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viernes, 31 de marzo de 2017

Altos directivos de Hacienda instruyen sobre cómo eludir impuestos y evitar contramedidas fiscales

30-3-2017 diariolaley 

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) denunciaron hoy los centenares de cursos en los que altos responsables de Hacienda instruyen a los asesores internacionales y grandes despachos tributarios en técnicas para eludir impuestos y evitar las medidas antielusión, rayando el límite del decoro y de la ley de incompatibilidades, según pusieron hoy de manifiesto en el marco de la XV edición de su Congreso Nacional en Alicante.

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) denunciaron hoy los centenares de cursos en los que altos responsables de Hacienda instruyen a los asesores internacionales y grandes despachos tributarios en técnicas para eludir impuestos y evitar las medidas antielusión, rayando el límite del decoro y de la ley de incompatibilidades, según pusieron hoy de manifiesto en el marco de la XV edición de su Congreso Nacional en Alicante.
Precisamente, la relación entre la corrupción política y el fraude fiscal se sometió hoy a la opinión de Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia; Jesús Lizcano, presidente de Transparencia Internacional y de José María Olmo, periodista de El Confidencial que fue uno de los que destapó los ‘Papeles de Panamá’.
 
Gestha considera que el correcto desempeño de las funciones públicas de determinados responsables de la AEAT y del Ministerio de Hacienda choca con su actividad más que frecuente en multitud de actos docentes (jornadas, cursos, talleres y másteres universitarios…), lo que abre la duda sobre su compatibilidad con el cargo, dado que podría menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes, cuando no comprometer su independencia o imparcialidad.
En este sentido, los Técnicos señalan que, a pesar de recibir altas retribuciones con ingentes incentivos, es frecuente encontrar en los claustros de profesores a subdirectores generales y altos responsables de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (ONFI), de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o de la Dirección General de Tributos, por citar algunos ejemplos.
Estos “docentes” cuentan ya con elevados salarios por sus cargos desempeñados en Hacienda, que se mueven entre los casi 70.000 euros de un subdirector adjunto de la Dirección General de Tributos, hasta los más de 100.000 euros anuales que percibe un jefe de equipo nacional de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o el Jefe de la OFNI.
 
Cuadro 1. La retribución de algunos de los cargos de Hacienda que instruyen a los asesores fiscales
Puestos ocupados por algunos de los “docentes”
Estimación de las retribuciones totales en 2017 (*)
Jefe de Equipo nacional de inspección A.A. Delegación Central de Grandes Contribuyentes
111.774,18
Jefe Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional
108.081,27
Director General de Tributos
104.979,38
Jefe de Equipo nacional de inspección A.A. Delegación Central de Grandes Contribuyentes
104.078,26
Jefe Adjunto Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional
103.255,34
Jefe ENI Coordinador/a Delegación Central de Grandes Contribuyentes
101.185,61
Presidente Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid
100.970,15
Director del Instituto de Estudios Fiscales
97.310,13
Inspector Asesor y Coordinador D de Oficina Nacional de Investigación del Fraude
93.337,38
Jefe Unidad de Coordinación Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Madrid
93.077,88
Jefe de Equipo nacional de inspección Delegación Central de Grandes Contribuyentes
91.726,53
Inspector Hacienda D
86.423,50
Subdirector General AEAT
83.977,53
Subdirector General de la Dirección General de Tributos
83.977,53
Director de Formación de Hacienda Publica del Instituto de Estudios Fiscales
83.977,53
Subdirector Adjunto de la Dirección General de Tributos
69.641,32
(*) Se estiman con 9 trienios e incluyendo la percepción media de los complementos de productividad.
Fuente: Gestha, a partir de las Relaciones de puestos de trabajo del Ministerio de Hacienda y de la AEAT
 
El cargo, como gancho
En todo caso, los Técnicos de Hacienda consideran que no debería aprovecharse el nombre oficial del cargo ocupado como “gancho” para atraer alumnos a los cursos, ya que las actividades privadas lucrativas no deberían promocionarse con la utilización del cargo.
El ejemplo más paradigmático es el del Máster en Dirección de Fiscalidad Internacional, cuyo claustro de profesores está formado por 27 personas, de las cuales 16 son inspectores de Hacienda en activo y 4 en excedencia. Y entre los 16 en activo se encuentran los dos máximos responsables de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (ONFI), de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes (DCGC) y de la Dirección General de Tributos -hasta el pasado diciembre- y cinco subdirectores generales.
Curiosamente, este máster dedica una parte de su temario, sin ser exhaustivos, a las principales características de los paraísos fiscales más notables y regímenes fiscales privilegiados de mayor interés, planificación corporativa-sociedades holding, planificación financiera internacional, planificación de operaciones internacionales sobre bienes intangibles, planificación sobre centros productivos de comercialización y de servicios de empresas multinacionales, planificación sobre inversiones inmobiliarias transnacionales y planificación internacional para personas físicas, patrimonial, familiar y sucesoria.
Muchos de estos cursos, organizados por entidades privadas, se dirigen precisamente a asesores de inversiones extranjeras en España o de inversores españoles en el extranjero, así como a asesores de empresas con proyección al mercado exterior, y tienen como finalidad, según reza literalmente en alguno de sus programas: “aprovechar las oportunidades que permitan mejorar la eficiencia fiscal”, “conocer las estrategias, herramientas y esquemas propios de la planificación fiscal internacional, así como las medidas antielusión fiscal más relevantes, la fiscalidad de los países emergentes y los regímenes de fiscalidad privilegiados de mayor interés en la actualidad”.
 
Posibles incompatibilidades
Además, la asiduidad con la que muchos de estos funcionarios participan en este tipo de cursos, a veces en horario matinal, podría ser constitutiva, en su caso, de infracción de la Ley de Incompatibilidades, que exceptúa del severo régimen de incompatibilidades a la docencia sólo cuando sea “ocasional”. Y a este respecto, en el portal de la transparencia del Gobierno de España no aparecen reseñadas las siglas de estos altos responsables entre las compatibilidades concedidas.
En concreto, el máximo responsable de la ONFI es definido en uno de los foros en los que participa como “Inspector de Hacienda del Estado. Conferenciante habitual y profesor de la Escuela de la Hacienda Pública y de muy diversos, otros centros e instituciones”.
Por ello, los Técnicos exigen a la Inspección de los Servicios del Ministerio de Hacienda que investigue el centenar de cursos organizados por entidades privadas, entre los que figuran las grandes consultoras tributarias en los que altos responsables de la AEAT y del Ministerio han podido informar de los criterios, prácticas tributarias y proyectos normativos. Igualmente, exige que averigüe el número e identidad de los “alumnos” que han asistido y si se han formulado preguntas o consultas relacionadas con la problemática fiscal de sus clientes.
Además, para el colectivo esta elevada actividad docente de los altos cargos sirve para “engrasar” las puertas giratorias, al coincidir en la mayoría de cursos con los socios de consultoras y grandes empresas -muchos de ellos también fueron altos cargos en su día-, en las que posteriormente acaban prestando sus servicios muchos de estos funcionarios.
 
Gestha, que considera imprescindible acabar con esta tóxica práctica, abordará mañana viernes día 31 en la Asamblea que reúne a los representantes de los Técnicos de Hacienda la petición al Congreso de los Diputados de una regulación legal que restrinja la proliferación de esta clase de cursos.

lunes, 27 de marzo de 2017

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia anula el nombramiento de doce altos cargos del Gobierno del PP

Rechaza que se designasen jefes de servicio a dedo y que se incorporasen habilitados nacionales sin justificación - Los funcionarios denunciantes han presentado otros recursos sobre tres puestos actuales

La Opinión,  A  Coruña 04.03.2017 


Pasillos del Palacio de María Pita.

