el servicio al que la misma se encuentre adscrita, lo que tampoco ha comprometido en modo alguno el buen funcionamiento de dicho servicio.
La noticia y el texto completo de la sentencia pueden consultarse en:

Desde COFPA rechazamos con toda rotundidad las medidas represivas e intimidatorias dirigidas a amordazar la libertad de expresión de los trabajadores, particularmente graves cuando se trata de representantes sindicales, por ser más propias de un sistema político dictatorial que de un Estado de Derecho.

domingo, 22 de febrero de 2009

Ley de Costas: veinte años de papel mojado

"Érase una vez una ley promulgada para proteger a la costa del ladrillo y del hormigón. Más de 20 años después, ¿cuál ha sido su resultado? Entre 1987 y 2000, las construcciones tomaban 73.000 m2 de costa al día. En los cinco años siguientes, la cifra de metros cuadrados urbanizados en los dos primeros kilómetros de litoral escaló a los 140.044, según el Instituto Geográfico Nacional, del Ministerio de Fomento. Entre 2000 y 2005 se construyó una cuarta parte de lo edificado en toda la historia. Si el ritmo no para, todo el litoral estará urbanizado en 2071"
Reportaje completo en el Número 96 - del 19 de febrero al 4 de marzo de 2009- del periódico quincenal de actualidad crítica Diagonal
http://diagonalperiodico.net/spip.php?article7333

viernes, 20 de febrero de 2009

La corrupción urbanística en España

Informe de Margrete Auken, aprobado el 12 de febrero por la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, con la oposición de los eurodiputados del PSOE y del PP:

"Expresa su preocupación y desaliento por el hecho de que las autoridades jurídicas y judiciales españolas hayan puesto de manifiesto que no están debidamente preparadas para hacer frente a las repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de las personas, como prueban los miles de reclamaciones recibidas por el Parlamento y su comisión pertinente en la materia"

Texto completo en : http://veinsdeparcent.info/pdf/informe_auken_10-12-2008.pdf

miércoles, 18 de febrero de 2009

SE ADMITE A TRÁMITE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA LA RELACIÓN DE PUESTOS DE LA SINDICATURA DE CUENTAS

El pasado 10 de febrero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado la providencia admitiendo a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Conceyu por otra Función Pública n´Asturies, contra el acuerdo de la Sindicatura de Cuentas que aprobó la Relación de Puestos de Trabajo en dicha institución y que determinó la provisión de determinados puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

El fondo del asunto es el empleo de la cobertura de determinados puestos de trabajo “a dedo” y no por el sistema de concurso de méritos, sistema este último en el que -a diferencia por el sistema elegido por esta institución para cubrir dichos puestos- pueden concurrir los interesados en igualdad de condiciones.

El Conceyu considera, simplemente, sangrante que una institución que debe fiscalizar a otras Administraciones Públicas, incumpla la legislación en materia de función pública, pareciendo inmune a los principios de igualdad, mérito y capacidad reconocidos constitucionalmente en materia de provisión de puestos de trabajo en el ámbito de la función pública.

Ver providencia

martes, 17 de febrero de 2009

El clientelismo de partido en la España de hoy: una disfunción de la democracia

Trabajo imprescindible del profesor José Cazorla Pérez para quien quiera conocer las características, estructura y funcionamiento del sistema partitocrático dominante en el Estado español y, en particular, para entender la realidad política asturiana del presente.
Especialmente relevante en relación con el trabajo de denuncia de COFPA es la distinción entre el clientelismo laboral, caracterizado por la distribución de puestos en el sector público o parapúblico, y el clientelismo concesional, expresado en el otorgamiento de concesiones, licencias de obra o explotación, subvenciones o exenciones individuales o colectivas.
En todos los casos, como advierte el profesor Cazorla, el clientelismo de partido se caracteriza, entre otras notas distintivas, por el favorecimiento a los beneficiarios del mismo a costa de un tercero que tendría mejor derecho. Es decir, "lo que consigue el cliente lo pierde el otro concurrente, que es quien debiera haberlo percibido"
Este estudio indispensable se incluye, junto a otras investigaciones, en el libro colectivo Política en penumbra (Patronazgo y clientelismo políticos en la España contemporánea), editorial Siglo Veintiuno de España Editores S.A., obra que debería ser libro de cabecera para cualquier ciudadano que pretenda comprender el alcance de la red clientelar sobre la que sustenta el sistema de partidos vigente.
El trabajo de Cazorla Pérez se cierra con la siguiente cita, extraída de El Antiguo Régimen y la Revolución francesa, de Tocqueville:
"La principal diferencia entre los tiempos a que me refiero (los del Antiguo Régimen) y la Francia moderna es que el Gobierno vendía por entonces los cargos oficiales, en tanto que ahora los da. Para obtener unos de ellos, un hombre ya no paga en dinero contante; le basta con venderse a sí mismo"

