La ampliación de la jornada de trabajo de los empleados del sector público del Principado de Asturias de 37 horas y media a 40 horas, acordada por Resolución de 29 de junio de 2012, de la Consejera de Hacienda y Sector Público, fue ilegal.
Así lo acaba de determinar la sentencia dictada el 27 de marzo por el Juzgado de lo contencioso - administrativo nº 5 de Oviedo (ver aquí), estimando el recurso interpuesto por un miembro del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies. Según señala el fundamento de derecho quinto de la sentencia, la Consejería de Hacienda y Sector Público se extralimitó y fue más allá de lo que imponía la legislación básica del Estado en la Ley 2/2012 de 29 de junio y, además, era manifiestamente incompetente para hacerlo, pues dicha ley " no marca más límite que el derivado del mínimo común denominador, que son las 37 horas y media. Al respecto, cabe señalar que la duración de la jornada especial no tiene por qué coincidir con las 40 horas semanales de modo que lo que debía respetarse en cualquier caso era que la jornada especial no podría ser inferior a esas 37 horas y media semanales de trabajo efectivo. Elevarla a 40 horas por medio de una Resolución que aprueba instrucciones es una adaptación exorbitante teniendo presente el balance normativo y quien la dictó, que no es órgano contemplado en el art. 68.1 de la ley 3/1985 de 26 de diciembre. La adecuación solamente debería haberse producido tras seguir los cauces procedimentales de reforma correspondientes -en donde incluso se podría haber adoptado hipotéticamente otro marco que no fuera el de las 40 horas - ya que la Ley 2/2012 de 29 de junio no imponía ningún número de horas concreto"
Es decir, la Consejería de Hacienda y Sector Público dictó unas Instrucciones provisionales para aumentar la jornada laboral de los puestos con dedicación especial, de 37 horas y media a 40 horas, que fue absolutamente precipitada, sin justificación legal alguna, pues la legislación básica del Estado no exigía dicha ampliación y siendo un órgano manifiestamente incompetente para adoptar dicho acuerdo. Resulta difícil encontrar tal cúmulo de irregularidades en una misma disposición administrativa.
Pero, además, esta sentencia pone en evidencia la política de personal del Gobierno del Sr. Fernández, que ha llevado más allá de lo legalmente exigible los recortes de derechos laborales y de conciliación de la vida laboral y familiar impuestos por el Gobierno de Rajoy. Si Rajoy ha venido usando indiscriminadamente la motosierra con los derechos laborales y sociales de los empleados públicos, Javier Fernández pronto le cogió gusto al instrumento y ha querido pasar por la derecha al Gobierno central con una de mayor potencia.
La sentencia que acaba de conseguir el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies tiene unas consecuencias económicas de enorme importancia. En base a la misma, todos los trabajadores públicos que se vieron obligados a realizar la jornada de 40 horas que ahora se declara ilegal, cuando sólo debían cumplir la 37 horas y media, podrán reclamar el importe económico correspondiente al exceso de horas realizadas durante el periodo de vigencia de la Resolución que ahora se anula, que deberán abonarse como horas extras.
Un nuevo golpe judicial a la Administración del Principado, producto de un estilo prepotente en la forma de gestionar el empleo público que ya resulta inquietante e inadmisible, por repetido y reiterado en un tan breve plazo de gobierno.
Dándo por hecho que el Principado va a recurrir....... ¿que hacemos mientras tanto?? Seguimos haciendo las 40 horas semanales??. Si al final pierde el Principado, dado que no hay dinero (dicen que no hay - depende para que/y o quien), de donde va a salir toda la pasta con la que nos van a tener que pagar tanta hora extraordinaria??.
ResponderEliminarPodemos dejar de hacer las 40 horas semanales o tendrán pensado suspender la jornada hasta que se resuelva el recurso??.
Esperamos nos den contestación mediante este blog.
El Consejo de Gobierno modificó el Decreto de jornada (BOPA de 11 de octubre de 2012), para subsanar la ilegalidad en la que había incurrido la Instrucción ahora anulada.
ResponderEliminarEn consecuencia, la jornada de 40 horas fue ilegal durante algo más de tres meses y el importe de las horas que se hicieron en este periodo por encima de las 37 y media, deben ser abonadas como horas extra
Estoy por apostarme eso que "vamos a cobrar" a que no. Más bien ocurrirá como en otras tantas sentencias (varias RPT, Carrera Profesional, Jefaturas de servicio a Libre Designación [varias], Concursos de secciones I, II y de negociados, ...) Un montón de sentencias anulando TODO pero luego todo queda siempre igual (Gatopardismo patrio, elevado en Asturias a la enésima potencia).
ResponderEliminarAl final dirán que la sentencia era "declarativa", perdón decorativa, y ya está, pero estos no pagaban ni cuando había pasta, cómo para pagar ahora.
Para empezar, en este caso van a recurrir, pues otra sentencia les da la razón; a ver por dónde sale el TSJ.