La sentencia

  • Negociación. El fallo admite que sí hubo negociación, aunque fuese en un apartado de "ruegos y preguntas" en una reunión con la Junta de Personal. Aún así, matiza que "no les falta razón a los apelantes" porque la actuación del Gobierno fue "falta de rigor"
  • Libre designación. Como el Constitucional señala que no hay incongruencia entre la norma estatal y la autonómica, los jueces se remiten a la estatal o a una visión "integradora" de ambas. Concluye que la libre designación debe ser excepcional y que, aun reconociendo que las jefaturas de Servicio son cargos de especial responsabilidad, debe justificarse individualmente. El Superior indica que el Gobierno no dejó clara esta motivación
  • Habilitados nacionales. Los recurrentes rechazaban que se pudiesen fichar a secretarios e interventores para altos cargos de la Administración local. El Concello alegó que la Xunta avaló con un informe esta cuestión. El tribunal cuestiona que sean puestos intercambiables y concluye que, dada su excepcionalidad, exigiría una motivación para justificar que el habilitado es idóneo para cubrir el puesto
El Tribunal Superior de Xustiza echa abajo por arbitrario el sistema que articuló el Gobierno del Partido Popular para incorporar y consolidar altos cargos durante su mandato con fichajes externos. Un sistema que se sustentaba, además, en una legislación aprobada por la Xunta, cuyo alcance en el resto de ayuntamientos gallegos queda cuestionado con esta sentencia. En A Coruña, la anulación afecta a once jefaturas de servicio y una jefatura de departamento. Los denunciantes son un grupo de funcionarios de alto rango que han llevado también a los tribunales tres designaciones del Ejecutivo actual, todas en el área de Rexeneración Urbana. El fallo rechaza que se hubiese elegido para estos puestos a habilitados nacionales (secretarios e interventores) procedentes de otras administraciones también sin justificación. Contra la sentencia cabe presentar un recurso de casación ante el Supremo.

En primera instancia, un juez le había dado la razón al Ayuntamiento, ratificando los nombramientos. Pero el Tribunal Superior no lo tenía tan claro. De hecho, llegó a consultar al Constitucional porque encontraba que la legislación estatal y autonómica podrían ser contradictorias. El Constitucional, que se pronunció el pasado octubre, no halló tal discrepancia, determinación en la que se basan los jueces gallegos para anular el fallo anterior y darle la razón a los funcionarios.

Los nombramientos fueron polémicos desde un inicio. Recibieron críticas de la oposición, de la Junta de Personal y el recurso de un grupo de 24 funcionarios de A Coruña, que se unieron para intentar tumbarlo. Entendían que sus derechos estaban siendo vulnerados porque, de manera discrecional, se les cortaba el paso para ascender y asumir estos puestos de responsabilidad. Los partidos de la oposición acusaron acusó al PP de crear una administración paralela, colocando "afines" en cargos para los que había funcionarios cualificados.

A finales de julio de 2014, el Gobierno local de Carlos Negreira consumaba la entrada de funcionarios ajenos como jefes de servicio, que había ido fichando desde su llegada a la Alcaldía en 2011. Modificaba para ello la Relación de Puestos de Trabajo, la lista en la que se incluyen todos las plazas que hay en el Concello antes de que tengan dueño. Durante las vacaciones de verano, siguió una hoja de ruta para proceder a la regularización de estos nombramientos. Algunos de los fichajes ocupaban el puesto en comisión de servicios, una situación que caducaba legalmente a los dos años y para la que tenían que buscar una solución. Una semana después de modificar la RPT, el BOP publicaba la primera convocatoria de siete plazas de cargos directivos por "libre designación", esto es, una convocatoria abierta pero con selección subjetiva, sin que hubiese baremos o puntuaciones por titulaciones, capacidad o carrera dentro del Ayuntamiento. En agosto, repitió la operación con cuatro vacantes más.

Es precisamente la modificación de la RPT del Ayuntamiento de A Coruña lo que anula ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que interpreta, con arreglo a lo dictaminado por el Constitucional, que prevalece la norma estatal sobre la gallega o, en su caso, una "interpretación integradora de ambos". Recuerda el tribunal que los puestos municipales se deben provisionar a través de un concurso, teniendo la libre designación "carácter extraordinario" y "precisado de una motivación o justificación individualizada", algo que los jueces no encuentran en la actuación del Gobierno de Negreira. No rechaza de plano, sin embargo, que los jefes de servicios tengan funciones directivas y puedan ser nombrados a dedo, "pero en todo caso se exige la acreditación de una especial confianza o responsabilidad".

Quedan anuladas entonces las modificaciones de la RPT y las acciones que de ella se derivan y que afectan a un total de doce puestos. Son once las jefaturas de Servicio tumbadas: Personal, Interior, Presupuestos y Estudios Económicos, Movilidad Urbana, Acción Social, Gestión Tributaria, Empleo y Empresa, Innovación y Desarrollo Tecnológico, Planeamiento y gestión del suelo, Museos Científicos e Informática municipal. También la Jefatura de Departamento de control financiero. Considera el tribunal que cada puesto precisaría de una "justificación individual" y concluye que esta motivación "no está contenida".

Más recursos en los tribunales
Este mismo grupo de funcionarios ha recurrido nombramientos de altos cargos del actual Gobierno local. El primero fue el del jefe de Planeamiento, que está anulado aún en primera instancia y recurrido por el Concello. También han llevado ante los tribunales la designación de los jefes de los servicios de Edificación e Infraestructuras.

sábado, 25 de marzo de 2017

Los dueños de la información

Atlántica XXII

Ilustración / Alberto Cimadevilla.

Reflexiones y convicciones sobre el problema democrático que suponen medios de comunicación dependientes de los grandes poderes, económicos o políticos, explican iniciativas como la que acaban de tomar ATLÁNTICA XXII y El Salto para intentar poner en marcha un periódico digital en Asturias. Si se consiguen para el grupo nacional El Salto 500 socios en Asturias nacerá ese nuevo medio con el nombre de Atlántica El Salto. Esa misma preocupación aborda el periodista y escritor Pascual Serrano en un artículo publicado en el número 48 de ATLÁNTICA XXII, el pasado mes de enero. Reproducimos a continuación ese artículo de Serrano, que sería uno de los colaboradores del nuevo medio.

Medios por encima de la democracia

Pascual Serrano / Periodista y escritor.
Los medios de comunicación tienen como función informar a los ciudadanos de lo que sucede en su país y en el mundo, si bien adoptan una determinada línea editorial. La cuestión surge cuando descubren que su influencia es determinante para crear opinión pública y se encuentran con propuestas políticas que afectan a sus intereses. Renaud Lambert se preguntaba en Le Monde Diplomatique: ¿qué sucede cuando el programa que conduce a la elección de un dirigente político lo lleva a afectar los intereses del sector privado o de los dueños de los medios de comunicación? O no solamente de sus dueños, sino de todo el entramado económico y financiero en el que se desenvuelven la rentabilidad del medio.
El director del Centro de Competencia en Comunicación de la Fundación Friedrich Ebert, el colombiano Omar Rincón, se pregunta si más que defender a los medios del Estado, como se suele argumentar desde las tesis neoliberales, lo que hay que hacer es defender al Estado de los medios. Rincón se refiere a los Estados porque se sitúa en un marco latinoamericano donde hay determinados Gobiernos progresistas enfrentados a las empresas de comunicación. Esto no sucede en Europa, pero sí tenemos una confrontación entre determinadas opciones o líderes políticos y los intereses de estos medios. Por lo que no es aventurado preguntarse si, en muchas ocasiones, los emporios mediáticos no pueden ser más poderosos que los políticos que osen enfrentarse a sus intereses.

Un poder incontrolable y antidemocrático
El desarrollo de las democracias representativas y el capitalismo avanzando ha alcanzado un punto en el que el poder acumulado por el denominado cuarto poder es gigantesco. De esa supuesta función de control de los otros tres poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), hemos llegado a un nivel en el que la hipertrofia del poder mediático le ha convertido en el más incontrolable de todos, además del menos democrático. Incontrolable porque no existe ningún contrapoder que lo limite. Los Gobiernos tienen oposición; los empresarios, sindicatos; las firmas comerciales, consumidores, pero ¿cuál es el contrapoder de los medios? Y es el menos democrático porque, a diferencia de los otros tres, no existe ningún mecanismo de elección para quienes ejercen el poder mediático.
El neoliberalismo ha descubierto también que intervenir políticamente a través de los medios, incluso convirtiéndolos en agentes políticos, puede ser muy eficaz, pero ilícitamente eficaz. La supuesta igualdad de oportunidades con la que partidos o candidatos se deberían presentar ante los ciudadanos para buscar su apoyo se convierte en ventaja para los que disponen de medios de comunicación o de dinero para protagonizar una buena imagen en los medios. El control y la transparencia económica a la que se debe someter un partido político, cuyos ingresos están limitados y controlados, desaparece al tratarse de una empresa privada de comunicación que puede manejar los recursos que considere y recibir libremente ingresos de anunciantes o accionistas. Además la aureola de agente informativo neutral e imparcial con la que se presentan los medios resulta más eficaz para el convencimiento político que el discurso lógicamente sesgado de un partido. Esa militancia de los medios es la que les lleva a coordinar campañas tan burdas como la de estigmatizar un vocablo, el de populismo, para, a continuación, endosarlo a cualquier opción política o líder que no les guste por dispar que sea: Putin, Trump, Podemos, Chávez, Le Pen, Beppe Grillo…
Los grandes medios, en su abusiva explotación de la libertad de expresión, han logrado el apoyo de grandes organizaciones sociales incluso para mentir. El director de la división de las Américas de la organización Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, afirmó que “el derecho a la información abarca todo tipo de información, inclusive aquella que (…) pueda resultar ‘errónea’, ‘falsa’ o ‘incompleta’”. Pero justificar el derecho a una información falsa supone violar otro derecho, el de recibir una información veraz. Y este último sí está perfectamente explicado en numerosas normas de alto rango, sin ir más lejos, la Constitución española.
A pesar de ello, en España hemos tenido que soportar durante más de una década las mentiras y manipulaciones de algunos medios sobre los atentados del 11-M, incluido el pago a testigos para que falsearan la realidad, sin que ello tuviera ninguna consecuencia legal contra esos medios y periodistas.