Texto completo en http://www.cepc.es/rap/Publicaciones/Revistas/3/REPNE_087_043.pdf

miércoles, 11 de febrero de 2009

DESPOTISMO EN LA SOCIEDAD ESTATAL AGUAS DE LA CUENCA DEL NORTE S.A.


El Tribunal Supremo acaba de confirmar la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 11 de octubre de 2007, que declaró nulo el despido de un técnico de la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Norte S.A., al haber vulnerado dicha sociedad pública el derecho de libertad de expresión del trabajador en su vertiente técnica, debiendo readmitirlo inmediatamente en las condiciones que regían antes del despido e indemnizar al mismo en concepto de daños y perjuicios en la cantidad de 3.000 euros.

El hecho resulta especialmente grave porque el motivo que llevó a esta sociedad estatal a despedir al empleado público fue la emisión por parte de éste de un voto particular en un mesa de contratación, en el que valoraba como más adecuada la oferta más barata, mientras que el resto de integrantes de la misma defendían otra más cara.

El fundamento de derecho cuarto de la sentencia de la Sala dice: "En el caso que nos ocupa consta en los hechos probados que el 30 de marzo de 2006 se reunió la mesa de contratación de Aguas de la Cuenca del Norte SA en la que participaba el demandante como jefe del departamento técnico, con objeto de examinar y aprobar en su caso la adjudicación de los concursos convocados para la ejecución de obras de mejora del abastecimiento de aguas a los municipios costeros del extremo occidental de Asturias y en el desarrollo de la reunión el actor defendió una propuesta de adjudicación diferente a la de los otros miembros de la mesa, sin que las deliberaciones pudieran reducir dicha diferencia lo que motivó que se suspendiera la reunión sin aprobar ninguna de las propuestas y al día siguiente el director general de la empresa, que igualmente formaba parte del órgano, propuso al Consejo de Administración el despido del demandante, propuesta que fue aprobada facultando al director para adoptar las medidas necesarias".

La Sala de lo Social y ahora el Tribunal Supremo, confirman que existe una conexión temporal entre el ejercicio del derecho a la libertad de expresión del técnico de la sociedad estatal, expresada en la emisión de un voto en sentido contrario a la propuesta de contratación que resultaba de la mesa y la decisión extintiva del contrato del trabajador, que se adoptó de manera inmediata, por lo que declaran nulo dicho despido.

Difícilmente se podría encontrar un caso más grosero de ataque a la imparcialidad y objetividad de un trabajador de una empresa pública el cual, afortunadamente, ha sido corregido con contundencia por la Justicia.

Desde COFPA nos congratulamos especialmente de las decisiones judiciales adoptadas y felicitamos sinceramente al compañero, confiando en que un hecho tan grave no vuelva repetirse.

lunes, 9 de febrero de 2009

COFPA RECURRE JUDICIALMENTE LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO EN LA SINDICATURA DE CUENTAS


El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies acaba de recurrir ante la Sala de lo contencioso – administrativo del Tribunal Superior de Justicia el sistema de nombramientos a dedo (libre designación) aprobado en el mes de diciembre del año 2008 por la Sindicatura de Cuentas para la provisión de todos los puestos de auditores y letrados de ese órgano superior de control y supervisión de la contabilidad pública de la Administración asturiana.
Para COFPA es una auténtico disparate, además de una ilegalidad manifiesta, que los puestos de trabajo de la Sindicatura de Cuentas en los que debieran preservarse escrupulosamente las garantías de imparcialidad y neutralidad política, como son los de auditores y letrados, estén cubiertos por personas de la confianza política y personal del Síndico Mayor, nombrado por el partido gobernante, que es el que hará la elección de los agraciados.
Consideramos que con la sustitución del concurso de méritos por este sistema digital de nombramiento, la Sindicatura de Cuentas está quebrando completamente la independencia funcional que le exige su Ley de creación, que es realmente el único requisito que daría sentido a la existencia de esta institución de control.

