Ya han pasado casi 14 años y parece que poco o nada haya cambiado
Actualmente dispone de una nueva página: https://www.serpasa.es/
La Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A. (SERPA) acaba de inaugurar nuevas oficinas para sus 71 empleados, de los que 33 son fijos, y 38 con contrato por obra. Al acto asistieron autoridades de la Administración, directores generales, concejales, etcétera, indicio sobrado de qué empresa se trata y quiénes la mueven. Yendo directamente al asunto; las cosas han de serlo, parecerlo y, en la cosa pública, además, que sea “verificable” es decir, que se pueda constatar. Esta entelequia de empresa no cumple ninguno de estros tres requisitos y sí justamente todo lo contrario.
Con la LEY 7/2002 de 24 de junio del Principado de Asturias, el Consejo de Gobierno forma esta sociedad mercantil (Art.1) como un medio técnico propio al servicio de la Administración del Principado, con objeto según el Art. 3, de realizar actividades en la construcción de infraestructuras así como su estudio y asistencia técnica, promoción y comercialización agroalimentaria, para terminar con la prevención y lucha contra plagas y enfermedades vegetales y animales y con la prevención y lucha contra los incendios forestales, es decir, para cualquier cosa, sin importar cuan dispar y disperso sea el tema. La sociedad se regirá, según el Art. 4, “por el ordenamiento jurídico privado” y “en ningún caso podrá disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública” pero más adelante, comienzan las contradicciones y a enseñar la verdadera trama de este tinglado. Las relaciones del SERPA con la Administración del Principado, dice, tienen naturaleza instrumental y no contractual, de modo que son de carácter interno dependiente y subordinado y, estas actuaciones obligatorias, se entenderán como ejecutadas por la propia Administración del Principado. Si aún queda alguna duda, la Ley termina diciendo que SERPA podrá requerir en sus actuaciones la colaboración de empresas particulares como si fuera un organismo público. ¿En qué quedamos? Pues simplemente que es privado o público según convenga a los que les conviene.
Esta empresa, por llamarla de alguna manera, percibirá por la realización de sus obras, trabajos, asistencia técnica y consultorías, el importe de los costes directos e indirectos en que hubiere incurrido según la tarifa que se desarrollará reglamentariamente. Para que SERPA no tenga agobios, en los Presupuestos Generales de Principado, se les ha adjudicado como previsión de gastos e ingresos 1.863.038 euros para 2004 y 5.620.500 euros para el presente ejercicio 2005, a lo que parece se suma facturar las obras y servicios por costes reales, lo mismo que cómo, cuánto y, de cuántos sitios, cobran los altos cargos del SERPA que, como es al tiempo privada y pública, sus cargos también han de ser ambivalentes necesariamente, resultando públicos como altos cargos de la Administración, pero también altos cargos en cuanto empresa privada, que lo es y que “se regirá íntegramente por el ordenamiento jurídico privado” tal como dice la Ley que la crea. Por definición, las empresas mercantiles se constituyen siempre con fines y ánimo de lucro y, cuanto más y mayor mejor, pero aquí nada se dice de los dividendos derivados del lucro ni de las bonificaciones y demás regalías de los consejos de administración y que son, además y para colmo, perfectamente legales en la ley se sociedades.
Dos años más tarde, qué prisa hay, se publica el DECRETO 50/2004 de 3 de junio, sobre su régimen jurídico, económico y administrativo, para decir más de lo mismo, aunque descubriendo más aún la verdadera identidad de la trama. Comienza insistiendo otra vez que se regirá por el régimen jurídico privado, de este modo esta empresa pública se escapa al control parlamentario y de los funcionarios de alto nivel que pudieran entender de qué va la movida, habida cuenta que en tal empresa los cargos de confianza son sólo, como su propio nombre indica, para los de confianza. En el Art. 3 del Decreto, vuelve con lo mismo de la Ley, que SERPA no podrá ejercer como autoridad pública, para, unos renglones más abajo, decir que las actuaciones obligatorias de SERPA se entenderán como dictadas por la propia Administración, es decir, que esta empresa privada deja de serlo, para ser y convertirse en autoridad pública, todo según convenga, a los que le convengan, pues no se especifica ni cuando ni cómo la Administración considerará una cosa o la otra, cuando además, los administradores de la sociedad son los mismos que los de la Administración. La Ley decía que se regularía la tarifa de los costes de la actuación y lo único que hace el Decreto es repetir lo mismo, pero introduciendo la figura de la Comisión que determinará las tarifas de acuerdo con las Consejerías afectadas para acabar con que lo que vale es lo que diga el Consejo de Gobierno, el mismo que tiene el control de SERPA que se rige por la jurisdicción privada. En el Art. 15, por si no ha quedado claro, dice que SERPA, podrá requerir la colaboración obligatoria a las empresas particulares con la misma fuerza que un organismo público, pues vuelve a insistir, que SERPA tendrá la consideración de organismo público.
Unos días después, se publica el tercer documento, la RESOLUCIÓN de 21 junio de 2004, BOPA nº 147, de la Consejería de Economía y Administración Pública que completa la Ley y Decreto anteriores pero que no añade nada nuevo al fondo de la cuestión.