Falsedades frecuentes e impunes
Las falsedades difundidas en los medios son tan frecuentes como impunes. En marzo de 2014, algunas televisiones y prensa difundían fotografías de supuestas armas que manejaban manifestantes madrileños contra la policía. Finalmente resultaron falsas, se trataba de objetos incautados por la policía en circunstancias que nada tenían que ver con las manifestaciones. En 2015 en la televisión pública española se difundía un supuesto desnudo de la dirigente andaluza de Podemos Teresa Rodríguez que resultó ser falso y una presentadora hablaba de las propiedades curativas del aroma de limón. Difundir mentiras y fotos falsas solo le supuso un “reproche” del Defensor del Espectador, el Radioyente y el Internauta de RTVE.
Los medios no tienen que rendir cuentas por sus informaciones falsas por el uso de fuentes inapropiadas o por la falta de contraste de las noticias. En los primeros días de diciembre, los medios difundieron la mentira de un padre que pedía ayuda para financiar en Houston una operación que salvaría la vida de su hija, víctima de una rarísima enfermedad. Aunque, efectivamente, la niña estaba enferma, ni su vida corría peligro ni se requería ninguna operación en Estados Unidos. Gran parte de lo difundido era mentira, incluido el peregrino dato de que había viajado a Afganistán a entrevistarse con un eminente médico especializado en la enfermedad de su hija. Televisiones, radios y periódicos difundieron la falsa historia del padre, cuando se descubrió la verdad dijeron que “el padre nos había engañado a todos”. A los espectadores no les engañó el padre, les engañaron los medios que no contrastaron la noticia y sus periodistas la contaron como veraz.
Juan Luis Cebrián escucha atentamente a Felipe González en una conferencia conjunta en el Campus Ciudad de México en 2012. Foto / Angélica Martínez (ITESM).

Otro ejemplo elocuente de la perversión del poder de los medios es la información que nos hacen llegar sobre los políticos. Durante décadas hemos asumido que los medios de comunicación eran los mediadores entre las instituciones y los ciudadanos. Un político, un ministro, el informe anual de un Ministerio, los datos estadísticos de un Gobierno, todo ello, se ponía -o se debía poner- a disposición de los medios, de la prensa, de los periodistas y éstos aplicaban unos criterios de selección y los difundían. El poder acumulado por los medios de comunicación, su estructura empresarial determinada por grandes grupos económicos, los intereses cruzados con emporios económicos, unido todo ello a los métodos cada más refinados y sutiles de manipulación y aplicación de intencionalidad en sus informaciones, ha provocado que estos medios se hayan convertido más en un elemento de deformación y de interceptación de la información que de difusores de ésta.
O, dicho de otra manera, los medios han pasado de ser unos facilitadores del libre acceso a la información a ser un obstáculo. Un discurso de diez minutos de ministro no es reproducido por los medios, es deformado, desenfocado, recortado, titulado y contextualizado con intencionalidad muchas veces discutible. O incluso silenciado. Todo, menos transmitido con rigurosidad.
Veamos un ejemplo. El 10 de diciembre de 2008, el ministro español de Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, comparecía ante la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso. El motivo era la difusión por el diario El País, diez días antes, de documentos oficiales calificados de alto secreto que demostraban que el Gobierno español durante la época de José María Aznar conoció y aprobó que los vuelos clandestinos de la CIA con destino a Guantánamo utilizasen aeropuertos y espacio aéreo español. El 11 de diciembre los medios se hacían eco de la intervención oficial del ministro a partir, solo y exclusivamente, del contenido de su discurso. Sin embargo, esas mismas palabras sirvieron para que los periódicos titulasen de esta forma tan dispar, en función de sus alineamientos políticos: en El País embestían contra Moratinos y contra Aznar: “Moratinos justifica la connivencia de Aznar con los vuelos a la prisión de Guantánamo”. El diario Público, solo contra Aznar: “El Gobierno confirma que Aznar autorizó los vuelos a Guantánamo”. Y ABC exculpaba a todos: “Moratinos proclama que los vuelos de Guantánamo nunca tocaron España”. Es evidente que si los ciudadanos se hubieran dirigido a la página web del Ministerio español y hubieran leído la intervención del ministro se hubieran informado de forma mucho más rigurosa, sin tener que someterse a la decantación ideológica de cada periódico. Los medios, en esta ocasión, en lugar de facilitar la mediación entre gobernante y ciudadano, lo que hicieron fue interceptar la comunicación que permiten las nuevas tecnologías e incorporar ruido y sesgo a las palabras originales.

Libertad de expresión e intereses
Otra anécdota que muestra el poder de los medios de comunicación sobre los Gobiernos y los políticos es que ningún Gobierno se ha atrevido en España a impedir los anuncios de prostitución en la prensa escrita a pesar que fue una recomendación aprobada por todos los grupos parlamentarios del Congreso. Y hace unos meses escuchábamos al que fuese secretario general del principal partido de la oposición, Pedro Sánchez, afirmar que detrás de su cese al frente del partido se encontraba el grupo de comunicación PRISA.
En abril de 2016 comenzó a salir a la luz el escándalo que se denominó los Papeles de Panamá. Los medios fueron difundiendo la identidad de todas las personas públicas que ahí aparecían y éstas lo confirmaban o lo negaban, pero aguantaban la difusión de la información. El único que montó en cólera y demandó a los medios por difundir su implicación fue precisamente el periodista y consejero delegado de PRISA, Juan Luis Cebrián. El adalid de la libertad de expresión no toleraba que se utilizase esa libertad para desvelar sus chanchullos.
Para defender su poder se presentan como defensores de la libertad de expresión, convirtiendo este principio democrático en una coartada para su dominio y para atropellar el derecho ciudadano a informar y estar informado. Pero cuando están en juego sus intereses desaparece la libertad de expresión y la transparencia. No soportan que conozcamos sus cuentas, por eso nunca informan sobre la identidad de los accionistas de los medios o demandan en los tribunales a los periodistas que difunden sus negocios.
Frente al predominio empresarial de los medios, el relator especial para la Libertad de Expresión de las Naciones Unidas, Frank La Rue, recordó que la libertad de expresión “es un derecho universal, un derecho de todos, y no solo de las grandes corporaciones de los media… Es un derecho de la sociedad a estar bien informada, es una cuestión de justicia y ciudadanía vinculada directamente al principio de diversidad de los medios. Por eso, el monopolio de comunicación está contra, justamente, la libertad de expresión y el ejercicio pleno de la ciudadanía”.
Nunca olvidaré la respuesta de un académico venezolano al ser preguntado hace varios años sobre si había libertad de expresión en Venezuela. “No, la han secuestrado los medios privados”, respondió.

PUBLICADO EN ATLÁNTICA XXII Nº 48, ENERO DE 2017

miércoles, 22 de marzo de 2017

ATLÁNTICA XXII inicia la campaña para dar el salto digital

ATLÁNTICA XXII inicia la campaña para dar el salto digital

 

ATLÁNTICA XXII inicia hoy una campaña para sacar un periódico digital en Asturias, en colaboración con El Salto, un grupo nacional que se está formando con la colaboración de más de una veintena de medios que funcionan en toda España. El proyecto se llamaría ATLÁNTICA EL SALTO y su creación depende del apoyo popular que la iniciativa concite. Si El Salto consigue para su proyecto multimedia nacional unos 500 suscriptores en Asturias, con tarifas desde 3 euros mensuales, ATLÁNTICA EL SALTO se comenzaría a perfilar inmediatamente para su salida este mismo año.

El Salto nació como una iniciativa del periódico Diagonal, que editó su último número en diciembre tras doce años. El grupo nacional multimedia editará una publicación mensual en papel y pondrá en marcha una web que tendrá ediciones propias en varias Autonomías. El número cero de la revista mensual en papel también tiene ediciones en cinco Comunidades y ya está en la calle. Además tiene proyectos en radio y televisión.

