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domingo, 14 de febrero de 2016

¿Quién controla aquí?

Ante los escándalos de financiación ilegal de los partidos y la desviación de fondos públicos
Joaquín Rábago, LNE 13/02/2016

A la vista de los escándalos de financiación ilegal de los partidos, de la desviación de fondos públicos o de continuo despilfarro en todo tipo de organismos públicos, es lícito preguntarse quién controla aquí.

Existe, es cierto, un Tribunal de Cuentas, que emite, aunque al parecer con mayor tardanza y costos mayores de los de sus equivalentes de otros países, pero habría que preguntarse por su eficacia.

La fundación “¿Hay Derecho? ha dedicado precisamente un estudio a ese tribunal, algunas de cuyas conclusiones, publicadas por el semanario “Ahora”, resultan suficientemente ilustrativas de lo que sucede en este país. Forman el tribunal doce consejeros de designación política –a seis los nombra el Senado y a los otros seis, el Congreso de diputados– mientras que al fiscal del organismo lo nombra directamente el Gobierno. Los consejeros, que deben tener un mínimo de 15 años de experiencia y ser de reconocido prestigio, tienen un mandato de nueve años, que puede renovarse, y no pueden ser mientras tanto destituidos.

En otras democracias de nuestro entorno son muchos más los integrantes de ese tipo de tribunales: así, los magistrados, equivalentes a nuestros consejeros, son 63 en Alemania, 219 en Francia y hasta 417 en Italia. Sólo muy pocos son allí de designación política: se trata de funcionarios que acceden al puesto por concurso público o algún otro mecanismo, tienen estatuto inamovible y de por vida y se encargan directamente de las labores técnicas.

El carácter inamovible de los magistrados en los sistemas distintos del nuestro, señala el estudio, garantiza su independencia. Aquí, por el contrario, sólo los consejeros –doce frente a un total de 750 trabajadores– gozan de tal garantía.

En España, los consejeros se limitan a revisar el trabajo que hacen los técnicos, quienes “dependen directamente del Pleno en cuanto a promociones, asignación de funciones e incluso a posibles ceses y sanciones”. Es decir, que la carrera profesional de esos trabajadores depende de sus “jefes políticos”, los consejeros. A lo que hay que añadir que, por ejemplo en 2014, sólo dos personas de un total de 29 se incorporaron al Tribunal de Cuentas por concurso público, siendo el resto de libre designación.

Ello significa, critican los autores del estudio, que “todo el poder de control  externo de España estáenmanos de doce consejeros nombrados al menos hasta ahora mediante el acuerdo de los dos grandes partidos parlamentarios” y cuya renovación ha dependido siempre de “sus buenos oficios con esas formaciones”.

No es casualidad, añaden, que “ningún partido español haya sido sancionado nunca por el Tribunal de Cuentas aunque los escándalos en torno a su financiación hayan sido constantes. Todos los demás empleados públicos encargados de la fiscalización dependen de ellos y su carrera puede verse comprometida si existen desacuerdos”.

Por si esto fuera poco, el coste medio de los informes de auditoría que elabora ese Tribunal es el segundo más elevado de la Unión Europea, inmediatamente por detrás de los del Tribunal Europeo. Los informes del Tribunal español no sólo son mucho más caros, sino también menos útiles que los de los de otros países ya que aportan poca informaciónrelevante para el control de las cuentas y nadie parece preocuparse de si se
 siguen sus recomendaciones.

Además, su publicación se produce siempre con más retraso que en otros lugares. La del informe anual sobre la Cuenta General del Estado se realiza un año más tarde que en otros países; los informes sobre los partidos políticos y sus fundaciones llevan una demora de dos años –hasta hace poco era de cinco– cuando en Finlandia se publican a sólo cinco meses del cierre del ejercicio.

¡Así nos va!
Informe completo de la Fundación ¿Hay Derecho? sobre el Tribunal de Cuentas:
http://www.fundacionhayderecho.com/wp-content/uploads/2015/10/An%C3%A1lisis-del-funcionamiento-
del-Tribunal-de-Cuentas.pd

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