En Auto dictado el pasado 20 de marzo, al que ha tenido acceso el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies,
el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo nº 4 de Oviedo anula, por segunda
vez consecutiva, el nombramiento de Luis Díaz López como director del Instituto
Nacional de Silicosis del SESPA.
Recordamos que el primer
nombramiento fue anulado por sentencia
de ese Juzgado, dictada el pasado 19 de septiembre, en la que se señalaba
que en el expediente administrativo tramitado no existía ninguna
valoración o evaluación de los currículos de los siete candidatos presentados,
de tal manera que el nombramiento de D. Luis Díaz López fue total y
absolutamente inmotivado.
Especialmente duro se mostraba el
Magistrado ponente con el modo de proceder del Principado cuando afirmaba, en
el fundamento de derecho sexto de la sentencia, que “también en los casos de
libre designación y, a fortiori,
especialmente cuando se abre la convocatoria a personal ajeno a la condición de
personal estatutario, habrá que observar las exigencias de igualdad, mérito y
capacidad. Si no se actúa así, esta vía de la libre designación, que en este
caso recae en personal que no está vinculado a la Administración del
Principado, se convierte en una vía para el ejercicio de la arbitrariedad o del
mero capricho en manos de la Administración para el nombramiento de
determinados puestos que, por regla general, deben ocupar empleados públicos,
por lo general personal estatutario que es el más común en el SESPA”
El SESPA pretendió dar por
ejecutada la sentencia convalidando el nombramiento previamente anulado, pero
el Auto que ahora acaba de dictar el Juzgado advierte que dicha convalidación
resulta un indicio del intento de mantener a la persona previamente designada. A
este respecto, la resolución judicial pone de manifiesto como la Comisión de valoración
volvió a proponer al mismo candidato, reinterpretando las bases y adaptándolas
a su perfil.
Aunque dicha Comisión aplica un
baremo para la valoración de los méritos de los aspirantes, el mismo “resulta
muy lejano de lo que establecen las Bases de la convocatoria”. Dicho con otras
palabras, esa Comisión realiza un "traje a medida" para mantener en el puesto al
candidato cuyo nombramiento se había anulado previamente. Un fraude de ley en
toda regla y una tomadura de pelo a las decisiones judiciales.
En consecuencia, el Auto judicial
obliga al SESPA a hacer efectiva la primera anulación del nombramiento del director
del Instituto de Silicosis, a ordenar a la Comisión de valoración que
establezca un baremación objetiva de méritos y a elevar una nueva propuesta de
nombramiento del candidato que obtenga mayor puntuación.
AUTO COMPLETO
No hay comentarios:
Publicar un comentario