El proyecto digital en marcha en Asturias complementaría a ATLÁNTICA XXII, que seguiría funcionando de forma totalmente autónoma, tras cumplir con el número 49 sus ocho años en la calle.
La alianza entre ATLÁNTICA XXII y El Salto servirá para crear la web de información e investigación periodística que demanda la sociedad asturiana. Dará cobertura diaria a la realidad que nos afecta, independiente de intereses empresariales o políticos, con el rigor y la valentía que identifican la trayectoria de estos dos proyectos.

La página web combinará noticias y reportajes sobre Asturias hechos por la redacción de ATLÁNTICA XXII con información estatal e internacional elaborada por los diferentes medios aliados con El Salto. Un periodismo radicalmente libre sustentado por una amplia base de socios, siguiendo la línea abierta hace ocho años por nuestra revista.

Hazte socio a través de www.saltamos.net y ayúdanos a dar el salto atlántico. Solo contigo podemos conseguirlo.
 
 

martes, 21 de marzo de 2017

El TSJCyL anula parcialmente un concurso de méritos de 2014 para la provisión de algunas plazas de funcionarios

La Sala de lo Contencioso Administrativo entiende que la Administración está obligada a convocar todos los puestos de trabajo vacantes
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, al conocer el recurso de apelación número 561/2016, ha procedido a la anulación de la resolución de 5 de diciembre de 2014 de la Junta de Castilla y León mediante la que se convocaba concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo reservados al Personal Funcionario de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2 pertenecientes a los Cuerpos Superior, de Gestión, Administrativo y Auxiliar y de otros Cuerpos y Escalas de la Administración especial en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

La razón esencial de dicha sentencia es la de entender que, como principio general, la Administración se encuentra obligada a convocar todos los puestos de trabajo vacantes. La excepción a dicho principio general de convocatoria solo puede ser válida si se justifican motivadamente las causas por las que no se procede, dentro de lo que constituya el ámbito de la convocatoria, a la no provisión de determinados puestos.

En la referida sentencia se analizan los criterios que fueron esgrimidos por la Administración para justificar la provisión efectuada, criterios que solo se contenían en el preámbulo de la resolución de convocatoria, sin que se justificase en el expediente en concretos informes que lo apoyaran, como es exigible, aunque en el curso del procedimiento judicial se ha intentado completar dichas omisiones.
Esta justificación del preámbulo se ha estimado insuficiente, en cuanto solo se contenían fórmulas genéricas que tanto podían llevar a una solución como a la contraria. Por otro lado, la prueba practicada en el procedimiento corroboró que en la práctica tampoco se siguieron los propios criterios establecidos, lo que era demostrativo de la inconsistencia de los mismos.

No obstante la declaración de nulidad de la convocatoria, se ha efectuado con carácter parcial, manteniendo los actos de provisión ya realizados en ejecución de aquella, para evitar los perjuicios que derivarían de no respetar situaciones ya consolidadas, lo que obliga a la Administración a la provisión de los puestos no convocados, siguiendo los criterios establecidos en la propia sentencia.

Voto particular
La sentencia cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa del criterio mayoritario de la Sala, particularmente en lo expuesto en el fundamento de derecho cuarto y siguientes.
En concreto, el magistrado señala que “no se puede partir, como dogma, de un principio general que obligue a la Administración a sacar todos los puestos vacantes a concurso, sino más bien de la existencia de una potestad de autoorganización cuyo ejercicio exige motivar el ámbito objetivo del concurso que convoca, según resulta del artículo 50.1, que ya no contempla este tipo de concursos como una excepción, y del artículo 81.1, citado ahora como pauta interpretativa, aun cuando aquí no sea de aplicación”.

  Documento pdf
          , 615,36 KBSentencia -SalaCA TSJCyL -Anulación parcial convocatoria concurso

viernes, 17 de marzo de 2017

El Tribunal Supremo confirma que los interinos de larga duración deben cobrar la carrera profesional



El Tribunal Supremo (TS) acaba de dictar el pasado 8 de marzo una importante sentencia en la que ratifica que los funcionarios interinos de larga duración, es decir, con una antigüedad de cinco o más años, tienen derecho a cobrar el complemento retributivo de la llamada “carrera profesional”, en igualdad de condiciones con los funcionarios de carrera.

La sentencia del TS, que confirma una anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, zanja definitivamente la cuestión sobre la discriminación salarial que viene sufriendo este extenso colectivo de empleados públicos, aplicando la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unisón Europea (TJUE), conforme a la cual “los trabajadores con contrato de duración determinada no pueden ser tratados de manera menos favorable que los trabajadores fijos que se encuentran en una situación comparable, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas”

La referencia a la mera naturaleza temporal de la relación de servicio del personal de la Administración Pública, recuerda el Supremo, no constituye por sí sola, una razón objetiva para justificar el trato diferente que se otorga a los interinos de larga duración, a los que se viene privando de un complemento retributivo, como el de “carrera profesional”, cuya concesión depende exclusivamente de la duración de los periodos de servicios prestados, como los trienios, y de haber cumplido una serie de objetivos, sin que deba tener ninguna relevancia para ello la naturaleza jurídica de la vinculación con la Administración (funcionarios de carrera o interinos)

La sentencia de TS deja en evidencia, una vez más, la grave discriminación salarial a la que el Gobierno del Principado de Asturias viene sometiendo a los miles de funcionarios interinos de larga duración de la Administración autonómica, que se ha vuelto a plasmar en la Ley de Presupuestos  para este año 2017, en la que se mantiene el monumental agravio comparativo con el apoyo inestimable del Partido Popular y de Ciudadanos.

Como ya hemos señalado desde el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies en ocasiones anteriores, la cuestión de fondo que pone de manifiesto esta jurisprudencia no es otra que ese invento llamado “carrera profesional horizontal”, introducido en el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado en el año 2007 como supuesta panacea para el desarrollo profesional objetivo de los funcionarios públicos e incorporado ilegalmente en la Administración del Principado de Asturias por el Gobierno de Areces ese mismo año a pocos días de la celebración de las elecciones autonómicas, es exclusivamente un complemento retributivo. Dicho de otro modo, la carrera profesional horizontal es un invento averiado que no tiene realmente nada de carrera, en el sentido de ascenso o progresión profesional por mérito y capacidad.  Se trata, simplemente, de un mero mecanismo de incremento salarial progresivo, como sucede con los trienios.

Siendo la verdadera naturaleza de esa falsa carrera profesional la de un complemento salarial, la consecuencia no puede ser otra que quienes desempeñen puestos con las mismas funciones deben cobrar las mismas percepciones, sean empleados fijos o temporales. Algo a lo que sigue negándose el Gobierno de D. Javier Fernández, que continúa empeñado en perpetuar una discriminación salarial  propia de sistemas políticos que amparan y legitiman la explotación laboral de los trabajadores.




jueves, 16 de marzo de 2017

Sanidad de dos carriles

La gestión de las listas de espera no debe fomentar un sistema público para los pobres y otro mixto, público-privado, para los que pueden pagarlo y elegir uno u otro en función del tipo de asistencia

 
Gustavo Laguardia / Juan Antonio Gil de los Santos 

 


Su médico de familia lo deriva al especialista porque sospecha que el remedio para lo que a usted le ocurre va a ser quirúrgico. La cita para el especialista puede tardar un mes, o dos, o tres; o tener una primera cita con un especialista que no va a solucionarle nada, sino remitirlo a otro colega que es el que de verdad va a determinar si lo suyo es quirúrgico o no. Le harán algunos análisis clínicos, si no los tiene ya, pedidos por su médico de familia, y algunas pruebas diagnósticas (radiografía, ecografía, TAC, pruebas funcionales,… con más espera para cada una de ellas). Finalmente el especialista le planteará que debe operarse. Usted acepta, y a partir de aquí se supone que usted ingresa en lista de espera quirúrgica. Su pregunta probablemente sea “¿Y cuándo me operarán?” La respuesta más frecuente será “No le puedo decir, ya le avisarán, hay mucha lista de espera”. 


martes, 14 de marzo de 2017

Caso GITPA: Tirar del cable





 Mapa de la conexión del cable de fibra óptica implantado por GITPA en Asturias. Infografía / Amelia Celaya.

Revista Atlántica XXII


No hay cables sin enchufe y en la trama que se ha desvelado en Asturias con la empresa pública GITPA aparecen muchos y de todo tipo, familiares y políticos, en un caso que está en el Juzgado. Una comisión de investigación en la Junta General del Principado ha aclarado bastante tan oscuro asunto, en el que pudieron evaporarse varios millones de euros.

