Hace ahora una semana el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies señalaba que el nombramiento en comisión de
servicios en un puesto del Tribunal de Cuentas de Santiago Martínez Argüelles, ex secretario general del PSOE de Gijón, ex concejal de ese Ayuntamiento y profesor de Economía de la Universidad de Oviedo, presentaba los indicios característicos del
enchufismo laboral por recomendación política, una práctica muy extendida en ese tribunal. Por ello, exigíamos una explicación pública de los motivos para
utilizar el sistema extraordinario de la comisión de servicios, los criterios
utilizados para su selección y la identidad de los cargos del Tribunal de
Cuentas que lo propusieron.
Ante el mutismo total sobre las circunstancias que rodean a este nombramiento, advertimos ahora que la relación de puestos de trabajo (RPT) del Tribunal de Cuentas (ver aquí) no incluye ningún puesto de trabajo de personal funcionario susceptible de ser ocupado por un profesor universitario.
Las claves de adscripción a
Administraciones de cada uno de los puestos (pág. 2 de la RPT) determinan la Administración Pública
a la que obligatoriamente debe pertenecer el funcionario público que los ocupa:
TC (funcionarios de los cuerpos del propio Tribunal), A1 (funcionarios de la Administración del
Estado y Autonómica), A2 (funcionarios de la Administración del
Estado y Local), A3 (Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Local)
y A4 (otras Administraciones, entre las que puede incluirse la Universidad Pública)
Examinados la totalidad de los puestos
de trabajo incluidos en la RPT
del Tribunal de Cuentas ninguno de ellos figura con la clave A4, es decir,
adscrito a Administraciones distintas de la del Estado, Comunidades Autónomas,
Administraciones Locales o del propio Tribunal, por lo que un profesor
universitario – funcionario perteneciente a un cuerpo docente universitario –
no puede ser nombrado legalmente para ninguno de los puestos de funcionario de dicho
Tribunal.
Si reparamos en los puestos del departamento segundo de Fiscalización (pags. 9 a 11 de la RPT), uno de los cuales estaría ocupado en
comisión de servicios por el ex secretario del PSOE gijonés Santiago Martínez
Argüelles, comprobamos que todos los puestos de funcionarios públicos tienen la adscripción TC y A3, es decir, están reservados para
funcionarios de cuerpos del propio Tribunal de Cuentas o de la Administración del
Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local, por lo que no pueden ser
ocupados por un profesor universitario.
Los únicos puestos en los que sí
podría ser nombrado un profesor universitario son los de personal eventual, es
decir, puestos no funcionariales, de estricta confianza, para los que no se
exige requisito alguno, salvo la amistad o el enchufe con el alto cargo que los
nombra.
A la luz de los datos expuestos el
Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies considera que urge una explicación
pública de todas las circunstancias relacionadas con el nombramiento del ex
secretario general de PSOE de Gijón y ex concejal socialista en ese
Ayuntamiento en un puesto del Tribunal de Cuentas.
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