Amnistía Internacional
“Es inadmisible que en la España actual una persona detenida por cualquier razón desaparezca durante días, como tragada por un agujero negro –ha manifestado Nicola Duckworth, directora del Programa para Europa y Asia Central de Amnistía Internacional–.
Esta falta de transparencia puede utilizarse para ocultar violaciones de derechos humanos.” En el informe España: Salir de las sombras. Es hora de poner fin a la detención en régimen de incomunicación, Amnistía Internacional ilustra cómo España mantiene uno de los regímenes de detención más estrictos de Europa, con el que incumple las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal de España permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta 5 días en todos los casos y hasta 13 si es sospechosa de delitos de terrorismo. Este periodo de 13 días se compone de una fase de hasta 5 días de incomunicación bajo custodia policial, que puede prorrogarse otros cinco días de incomunicación en prisión provisional. Además, en cualquier momento de la instrucción el juez puede imponer tres días más de detención en régimen de incomunicación.
“Durante su detención en régimen de incomunicación, la persona no puede hablar con un abogado ni con un médico de su elección –ha añadido Nicola Duckworth–.
Su familia vive con la angustia de no saber lo que le ha ocurrido, y muchas personas detenidas en régimen de incomunicación afirman haber sido sometidas a tortura o malos tratos, aunque raras veces se investigan tales denuncias.”
“La detención en régimen de incomunicación niega a la persona sometida a ella el derecho a un juicio justo. Tal régimen puede constituir en sí mismo trato cruel, inhumano o degradante. No se ajusta a las normas internacionales de derechos humanos.”
Diversas organizaciones internacionales han expresado reiteradamente su preocupación por el riesgo de tortura y otros malos tratos que entraña la detención en régimen de incomunicación. Tal fue lo ocurrido en el caso de Mohamed Mrabet Farsi, detenido por cargos de terrorismo el 10 de enero de 2006 en su casa, cerca de la ciudad de Barcelona. Durante su detención en régimen de incomunicación no pudo llamar a su abogado.
Según ha contado a Amnistía Internacional, fue torturado y maltratado, pero tanto el médico que lo examinó como el juez de instrucción hicieron caso omiso de sus quejas. El gobierno español ha justificado el uso de la detención en régimen de incomunicación aduciendo razones de seguridad nacional y pública. “La detención en régimen de incomunicación deber relegarse al pasado –ha señalado Nicola Duckworth–.
Ningún otro país de la Unión Europea conserva un régimen de detención con restricciones tan severas de los derechos de la persona detenida.”
Amnistía Internacional insta a las autoridades españolas a:
Abolir la legislación que hace posible la detención en régimen de incomunicación.
Permitir a toda persona detenida hablar con un abogado confidencialmente y sin que se hallen presentes agentes de policía.
Permitir a toda persona detenida contar con un abogado de su elección, que esté presente durante su interrogatorio.
Permitir que toda persona detenida sea examinada por un médico de su elección.
Permitir a toda persona detenida comunicar a su familia su detención y el lugar donde se encuentra.
Hacer obligatorio en todos los casos el uso de sistemas de grabación de vídeo y audio en los lugares donde pueda haber detenidos, excepto si con ello se puede violar su derecho a consultar en privado con su abogado o su médico.
Realizar con prontitud investigaciones exhaustivas e imparciales sobre todas las denuncias de tortura y otros malos tratos formuladas por personas detenidas.
Esta falta de transparencia puede utilizarse para ocultar violaciones de derechos humanos.” En el informe España: Salir de las sombras. Es hora de poner fin a la detención en régimen de incomunicación, Amnistía Internacional ilustra cómo España mantiene uno de los regímenes de detención más estrictos de Europa, con el que incumple las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal de España permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta 5 días en todos los casos y hasta 13 si es sospechosa de delitos de terrorismo. Este periodo de 13 días se compone de una fase de hasta 5 días de incomunicación bajo custodia policial, que puede prorrogarse otros cinco días de incomunicación en prisión provisional. Además, en cualquier momento de la instrucción el juez puede imponer tres días más de detención en régimen de incomunicación.
“Durante su detención en régimen de incomunicación, la persona no puede hablar con un abogado ni con un médico de su elección –ha añadido Nicola Duckworth–.
Su familia vive con la angustia de no saber lo que le ha ocurrido, y muchas personas detenidas en régimen de incomunicación afirman haber sido sometidas a tortura o malos tratos, aunque raras veces se investigan tales denuncias.”
“La detención en régimen de incomunicación niega a la persona sometida a ella el derecho a un juicio justo. Tal régimen puede constituir en sí mismo trato cruel, inhumano o degradante. No se ajusta a las normas internacionales de derechos humanos.”
Diversas organizaciones internacionales han expresado reiteradamente su preocupación por el riesgo de tortura y otros malos tratos que entraña la detención en régimen de incomunicación. Tal fue lo ocurrido en el caso de Mohamed Mrabet Farsi, detenido por cargos de terrorismo el 10 de enero de 2006 en su casa, cerca de la ciudad de Barcelona. Durante su detención en régimen de incomunicación no pudo llamar a su abogado.
Según ha contado a Amnistía Internacional, fue torturado y maltratado, pero tanto el médico que lo examinó como el juez de instrucción hicieron caso omiso de sus quejas. El gobierno español ha justificado el uso de la detención en régimen de incomunicación aduciendo razones de seguridad nacional y pública. “La detención en régimen de incomunicación deber relegarse al pasado –ha señalado Nicola Duckworth–.
Ningún otro país de la Unión Europea conserva un régimen de detención con restricciones tan severas de los derechos de la persona detenida.”
Amnistía Internacional insta a las autoridades españolas a:
Abolir la legislación que hace posible la detención en régimen de incomunicación.
Permitir a toda persona detenida hablar con un abogado confidencialmente y sin que se hallen presentes agentes de policía.
Permitir a toda persona detenida contar con un abogado de su elección, que esté presente durante su interrogatorio.
Permitir que toda persona detenida sea examinada por un médico de su elección.
Permitir a toda persona detenida comunicar a su familia su detención y el lugar donde se encuentra.
Hacer obligatorio en todos los casos el uso de sistemas de grabación de vídeo y audio en los lugares donde pueda haber detenidos, excepto si con ello se puede violar su derecho a consultar en privado con su abogado o su médico.
Realizar con prontitud investigaciones exhaustivas e imparciales sobre todas las denuncias de tortura y otros malos tratos formuladas por personas detenidas.
TEXTO COMPLETO DEL INFORME DE AMNISTÍA INTERNACIONAL EN:
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