Luis Feás Costilla, Rafa Balbuena y Xuan Fernández / Periodistas.
Las presuntas irregularidades en GITPA, una empresa que creó el Principado en 2006 para llevar la fibra óptica a la zona rural, comenzaron en el mismo momento en que se contrató como director general a Juan Manuel Rodríguez Bañuelos, primo de la entonces directora general de Modernización Belén Menéndez Bañuelos, actual Interventora General del Principado. Belén Menéndez Bañuelos estuvo en el nacimiento del proyecto y de la sociedad pública, elaboró pliegos y adjudicó los primeros contratos a Aggaros, una empresa que había utilizado los servicios de su primo Juan Manuel a través de otra, Ebacom. Para ésta última había trabajado también su sobrino Guillermo Rodríguez, hijo de Juan Manuel, con un contrato en Guinea.

Durante los primeros años, Juan Manuel Rodríguez Bañuelos sería el único empleado de GITPA. En ella actuaría a su antojo, a impulsos de un carácter vehemente libre de ataduras, según personas que le conocen bien. Llegó a contratar a su propio hijo, porque fue la empresa de Guillermo, Twisterwill, la encargada de montar la página web de GIPTA. También se subió unilateralmente el sueldo en 2010 para esquivar el recorte aprobado por el Ejecutivo asturiano el año antes. El director general pasó de tener una retribución base de 4.963 euros en mayo a 5.296 en la mensualidad siguiente, sin que este aumento “hubiera venido justificado por acuerdo al respecto del Consejo de Administración”, según recoge el fallo en contra de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) de marzo de 2014.

Ya desde la primera encomienda, que GITPA no podía acometer por falta de medios propios, se vieron favorecidas unas pocas contratas, como la citada Aggaros Serveis Avançats, con sede en Barcelona, con la que habían trabajado Bañuelos y su hijo, y que estuvo muy vinculada a los primeros pasos del GITPA. También Thales España GRP, con sede en Madrid, que colaboró dando altas desde el 1 de enero de 2008, antes de firmar ningún contrato. O Comfica Soluciones Integrales SL, asimismo con sede en Madrid, que en 2010 se hizo con la extensión de la red de fibra en el Occidente asturiano, con Aggaros en la dirección de obra y un polémico compromiso con la ferroviaria estatal FEVE que establecía un “canon compensatorio” por 15 años.

Escollos para la liquidación
En 2011, Rodríguez Bañuelos es destituido por el nuevo y breve Gobierno de Foro Asturias, que nombra como sucesor a Eduardo González Bayod. Tras la reconquista del poder por parte de los socialistas, quizá para poner fin a una situación que empezaba a resultar insostenible, y a pesar de que la empresa era rentable, el Servicio de Telecomunicaciones es impelido a proceder a la liquidación del GITPA, en ejecución de la Ley de Medidas de Reestructuración del Sector Público Autonómico de 2013, una imposición que emanaba del ministro Montoro.

Las actuaciones para la disolución y posterior liquidación de la empresa requerían regularizar legalmente la situación de hecho preexistente en GITPA, elaborar un inventario y disponer de todos los informes finales de todas las encomiendas de gestión. El nuevo director general plantea dos importantes escollos para la liquidación: por una parte, las dificultades para elaborar un inventario de los terminales ópticos de usuario (ONT) adquiridos y disponibles, y, por otro, la existencia de ese canon que grava el tramo de red conocido como “Troncal Occidental” y que discurre por el dominio público ferroviario explotado por FEVE.
Juan Manuel Rodríguez Bañuelos en la comisión de investigación de la Junta General. Foto / Álex Piña.

Saltan entonces todas las alarmas. Telecomunicaciones emite el 5 de junio de 2014 un informe en el que se señalan otras múltiples incongruencias: abonos a cuenta entre GITPA y Comfica y entre el Principado y GITPA, exceso de facturación en los proyectos de troncales, pilotos de seguridad y suministro e instalación de tubo y cable de fibra óptica. Las desviaciones respecto a lo presupuestado son de miles de euros en muchas de las partidas, con una final en su conjunto de algo más del 7%. Sin embargo, a pesar de que entre lo presupuestado y lo facturado por Comfica se detectan variaciones tan relevantes, lo que factura GITPA al Principado “clava” el presupuesto disponible, de más de 6 millones de euros.

En noviembre de 2014 la Secretaría General Técnica de la entonces Consejería de Economía remitió a la Fiscalía un Informe del Servicio de Telecomunicaciones en el que denunciaba unas supuestas “limitaciones a la titularidad” de la denominada Troncal de Occidente construida en el año 2010 en el dominio público de FEVE, así como otras también presuntas “desviaciones en la facturación y certificación” de las obras.
La Fiscalía abrió diligencias en diciembre de 2014 y las remitió al Juzgado nº 4 de Oviedo, que en diciembre de 2015 decidió investigar a los dos primeros directores generales de la empresa pública y a dos de sus adjudicatarios. Los cargos son malversación, falsedad documental y prevaricación. También se puso a desenredar la “trama del cable” la Junta General del Principado a través de una comisión de investigación.

Un cable para FEVE
En la conocida como Troncal de Occidente, que va de Cudillero a Vegadeo, el aspecto más polémico, y que motivó la denuncia, es sin duda la firma ya mencionada, en agosto de 2009, de un compromiso entre Comfica y FEVE para lograr el permiso para echar el cable canalizado a un lado de la vía, comprometiéndose a pagar un “canon compensatorio por la ocupación de los terrenos de dominio ferroviario” durante los primeros 15 años por una cuantía de 1.740.000 euros, que fue abonada por adelantado.

De los pliegos de condiciones se podía deducir, como se aclaró a las preguntas que algún interesado por el concurso formuló al GITPA, que en el precio ofertado se incluían las tasas y cánones necesarios para “la utilización de las infraestructuras públicas o privadas que el licitador proponga utilizar en los tramos interurbanos”, pero las tarifas son de febrero 2009 y no los contemplan. El que fuera jefe de Servicio en el año 2009, Enrique Junceda, explicó en un correo posterior remitido a Telecomunicaciones que jamás había sabido de derechos de paso y que, de haber tenido conocimiento, habría exigido que constaran expresamente.

En todo el proceso hay serios indicios de prevaricación, según los expertos. La posibilidad de entregar una obra sujeta a pagos recurrentes se introdujo en fase de licitación y como respuesta a una “oportuna” consulta de una de las empresas que participó en el proyecto. Supone una alteración inadmisible del objeto del contrato, que debería haber provocado la suspensión del concurso. Hay correos entre altos cargos de Principado, GITPA y FEVE, de mayo de 2009 en adelante, en los que sí se habla de derechos de paso, pero no se hace nada para incorporarlos a las tarifas ya existentes, únicas vigentes para la encomienda.

Entre el director general de GITPA, Rodríguez Bañuelos, y el de Modernización, Alberto Pérez Cueto, existía efectivamente un intercambio de información previo, con conocimiento de los tres gerentes de la empresa, que revelaría Eduardo González Bayod en su informe del 30 de julio de 2014. Así, en un correo que manda Bañuelos el 14 de mayo de 2009, se señala que “FEVE proporcionará al adjudicatario unos derechos de uso a favor del Principado. Más tarde acordaremos con FEVE los términos exactos del documento. Mi propuesta será que el derecho sea por tiempo indefinido y que ahora ya queden pagados los correspondientes al mínimo de los años (15) para los que el pliego defina la vida útil de la troncal”.

En las reuniones con la empresa ferroviaria, encabezadas por su presidente Ángel Villalba o por otros directivos y técnicos, participaron la entonces consejera de Administraciones Públicas del Gobierno asturiano y presidenta del Consejo de Administración de GITPA, Ana Rosa Migoya, y su viceconsejero, Luis Iturrioz. Según una de las personas que participó en aquellas reuniones, que acabaron con la adjudicación a Comfica de la Troncal de Occidente, fueron extensas y muy numerosas, “hasta el aburrimiento, para que no quedase un solo cabo sin atar”.

En la comisión parlamentaria de investigación declaró el exdirector de División del Área Económica y de Patrimonio de FEVE, Iñaki González Arrate, para quien todo el proceso fue impecable y los resultados óptimos: “Fue una negociación ejemplar, limpia y racional, algo que no siempre ocurre, precisamente. En este caso fue así, y ojalá fuera así siempre. El Principado ahorró un tiempo eterno y muchísimo dinero en negociaciones y expropiaciones a particulares para una obra que hubiese sido muy larga y más complicada técnicamente. Y FEVE por su parte pudo contar con una red de fibra para uso propio, con datos de trenes estaciones y apeaderos [se acordó que la obra incluyese un canal de fibra exclusivo para FEVE a lo largo de la vía] a la altura de la tecnología puntera actual”.