Texto completo del acuerdo impugnado en :

Acuerdo de 1 de diciembre de 2008, del Consejo de la Sindicatura de Cuentas, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias para el ejercicio 2008.


Uviéu, 9 de febreru de 2009

La Xunta Xestora del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

viernes, 6 de febrero de 2009

AVILÉS: L´AGUA YE DE TOOS Y TOES

http://avilesaguadetodos.blogspot.com/
Blog de la Plataforma en defensa de la gestión pública del agua en Avilés.
Los servicios públicos esenciales no pueden ser objeto de negocios privados.

jueves, 5 de febrero de 2009

"No quieren profesionales sino gente sumisa"

Reveladora entrevista en el diario la Nueva España a José Luis Gómez, Jefe del Servicio de Radiodiagnóstico I del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), en la que manifiesta que los políticos que dirigen la sanidad asturiana "no quieren profesionales sino gente obediente y sumisa".
Refiriéndose a la nueva figura de los coordinadores, puestos a dedo anunciados a bombo y platillo como solución para la mejora de la gestión y la eficiencia, José Luis Gómez señala que "no quieren gente bien formada porque cuando hacen barbaridades esa gente se lo dice a la cara. Quieren poner un comisario político"
Asimismo, el Jefe del Servicio de Radiodiagnóstico expresa una exigencia que en COFPA se estima imprescindible para asegurar la calidad, transparencia, eficiencia y mejora del servicio público, evitando conflictos de intereses contrarios al interés general: "Debería ser incompatible trabajar en el sector público y en el privado"

Texto completo de la entrevista en: http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2009020500_31_722990__Oviedo-medicina-debe-rapida-barata-pero-aqui-Asturias-lenta-cara

miércoles, 4 de febrero de 2009

Las oposiciones: análisis estadístico

Documento abreviado sobre el trabajo de investigación de Manuel F. Bagüés (2005) "¿ Qué determina el éxito en unas Oposiciones", publicado en la Revista de Jueces para la Democracia nº 59, de julio de 2007

Texto completo en : http://www.manuelbagues.com/articulo%20Revista%2059%20julio%202007.pdf

martes, 3 de febrero de 2009

¿ Qué determina el éxito en unas Oposiciones ?

Trabajo de investigación de Manuel F. Bagüés, publicado por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada, en el que se analiza la calidad de la evaluacion que se ha realizado a unos 40.000 candidatos en diversas convocatorias de las oposiciones a siete de los principales Cuerpos del Estado.
El estudio detecta que el éxito de un candidato depende significativamente de factores ajenos a su calidad, como el día de la semana en que es evaluado, la hora y, especialmente, el orden de convocatoria, aleatoriedad que dificulta la selección de los mejores y beneficia a aquellos opositores con capacidad para presentarse en un mayor número de ocasiones.
Asimismo, se detectan una serie de evidencias de la existencia de endogamia, sexismo y localismos por parte de algunos evaluadores.
En relación con la existencia de nepotismo en los procesos selectivos, el autor concluye que los candidatos poseedores de un apellido compuesto similar al de algún miembro del Cuerpo del Estado al que aspiran - parientes - tienen de media unas posibilidades de éxito que superan en más de un 100 % las posibilidades de los demás candidatos.
Para superar estos sesgos que comprometen seriamente los principios de igualdad, mérito y capacidad de los procesos de selección, el autor propone la introducción, a semejanza con otros países de nuestros entorno, de tres reformas del sistema: el uso sistemático del anonimato y la doble corrección externa en los exámenes escritos, la realización de un test inicial y la implementación de un control de calidad de la evaluación por parte de algún órgano superior de supervisión.
Texto completo en ftp://ftp.cemfi.es/pdf/papers/pew/dt2005-01.pdf