Se
acaba de notificar la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia el pasado 17 de marzo que resuelve el primer recurso presentado contra la
segregación de 15 plazas del Cuerpo de Gestión del Principado de
Asturias en la convocatoria de dicha oposición.
El
Tribunal ha anulado tanto la resolución ilegal de segregación de
plazas como la propia convocatoria de la oposición, condenando
expresamente a la Administración en costas.
El
recurso ha sido presentado por 19 opositoras y, siendo el primero en
presentarse, fue notificado en último lugar respecto a otros dos
recursos presentados por los sindicatos CCOO y USIPA.
El
fondo del asunto fue la falta de 15 plazas en la convocatoria de
oposición del Cuerpo de Gestión, ahora anulada, que sí se
contemplaban en las Ofertas de Empleo Público acumuladas
correspondientes a los años 2016 y 2017.
La
Administración justificó su conducta en la
Resolución de la Consejería de Hacienda y Sector Público de 10 de
diciembre de 2018, por la que se ordenaba la segregación –esto
es la no inclusión en la convocatoria de oposición para el Cuerpo
de Gestión- de las plazas correspondientes a Orientadores Laborales.
Dicha resolución, a su vez, pretendió fundamentarse en una
Proposición no de Ley, adoptada por la Junta General del Principado
de Asturias.
El
Tribunal estimó al respecto que no puede considerarse motivación
suficiente la que se asienta en una proposición no de ley (PNdL) ya
que, como ha tenido ocasión de indicar el Tribunal Constitucional,
carece de efectos jurídicos vinculantes y constituye mera expresión
de una voluntad política y de criterios de oportunidad que, como
tales, son susceptibles de modificación. Además, recuerda a la
Administración que con la segregación operada se viene a incumplir
la oferta de empleo público, lo que supone una vulneración del Real
Decreto 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprobó el Estatuto
Básico del Empleado Público.
El
Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies quiere destacar el
coraje cívico de este grupo de opositoras para recurrir en vía
judicial la convocatoria, sin ningún temor y de forma ejemplar, en
defensa del derecho fundamental de los ciudadanos y ciudadanas a
acceder a todos los puestos de trabajo del sector público en
condiciones de igualdad, mérito y capacidad.
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