El muro de Celorio
Pero la principal novedad aportada por la comisión de investigación de la Junta General se refiere a la otra Troncal, la del Oriente, cuando el que fuera responsable de Ingeniería y Construcción de GITPA, Daniel Nespral Álvarez, confirmó la sospecha de que su director general, Juan Manuel Rodríguez Bañuelos, disfrutó de beneficios personales. ATLÁNTICA XXII se puso en contacto con Bañuelos para contrastar esto y todo lo referido a su gestión en GITPA, pero declinó hacer declaraciones por recomendación de su abogado.

Según Nespral, el exdirector general de GITPA sacó provecho de las obras realizadas a pocos metros de su vivienda en Celorio (Llanes). Rodríguez Bañuelos no solía realizar verificaciones de campo, lo que no le impedía firmar todas las certificaciones de obra. Sin embargo, según los detalles aportados por el compareciente, Rodríguez Bañuelos se habría asegurado de que la acometida correspondiente a su vivienda fuese realizada según los parámetros del pliego, y de que se construyese al mismo tiempo un muro y una acera que no se correspondían con la obra consignada. Esta irregularidad pasó a ser conocida en los círculos de la Consejería como el “muro de Llanes”, pero no se actuó hasta que trascendió a los medios de comunicación.

Bañuelos es ingeniero de Telecomunicaciones y militante del PSOE en la Agrupación Socialista de Llanes, algo que le afeó en la comisión de investigación el diputado de Ciudadanos Armando Fernández Bartolomé, al subrayar que era el único mérito que se tuvo en cuenta para su nombramiento a dedo en GITPA. En un medio local del concejo llanisco se publicaba hace poco una foto en la que aparecía junto a la entonces alcaldesa socialista, Dolores Campillo. Guillermo, el hijo de Bañuelos, fue el encargado de diseñar la web del PSOE de Llanes.
Para la troncal de Occidente GITPA usó el trazado de FEVE. Foto / Iván Martínez.

El exdirector general de GITPA amenazó con presentar una querella por calumnias contra quienes le atribuyan la comisión de un delito “al calor de una comisión parlamentaria, en la que las insidias son habituales”. Antes de declarar en esa comisión se entrevistó con uno de sus miembros en el grupo socialista de la Junta General, el secretario de Organización de la FSA, Jesús Gutiérrez, al que acompañaban otros dirigentes del partido. Bañuelos sostiene que “todo es un invento político” y alude también a “envidias de pueblo”.

Dobles certificaciones
En lo que respecta a Eduardo González Bayod, se le acusa de haber presentado una supuesta doble certificación de la encomienda cuando el 30 de julio de 2014 presentó a Telecomunicaciones el informe que se le había requerido y, en “una irregularidad sin precedentes”, según uno de los funcionarios que destapó este caso, aportó un nuevo lote de certificaciones. En este segundo lote lo cuantificado variaba en más de 2 millones de euros respecto al primero.

Existen pues dos lotes de certificaciones para la obra. El primero, que se usó para los pagos, es técnicamente “imposible”, pues con esas unidades de obra simplemente no habría una troncal de cable operativa. El segundo se parece algo más a las unidades de obra que podría haber en el tendido, aunque con elementos también improbables (por ejemplo, no se pueden instalar 29.775 metros de canaleta si solo se han suministrado 16.600,50). Además es evidente que se “cuadran” unidades de obra con una precisión absurda, midiendo en centímetros partidas como desbrozar o apartar piedras de la vía, para que sumen en cualquier caso lo mismo que ya se había pagado con las primeras certificaciones presentadas.

Así, las primeras certificaciones, entregadas el 23 de abril de 2014, suman un total de 5.448.999,95 euros. Las segundas, entregadas el 30 de julio de 2014, se quedan en 5.448.999,46 euros. Entre ambas solo hay 49 céntimos de diferencia, aunque en la comparación entre unidades de obra se detectan variaciones que suman 2.063.526,89 euros, un 38% del importe total a facturar.

En la comisión de investigación, Bayod negó que existiera esa doble certificación. Simplemente, según su versión, el 23 de abril de 2014 presentó la documentación de la que disponía GITPA. Dos meses después recibió una llamada informándole de que se habían localizado las certificaciones de la obra, firmadas por GITPA, Comfica y Aggaros, que decidió aportar también. El segundo director general de la empresa, que fue despedido al llegar el caso a los tribunales, afirmó que si las certificaciones hubieran aparecido en el momento de elaborar el primer informe, en abril de 2014, las habría presentado, y dijo desconocer el origen de las llamadas facturas proforma incorporadas en el primer documento.

Los cables sueltos de la trama
Por la comisión de investigación de la Junta General del Principado, en la que fueron muy activos los diputados de Podemos, PP y Ciudadanos, Lorena Gil, Agustín Cuervas-Mons y Armando Fernández Bartolomé, pasaron 53 testigos, entre ellos los tres gerentes de GITPA, el de Operaciones, César Rodríguez Núñez, el de Desarrollo de Negocio, Iván Díaz Iglesias, y la de Administración y Contratación, Argentina Cuendias Álvarez.

Su papel en esta trama del cable ha quedado muy disimulada entre otros asuntos más llamativos y que generaron más titulares. Apenas ha trascendido que Iván Díaz Iglesias fue el candidato a alcalde por el PSOE al concejo de Sariego y es actual concejal socialista de ese Ayuntamiento. Argentina Cuendias, por su parte, fue jefa de la Sección de Contratación de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social del Principado de Asturias entre septiembre de 2005 y mayo de 2007, cuando estaba gobernada por IU y con Manuel González Orviz como director general de Vivienda, lo que explicaría la escasa aportación de este partido a las investigaciones parlamentarias.

Respecto a los ONT, el Servicio de Telecomunicaciones no pudo elaborar el informe solicitado, debido a que la Secretaria General Técnica dio instrucciones en 2015 para que no se realizara ninguna nueva actuación sobre GITPA. Eso debió de aliviar a Enrique García Braña, entonces responsable de Provisión y Sistemas de la empresa asturiana, cuya mujer tenía un operador de terminales con el que GITPA llegó a contratar, detalle por el que fue interrogado durante su comparecencia en la Junta por la diputada de Podemos Lorena Gil, una de las más activas en la tarea de tirar de ese cable que se extiende por toda Asturias bajo tierra, pero también bajo las más fundadas sospechas.

Otro caso del arecismo

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies considera a GITPA un modelo de ‘chiringuito’, puesto que no solo favorece las arbitrariedades, sino que sistemáticamente incumple “los principios constitucionales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad que exigen convocatorias y bases públicas transparentes y órganos de selección imparciales, profesionales e independientes”. La sitúa en el hit-parade de los chanchullos, junto a otra veintena de las 74 empresas y fundaciones públicas asturianas, entre las que cita a Asturex, Ciudad Industrial del Valle del Nalón, Fucomi, la Fundación Asturiana de la Energía, la Sociedad Regional de Promoción, Itvasa, Vipasa, Faedis, Fundosa, Fasad, Gispasa, Sogepsa, Recrea, la Fundación Niemeyer o Serpa.

Como GITPA, casi todas nacieron con el socialista Vicente Álvarez Areces al frente del Principado, una época plagada de casos que acabaron en el Juzgado, como el Caso Marea. Dos de los responsables políticos de la trama del cable y de GITPA son Ana Rosa Migoya, Luis Iturrioz y Alberto Pérez Cueto, que fueron jefes de Marta Renedo, la funcionaria con la que estalló aquel escándalo en la educación pública asturiana.

El parlamentario del PP en la Junta General José Agustín Cuervas-Mons fue uno de los miembros más activos en la comisión parlamentaria sobre el caso GITPA. “Es el claro ejemplo de lo que ha sido la gestión pública del PSOE en Asturias; un desastre. Simplemente estamos ante una gestión ilegal”, afirmó a esta revista.
“Es una empresa en la que el personal accedió como accedió… y todavía nadie ha explicado la gestión total. No se sabe bien lo que se gastó, no hubo ningún tipo de control y lo que queremos es que se aclare. Lo que es evidente es que los informes de los técnicos dicen que se pagaron más kilómetros de lo ejecutado y eso hay que aclararlo”, explicó el diputado popular.