De las tres normas legales (Ley, Decreto y Reglamento) se va a derivar la actuación de SERPA que resulta ser tan ambiciosa como inimaginable y descrita en su página web. Las Actividades y Servicios se subdividen en tres partes; Ingeniería y Proyectos, cuyo objeto es la supervisión y control técnico de proyectos, auditoría de viabilidad técnica, económica, plazos, redacción de especificaciones, revisión y verificación, gestión de aprovisionamientos y contratos, de explotaciones, documentación y redacción de proyectos. El apartado siguiente, Asistencia Técnica dice ser el “control integrado de proyecto y obra” de lo que se deriva la supervisión técnica, seguridad y salud de obra, soporte y asistencia, dirección de obra, coordinación, control, planificación, plazos, garantía, ensayos, viabilidad de la inversión, gestión de cobros y pagos, desfases, control medio ambiental. Por último en Otras Prestaciones se incluye, construcción de obras menores, mantenimiento, gestión y explotación de propiedades del Principado, gestión de ferias y exposiciones, reuniones, jornadas y la “Participación en Proyectos singulares o estratégicos del Principado”. Esta descripción astronómica y agotadora, relación de actividades y capacidades de hacer, analizar, dirigir, controlar, valorar y, con tanta diversidad, parece sacada más bien de las páginas amarillas de toda la Unión Europea, contrasta con los “Trabajos Destacados” que dicen han realizado y que se resumen en la instalación de stands en la feria de Tineo, gourmet del Principado, Salical, una depuradora de moluscos en Castropol, adecentamiento de los alrededores del Museo Jurásico, proyecto del camino de Ponga, la senda del oso, área recreativa de Tuñón, confección de varias web y alguna cosa más por el estilo, o sea, todo alta tecnología.
Si juntamos los tres documento legales, lo que dice ser SERPA, lo que dice haber hecho, el dinero que maneja, las personas que forman tal prodigio y sobre todo y principalmente el poder otorgado al SERPA y el de los promotores del emporio empresarial, las conclusiones son muchas y fácilmente deducibles. El Gobierno se contrata así mismo de modo que todo queda en casa. Ni una sola obra, ni un solo proyecto se podrá hacer sin la tutela y aprobación del SERPA, agravado además, porque carece de control alguno que cumpla los mínimos requisitos de independencia e incluso de capacidad técnica, profesional y cualificación contrastada. ¿Quién ha seleccionado al personal del SERPA, en qué oposición, con qué tribunal? Ni el parlamento asturiano, ni los funcionarios cualificados de la propia Administración tendrán acceso a tal empresa bajo el control directo y exclusivo del Consejo de Gobierno cuando va de empresa pública y mucho menos cuando actúe de empresa S.A. privada.
A modo de ejemplos nada superfluos. El traslado y subcontratación de la informática y sus programas a una multinacional norteamericana, fuera de Asturias, despilfarro aparte, supone una patente de impunidad para el Gobierno, pues si ya es difícil hacer auditorías, controlar lo adecuado de la gestión y tantas otras cosas más, imaginemos el apagón que supone que los funcionarios de la Administración estén, tal como han quedado, marginados del “disco duro”. En todo este affaire se comienza a comprender, por ejemplo, la perversa actitud gubernamental calificando y humillando (esto ceo no lo han conseguido) al propuesto por el claustro de la Universidad Laboral para Director, Don Luis Fernández, y que la Administración calificó con cuatro ceros y aunque todo un Juez haya sentenciado ya la irregularidad clamorosa de tanto cero, nada ha pasado y la Administración sigue, más allá del bien y del mal y de la propia Justicia. Pero esto no ha sido una obcecación gratuita, casualmente SERPA es parte del asunto de los ceros. En el BOE nº 125 del 26 de mayo 2005, resulta que SERPA, S.A. es la adjudicataria para selección de ocho contratos de dirección de las obras del plan de usos de la Universidad Laboral donde, se licitan plazas para ocho arquitectos por un total de 975.000 euros, con carácter urgente y un plazo de ejecución de 20 meses y firma su Director Gerente, Francisco Villaverde. Si añadimos, el proyecto del Hotel, lo de la millonaria TV gubernamental en la parte del convento, hacer una bar musical y a saber cuantos disparates más, está claro que la candidatura de D. Luis Fernández y su equipo, era un atentado muy grave al negocio en marcha.
Este montaje es consecuencia de la connivencia y claudicación de la oposición, IU está en el lote y va en el carro, el PP nunca lo será, simplemente partido de la alternancia, que es para hacer lo mismo o similar, cuando les toque. Esto es el juego de la democracia de la alternancia o del duopolio. Sólo una ley electoral que reparta realmente los votos y no que los amontone y una ley nítida de financiación de los partidos, podrá poner en su sitio estas chapuzas financieras y convertir en ley: serlo, parecerlo y que sea verificable. Mientras el desarrollo asturiano se seguirá gestionándose mediante sociedades interpuestas, expropiaciones, oscuros procedimientos y las sorpresas que seguro nos esperan.
Publicado el 15-07-2005, http://www.rebelion.org/noticia.php?id=17821
http://asturbulla.org/index.php/asturias-principal/asturias/37983-el-gobierno-asturiano-se-contrata-a-si-mismo-haciendo-memoria-15-07-2005
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