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lunes, 30 de julio de 2018

El TSJA confirma el cese del Director del Instituto de Silicosis y obliga a un nuevo nombramiento



El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), en sentencia dictada el pasado 16 de julio, estimó parcialmente el recurso de apelación presentado por el Gobierno del Principado frente al Auto del Juzgado de lo contencioso – administrativo n.º 5 de Oviedo de 20 de marzo, que establecía las condiciones para el cumplimiento de la anulación del nombramiento del Director del Instituto de Silicosis, con el siguiente alcance:

1º Confirma que la Consejería de Sanidad debía cesar de forma efectiva al Director nombrado ilegalmente.
Recordamos que este cese se publicó en BOPA de 28 de mayo, tras la amenaza de multa dirigida por el Juzgado de lo contencioso – administrativo n.º 4 de Oviedo al consejero de Sanidad por incumplir clamorosamente dicha obligación

2º Anula la exigencia de establecer un baremo de méritos específico, en cuanto que se trata de un puesto convocado por el sistema de libre designación – no por concurso de méritos – , en el que basta con que se motive la decisión adoptada.

3º Consecuentemente con lo anterior, anula la exigencia de que la Comisión de Valoración haga una nueva propuesta de nombramiento conforme a un baremo que no es legalmente exigible, siendo suficiente con que la propuesta se encuentre motivada, es decir, que se explique porqué se opta por un determinado candidato.


Dicho lo anterior, la sentencia del TSJA no valida el nombramiento del Director cesado, como pudiera deducirse de una lectura apresurada o claramente sesgada de la sentencia.

Por el contrario, como el candidato elegido fue obligatoriamente cesado en cumplimiento de la sentencia que anuló su nombramiento por falta de motivación – BOPA de 28 de mayo -, la Consejería de Sanidad ha tenido que efectuar un nuevo nombramiento, que se publica en el BOPA del día de hoy.

Ahora bien, la sentencia del TSJA no entra a analizar, porque no le compete en este proceso judicial, si la motivación que hace la Comisión de Valoración en su nueva propuesta a favor del mismo candidato , es o no ajustada Derecho, por lo que el resto de aspirantes podrán cuestionar en vía judicial este nuevo nombramiento.

A este respecto, recordamos que, aunque el sistema de nombramiento es el de libre designación,  es necesario razonar adecuadamente que el currículo del candidato elegido es el más adecuado para el desempeño del puesto, desde la perspectiva de los principios constitucionales de mérito y capacidad, y que no se incurre en arbitrariedad en la valoración de su  idoneidad.

Por tanto, el conflicto sobre el puesto de Director del Instituto de Silicosis no está definitivamente cerrado y puede tener , aún, un recorrido largo.
Estaremos atentos.







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