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miércoles, 23 de enero de 2013

El TSJ de Madrid avala el derecho de los empleados públicos a cobrar la parte devengada de la paga extra


  • El fallo condena a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM) al abono a todo su personal de los haberes correspondientes a 14 días se salario
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, mediante sentencia 1133/2012 (ver sentencia completa aquí), reconoce el derecho del personal asalariado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM) al cobro de los días devengados de la paga extraordinaria de diciembre o cantidades equivalentes, hasta la entrada en vigor del RDL 20/2012, por el que se suprimieron los importes reclamados para todo el empleo del sector público.
El pasado 11 de enero, la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, dictó sentencia en el procedimiento instado por la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO —Demanda 69/2012— contra la supresión de la paga extraordinaria o cantidades equivalentes en las retribuciones anuales del personal del ICM. El fallo de la misma condena a la agencia pública madrileña al abono a todo su personal de los haberes correspondientes a 14 días se salario.

El contenido del fallo debe hacerse extensivo a la totalidad del personal asalariado, pudiendo afectar a las cerca de tres millones de personas que desarrollan su actividad laboral retribuida en el sector público del Estado, las administraciones autonómicas y locales


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