Cuervas-Mons es especialmente duro con la actuación del Gobierno de Asturias en ese caso: “Se han dedicado a retardar y tapar la información, hay que decirlo muy claro”.

jueves, 9 de marzo de 2017

La Sindicatura de Cuentas vuelve a retorcer su relación de puestos de trabajo para permitir los nombramientos de funcionarios de confianza


El pasado día 6 se publicaron en el BOPA los Acuerdos de 17 y 23 de febrero de 2017 del Consejo de la Sindicatura por los que se aprueban la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y de la Relación de Puestos Directivos (RPD) de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias.

Respecto de la RPD, que crea el puesto de Director de Fiscalización (anteriormente incluido en la RPT junto con el resto del personal) se debe observar que, una vez más, la Sindicatura de Cuentas vuelve a caer en el vicio de la libre designación, forma de provisión que fue anulada judicialmente a instancia del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies.

No es una cuestión menor el que este puesto, nombrado a dedo, que depende directamente del Síndico Mayor, tenga la función, entre otras, de “coadyuvar en la garantía de la independencia e imparcialidad” de los equipos de fiscalización, y que presida las Comisiones técnicas encargadas de la revisión de los informes provisionales de fiscalización. Más que un Director de Fiscalización parece un Director de la censura previa a la que está destinada toda la actividad fiscalizadora, por lo que se intuye de la misma RPD.

No se sabe en base a qué norma se incluye dicho puesto de Director de Fiscalización como puesto directivo porque este tipo de personal no está previsto en la Ley 3/2003 de 24 de marzo de la Sindicatura de Cuentas.

En cuanto a la RPT, la misma pasó dos veces por la Mesa de la Junta General del Principado para su toma en consideración, trámite que es preceptivo por la Ley de la Sindicatura. La primera vez y a la vista de las irregularidades contempladas, la Mesa requirió aclaraciones a la Sindicatura, aclaraciones que no convencieron a la Mesa, que el 24 de enero del presente año y tras un contundente informe del Letrado Mayor mostrando los reparos a la misma, mostró su parecer desfavorable a esa RPT presentada por el Síndico Mayor.

Por otro lado, respecto de la RPT, no parece sino que la misma se confeccionó para intentar justificar a posteriori algo que también por sentencia se declaró nulo de pleno derecho, a saber, la falta de motivación del concurso específico como forma de provisión. 

Ahora, con la inclusión del código “CE” se quiere hacer creer que esta es motivación suficiente para utilizar esta forma de provisión que se aproxima mucho a la libre designación según la jurisprudencia. Pero no está justificada de ninguna manera, máxime si se tiene en cuenta que la Disposición Adicional Primera Bis de la Ley de la Sindicatura de Cuentas establece la creación de un cuerpo propio de la Sindicatura, el Cuerpo de Auditores, a fin de garantizar precisamente la independencia y la imparcialidad de los funcionarios a los que se les encomienda la delicada labor de la fiscalización. 

Pero, peor todavía, en la RPT recientemente aprobada, para los puestos de fiscalización (Auditor y Técnico de auditoria) la adscripción que se contempla es la “A5”, que indica que los puestos de trabajo pueden ser provistos con personal funcionario de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, de la Administración del Principado, de otras Administraciones Públicas y del Tribunal de Cuentas. Ningún puesto de la RPT aparece con la clave “SC” que es la que se asigna a los cuerpos propios de la Sindicatura, no vaya a ser que exista dentro de la Sindicatura personas que se atrevan a discrepar de los criterios del Síndico Mayor al amparo de un cuerpo propio, que podría organizarse en una asociación para la defensa de sus competencias e intereses, a la imagen de lo que ocurre con el Tribunal de Cuentas.

Esto entra en clara contradicción con la Disposición Adicional Primera Bis de la Ley de la Sindicatura de Cuentas por la que se crea el Cuerpo de Auditores de la Sindicatura de Cuentas, que con esta RPT se convierte en un Cuerpo invisible.

Asimismo para el desempeño de los mismos no existe ninguna clave de exclusión que exija la pertenencia a un Cuerpo funcionarial . Esto contraviene de nuevo la Disposición Adicional Primera Bis de la Ley de la Sindicatura de Cuentas, que en su apartado 3 establece que para acceder a las plazas del Cuerpo de Auditores de la Sindicatura de Cuentas es preciso estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Licenciatura en Ciencias Económicas, en Ciencias Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, o en Derecho; Intendente Mercantil; Actuario de Seguros. Según esta RPT  podría optar al puesto un Ingeniero Agrónomo, una persona perteneciente al Cuerpo Superior de Administradores con licenciatura en Historia o otras muchas no contempladas en la disposición adicional, un Psicólogo o un Inspector de Policía, que posea el grado de Criminología, pues todos ellos cumplen con los requisitos de pertenecer al Grupo A-1. 

Además, no es casualidad ni descuido por parte de los redactores de la RPT,  el que en el Área de Fiscalización aparezcan 6 auditores (2 más que en la RPT anterior) y sólo 12 técnicos (2 menos que en la RPT anterior), amén de que el total de 18 personas entre auditores y técnicos no coincide con las 19 plazas de plantilla que se le asignan a la Sindicatura de Cuentas según se publica en el apartado correspondiente a la Sindicatura en los Presupuestos Generales del Principado. 

Tal parece que se haya buscado deliberadamente disminuir los puestos de Técnico para que cuando toque reincorporar en cumplimiento de sentencia a los dos interinos que ocupaban puestos de Técnico de Auditoría, exista una “imposibilidad material” de incumplimiento de la sentencia. Pero no hay que olvidar que el cumplimiento total e incondicionado de la sentencia que ganaron los interinos implica el cese de las personas que entraron a través del concurso específico declarado nulo de pleno derecho. Personas, que aclaramos, en absoluto van a ir al paro ya que se trata de funcionarios del Cuerpo de Habilitados Nacionales de la Administración Local y por eso mismo tendrán que volver a su administración de origen, la Administración Local, y si quieren acceder al Cuerpo de Auditores de la Sindicatura tendrán que realizar el Concurso-Oposición en igualdad de condiciones con los demás opositores, y no entrar por la puerta de atrás.

lunes, 6 de marzo de 2017

Señalamos siete puntos negros del proyecto de Ley de Transparencia del Principado

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies comparece esta tarde en la Comisión de Presidencia y Participación Ciudadana de la Junta General para expresar su parecer sobre el proyecto de Ley de Transparencia y Buen Gobierno impulsado por el Gobierno del Principado.

En nuestra intervención ponemos de manifiesto un total de siete puntos negros que deben ser corregidos si se quiere que dicho proyecto suponga un avance significativo respecto de la vigente Ley estatal de Transparencia y no una mera reproducción, a escala autonómica, de la normativa estatal con sus mismos defectos y limitaciones:

1. La definición del derecho de acceso a la información pública y los expedientes administrativos (artículos 26 y 27 del proyecto de ley) es inaceptable por restrictiva: Excluye mucha información importante lo que choca directamente con el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos. En concreto, la información auxiliar (notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos de órganos o entidades administrativas), así como la información remitida o recibida por cargos políticos y funcionarios a través del correo electrónico oficial. Se trata de información imprescindible para entender los motivos por los que se toman las decisiones políticas y administrativas.

2. El silencio administrativo debe ser positivo. No hay ningún argumento serio para defender que si no se entrega la documentación a la que legalmente se está obligado dentro de plazo ello equivale a la desestimación de la solicitud, como hace el artículo 35 del proyecto de ley. Con ello se está amparando la opacidad, el obstruccionismo administrativo y las maniobras dilatorias para entorpecer el acceso a la información pública

3. Las entidades privadas que prestan servicios de interés general -telecomunicaciones, electricidad, gas, servicios postales, etc.- y las empresas concesionarias de servicios públicos -agua, residuos, sanidad, transporte, etc.- deben quedar sujetas totalmente a la Ley al mismo nivel que la propia Administración pública titular y responsable del servicio, con independencia de que tengan o no su domicilio en Asturias. Si se opta por la privatización de la gestión de servicios públicos, esa opción no debe servir como coartada para impedir que los ciudadanos y ciudadanas conozcan información sustancial de las empresas que están haciendo negocio con los servicios públicos.

4. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno debe tener la facultad de imponer multas coercitivas para lograr el cumplimiento efectivo de sus resoluciones por parte de la Administración, y de incoar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores ante los incumplimientos de la Ley.
El órgano competente para incoar y resolver los procedimientos para sancionar las infracciones de la Ley de Transparencia no puede ser la propia Administración responsable de su incumplimiento, pues dejará impunes la mayor parte de las irregularidades cometidas.  El órgano competente debe ser, en cualquier caso,  el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Sería la mejor forma de reconocer su verdadera independencia.

5. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se diseña en el proyecto de ley como un órgano claramente presidencialista, en el que las competencias ejecutivas quedan, prácticamente en exclusiva, en manos de un presidente designado por la Junta General. Por tanto, el proyecto de ley abre una enorme espita para la politización del funcionamiento de este Organismo a través de la designación de un presidente o presidenta a iniciativa y del gusto del partido gobernante, mediante los pertinentes pactos de conveniencia en la Junta para alcanzar la mayoría de dos tercios que se requieren para su nombramiento.
Frente a este modelo presidencialista, proponemos un órgano colegiado integrado por tres o cinco miembros, designados por la Junta General por mayoría cualificada, con unas reglas de organización y funcionamiento similares a las de los Tribunales de Justicia.

6. La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno, integrada en el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, es un órgano descafeinado, con funciones fundamentalmente consultivas, y sin ninguna representación ciudadana en su composición, pues todos sus miembros son designados por organismos institucionales. Se trata de un órgano corporativo de carácter puramente cosmético, que nada aporta y que, tal y como está concebido en el proyecto de ley, debería suprimirse.

7. El funcionamiento de la Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción, dependiente del  Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con nivel orgánico de servicio, queda bajo el control del Presidente de este Organismo, por lo que el riesgo de politización y falta de independencia resulta evidente.
De otra parte, se desactivan totalmente sus potencialidades en la prevención y lucha contra la corrupción, al excluir la admisión de denuncias anónimas.
Recordamos que el propio Tribunal Supremo, en sentencia de 19 de julio de 2001, señala que, aunque la denuncia anónima debe ser tomada con precaución, al no estar prohibida por la Ley de Enjuiciamiento Criminal no puede rechazarse de plano, máxime teniendo en cuenta los múltiples hechos delictivos de los que conocen las Autoridades judiciales y policiales por esta vía, por quienes a causa de un temor razonable de represalias, en ocasiones notoriamente feroces y crueles, prefieren preservar su identidad, de lo cual la experiencia diaria nos ofrece abundantes muestras.



domingo, 5 de marzo de 2017

«El sindicalismo se ha pervertido»

Manuel Sánchez Terán en la actualidad.
Manuel Sánchez Terán en la actualidad. / CITOULA


«El sindicalismo se ha pervertido», Manuel Sánchez Terán. El portavoz de los despedidos de Duro encerrados en la Catedral de Oviedo hace 20 años llama a volver a las barricadas 

F. ANTUÑA


Hace 20 años estaba en plena lucha. Con varios compañeros de Duro Felguera encerrados durante meses en la torre de la Catedral de Oviedo, su batalla por el empleo dio la vuelta al mundo. Manuel Sánchez Terán (Langreo, 1958), exsindicalista de CC OO y exportavoz de los trabajadores de Duro, no claudica de sus ideas, pero no niega su desengaño. Pensionado por enfermedad, da clases de patinaje de velocidad y ha conseguido que el mundo no le haga muchas heridas.

Está desaparecido. ¿Por qué?
La principal razón es que, con motivo de todo aquello, el organismo me identificó como mi su propio enemigo, mi sistema inmunológico se bloqueó y tuve graves problemas físicos. Decidí desandar el camino y buscar el equilibrio de mente y cuerpo. Necesitaba mantenerme al margen. La otra, la impotencia de ver que es casi imposible que esto se reconduzca.

¿Claudicó?
No es claudicar. La esperanza queda. El sistema no quiere poner soluciones. Es fácil pero no se hace porque no se quiere.

¿Luego el sindicalismo es peligroso para la salud?
Si haces sindicalismo de verdad, sí.

¿Y no se hace?
No. Necesitaría una catarsis.

¿Qué es sindicalismo de verdad?
El que yo conocí cuando entré en Duro Felguera con 14 años. Era participativo, asambleario, se discutía y debatía. Se podían cambiar cosas y se cambiaron. Pero ya en 1974 y 1975 la cosa se torció, antes de que llegaran a decir que querían sindicatos horizontales ya se habían vuelto verticales. La gente se perpetúa, se evita la alternancia generacional, lo mismo en los sindicatos que en la política. Eso no es sindicalismo, es otra cosa.

¿No hay sindicalismo en España?
No. Es un problema de todos los países donde funciona el estado del bienestar y donde hay estas democracias tan modernas y tan corruptas.

¿Y arreglo tiene?
Llegará a tener arreglo cuando nos demos de bruces con lo que está por venir. Habrá que recordar conciencias y valores perdidos.

¿Existe aún la conciencia de clase?
Se ha ido diluyendo, pervirtiendo, como el sindicalismo. La palabra que hoy define política y sindicalismo es perversión.

¿No tiene ganas de líos?
La gana siempre queda. Uno es como es. Pero tengo que ponerle freno por la salud.
Tiene pinta de comerse las uñas viendo los informativos.
No. He conseguido no hacerlo ya.

¿Usted qué hace? A qué dedica el tiempo libre y el ocupado?
Estoy pensionado. Entreno chavales en patinaje de velocidad y trato de mantenerme equilibrado, tengo que poner en marcha mecanismos que no me hagan caer en los peores momentos de la enfermedad. Hago mucho yoga y meditación para mantener la serenidad y la calma.

Se cumplen 20 años del encierro en la Catedral.
Aquello fue de mucho más calado de lo que se piensa. Duro quería poner fin al empleo fijo, el PSOE estaba dispuesto al despido libre colectivo y nosotros fuimos la probeta. Todos juntos, incluidos los sindicatos, lo cocinaron.

Y se propusieron frenarlo...
Sí. Cuando te enfrentas a un poder que no escatima esfuerzos no queda otra. A mí siempre me gustó generar alternativas nuevas, sorprendentes. Y en esas estábamos cuando las movilizaciones. Yo tenía un bloc donde iba escribiendo las ideas...

¿Inconfesables?
Alguna muy fuerte. Intentaron menospreciarnos y reírse de nosotros. No empezamos haciendo barricadas, hacíamos marchas a pie, teatro, pero no nos tomaban en serio, y nos fueron marcando el camino.

Y antes de en la Catedral estuvieron en Covadonga.
La Policía sabía que un 8 de septiembre planeábamos hacer algo en La Morgal, así que cambiamos el rumbo y tiramos para Covadonga. Y hubo quien dijo: «¡Vamos a llevar a la santa para el taller!». Estuvimos a un tris. Y un compañero y yo también nos habíamos encadenado ya antes a la verja de la cueva.

La Iglesia les dio juego.
Sí, porque ya habíamos estado en la Catedral también antes de 1996. Fue en el año 1992, cuando los expedientes se cambiaban en Madrid como cromos. Pensamos: «Solo hay una manera de intentar parar esto y es meternos en un sitio inexpugnable», y entramos en la torre de la Catedral. Se paró el expediente. Y dijimos: «Si algún día necesitarmos volver aquí volveremos». Nuestro principio era resistir. Era una forma de vida y estaba asumida, era parte del ADN del trabajador de Duro Felguera. Estábamos dispuestos a hacer lo que hiciera faltal. Cuando llegó el despido, había dos opciones: aceptar o hacérselo tragar. La asamblea decidió hácerselo tragar.

Y dejaron fotos para la historia, como la de Merchán con el gomeru.
Díaz Merchán lo pagó. Fue el arzobispo que más clara tuvo la idiosincrasia asturiana. La Iglesia como institución nunca quiso ni manipularnos ni manejarnos. Y sí mostró disposición a saber. Hace un par de meses fuimos a ver a Merchán, está francamente bien.

¿Cómo llegaron a dónde llegaron?
Si no hubiéramos tenido la capacidad de meterle miedo en el cuerpo al poder no habríamos conseguido nada. Hemos hecho cosas de las que no nos podemos sentir orgullosos, pero no quedaba otra.

¿Por ejemplo?
Sabotajes. Fue obligado; no había otra salida. Hiciéramos lo que hiciéramos seguían erre que erre en sus pactos por la espalda.

¿Cuál es la relación entre quienes vivieron aquella movilización?
Hubo un problema, un documental que nos divididió en dos bandos.

¿Y usted quiere contar su verdad?
Quiero hacer un libro. Tengo muchas cosas avanzadas.

¿Alguien se llevará un susto?
No. Este país ya no se escandaliza de nada.

¿Y usted?
Tampoco.

¿A las barricadas pues?
No digo yo que sea la única solución pero de vez en cuando sí. La movilización dura, beligerante, no es un fin, pero es legítima y lícita.

Asturias tiene futuro?
Eso es capítulo aparte. Se lo han quitado. Asturias es el experimento más traicionero y dañino que se ha hecho en la España moderna.