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martes, 27 de marzo de 2018

El Juzgado anula, por segunda vez consecutiva, el nombramiento del director del Instituto de Silicosis



En Auto dictado el pasado 20 de marzo, al que ha tenido acceso el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies, el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo nº 4 de Oviedo anula, por segunda vez consecutiva, el nombramiento de Luis Díaz López como director del Instituto Nacional de Silicosis del SESPA.

Recordamos que el primer nombramiento fue anulado  por sentencia de ese Juzgado, dictada el pasado 19 de septiembre, en la que se señalaba que en el expediente administrativo tramitado no existía ninguna valoración o evaluación de los currículos de los siete candidatos presentados, de tal manera que el nombramiento de D. Luis Díaz López fue total y absolutamente inmotivado.

Especialmente duro se mostraba el Magistrado ponente con el modo de proceder del Principado cuando afirmaba, en el fundamento de derecho sexto de la sentencia, que “también en los casos de libre designación y, a fortiori, especialmente cuando se abre la convocatoria a personal ajeno a la condición de personal estatutario, habrá que observar las exigencias de igualdad, mérito y capacidad. Si no se actúa así, esta vía de la libre designación, que en este caso recae en personal que no está vinculado a la Administración del Principado, se convierte en una vía para el ejercicio de la arbitrariedad o del mero capricho en manos de la Administración para el nombramiento de determinados puestos que, por regla general, deben ocupar empleados públicos, por lo general personal estatutario que es el más común en el SESPA”

El SESPA pretendió dar por ejecutada la sentencia convalidando el nombramiento previamente anulado, pero el Auto que ahora acaba de dictar el Juzgado advierte que dicha convalidación resulta un indicio del intento de mantener a la persona previamente designada. A este respecto, la resolución judicial pone de manifiesto como la Comisión de valoración volvió a proponer al mismo candidato, reinterpretando las bases y adaptándolas a su perfil.

Aunque dicha Comisión aplica un baremo para la valoración de los méritos de los aspirantes, el mismo “resulta muy lejano de lo que establecen las Bases de la convocatoria”. Dicho con otras palabras, esa Comisión realiza un "traje a medida" para mantener en el puesto al candidato cuyo nombramiento se había anulado previamente. Un fraude de ley en toda regla y una tomadura de pelo a las decisiones judiciales.

En consecuencia, el Auto judicial obliga al SESPA a hacer efectiva la primera anulación del nombramiento del director del Instituto de Silicosis, a ordenar a la Comisión de valoración que establezca un baremación objetiva de méritos y a elevar una nueva propuesta de nombramiento del candidato que obtenga mayor puntuación.

En cualquier país democrático un escándalo de esta magnitud obligaría a dimitir de forma fulminante a los responsables políticos del mismo. Aquí, serán convenientemente protegidos y recompensados. Así nos va.

AUTO COMPLETO

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