El Gobierno que ahora abandona las sedes oficiales de la
Comunidad Autónoma se despide con un incumplimiento legal clamoroso: no ha sido
capaz de poner en marcha el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del
Principado de Asturias dentro del plazo máximo de seis meses desde la entrada
en vigor de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés, tal y como exige la disposición
adicional segunda de dicha ley.
En efecto, el texto de esta disposición legal es claro e inequívoco:
Segunda. Dotación de medios
La Administración del Principado de Asturias proveerá al Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias, en un plazo no
superior a seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, de los medios
materiales y personales necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Como la Ley entró en vigor a los tres meses de su publicación en el BOPA, según establece su disposición final quinta, es decir, el 24 de diciembre del 2018, el plazo de seis meses para dotar de medios personales y materiales al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias, venció el pasado 24 de junio.
Sin embargo, como es bien conocido, ni el Consejo, ni la cacareada Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción, que debería depender del mismo, se encuentran en funcionamiento, ni tan siquiera se ha anunciado plazo alguno para ello.
Nueve meses (tres desde que su publicó la ley hasta que entró en vigor, más los seis adicionales) son un plazo más que suficiente para poder destinar el personal y los recursos necesarios para la puesta en marcha de este nuevo aparato burocrático y si no se ha hecho ello se deberá, seguramente, a la poca gana que tenía el Gobierno del Sr. Fernández de que ese Consejo funcionase o a la intención de mantenerlo desactivado el máximo tiempo posible. Por algo será.
Todo ello contrasta con la
exhibición propagandística que en su momento se hizo de la nueva Ley de
Transparencia. El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies ya denunciaba en junio de 2018 que la Oficina de lucha contra la Corrupción que se regulaba en
dicha ley era un instrumento manifiestamente averiado, al dejar su
funcionamiento – medios personales y materiales – en manos del Gobierno del
Principado. Por entonces decíamos lo siguiente:
“La dependencia orgánica directa
del Gobierno del Principado, al que debe fiscalizar y cuyas posibles conductas
corruptas debe perseguir, mina totalmente la autonomía del Consejo de
Transparencia – y, por tanto, de la Oficina Anticorrupción -, al que se priva
de la potestad de autoorganización. En efecto, la organización, estructura y
funcionamiento del Consejo de Transparencia, debe ser aprobada por el Consejo
de Gobierno (artículo 70), por lo que se deja en manos del Organismo que debe
ser controlado y fiscalizado la aprobación de los medios personales y
materiales y de los mecanismos de funcionamiento del Órgano fiscalizador.
¿Puede concebirse un grado mayor de desactivación legal de la independencia e
imparcialidad del Consejo de Transparencia y de la Oficina de Lucha Contra la
Corrupción?
Lo llamativo e inquietante del
caso es que el Proyecto de Ley de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de
Interés del Principado de Asturias, haya optado por esta fórmula de captura del
Órgano fiscalizador por el fiscalizado, cuando otras leyes muy recientes de
otras Comunidades Autónomas, en las que se regulan figuras similares, establecen
de forma inequívoca y clara la independencia orgánica de esa Oficinas del
Gobierno de turno”
El tiempo ha venido, lamentablemente,
a darnos la razón.
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