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viernes, 20 de enero de 2017

Todos los puestos de trabajo del Departamento 2º de la Sección de Fiscalización del Tribunal de Cuentas exigen experiencia previa en puestos similares



Todos los puestos de trabajo de personal funcionario adscritos al departamento 2º de la Sección de Fiscalización, Área Político – Administrativa, del Tribunal de Cuentas, exigen experiencia previa en el desempeño de un puesto similar o experiencia en el desempeño de tareas de control externo, tal y como se establece en la vigente relación de puesto de trabajo (RPT) de ese Tribunal (ver aquí, páginas 10 y 11)

En consecuencia, el perfil profesional y la experiencia previa de D. Santiago Martínez Argüelles, profesor titular de Economía Aplicada de la Universidad de Oviedo y ex secretario general del PSOE de Gijón, nombrado recientemente en comisión de servicios en uno de esos puestos, no encaja con la formación específica requerida en la RPT del Tribunal de Cuentas.

De otra parte, como ya señaló Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies en un anterior comunicado, no existe ningún puesto de funcionario en la RPT del Tribunal de Cuentas abierto a profesores universitarios.

A ello debemos añadir que los nombramientos en comisión de servicios solo pueden realizarse por razones de extraordinaria y urgente necesidad, circunstancia que muy difícilmente pueden concurrir en un nombramiento de este tipo, y que – además – dicho nombramiento se ha realizado sin convocatoria pública y de forma totalmente discrecional.

Son muchas las sombras que pesan sobre este nombramiento y llueve sobre mojado en cuanto a casos de nepotismo y arbitrariedades en el nombramiento de funcionarios por ese Tribunal  que han sido anuladas por la Justicia.

Por ello, sin perjuicio de las explicaciones que debe ofrecer su presidente en el Congreso de los Diputados, urge una regeneración en la gestión del empleo público del Tribunal de Cuentas que garantice un funcionamiento imparcial no sujeto al mangoneo político al que ahora está sometido y que compromete gravemente el desempeño de las funciones de fiscalización que le atribuye la Constitución.

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