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domingo, 27 de abril de 2014

El juez anula la sanción a Xuan Cándano y alude a la “venganza” de UGT


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La sanción de 20 días de empleo y sueldo que ya cumplió en RTVE-Asturias el director de ATLÁNTICA XXII, Xuan Cándano, ha sido declarada improcedente por el titular del Juzgado de lo Social Número 6 de Oviedo, Manuel Barril Robles, en sentencia hecha pública eL 23 de abril (VER SENTENCIA COMPLETA AQUÍ)

El juez considera que el periodista “no ha incurrido en la infracción motivadora de la sanción”, impuesta por una supuesta incompatibilidad de Xuan Cándano por figurar en una productora que solo tuvo actividad de 1990 a 1996, cuando estaba en excedencia en RTVE. La sentencia es muy clara rechazando todos los argumentos que justificaban la sanción de RTVE, recalcando que en ninguno de los casos que contempla la ley hubo incompatibilidad alguna. Recuerda que ni en uno solo de esos supuestos “concurre en este caso, ya que el actor no desempeña ningún cargo o profesión que limite, impida o restringa el cumplimiento de sus obligaciones, no tiene relación laboral con ninguna empresa y tampoco presta servicios a ninguna empresa vinculada a RTVE”. 

En su fallo, Barril reprocha incluso a la sección sindical de UGT en RTVE su comportamiento, por denunciar a Cándano tras recibir un anónimo a través de un sms en su teléfono móvil el secretario general Ignacio Manuel Díaz Fernández, según declaró éste último en el juicio celebrado el pasado 10 de abril. “Cuestión distinta es que tal comportamiento (el de la Sección Sindical) se considere como éticamente discutible o reprobable a título personal, por haber informado directamente a la empresa de una situación o condición de un trabajador que podría acarrearle una infracción disciplinaria, en lugar de dirigirse a él directamente para informarle de la posible ilegalidad o irregularidad de su situación a fin de que lo solventase antes de que se adoptasen medidas contra él”, se lee en la sentencia. Por el contrario, el juez rechazó otra de las peticiones formuladas en su denuncia por los abogados de Cándano, Olga Blanco Rozada y Carlos Suárez Peinado, del despacho Éfeso Abogados, la referida a la vulneración de derechos fundamentales por parte de RTVE, UGT y el comité de empresa de RTVE-Asturias. Concretamente se aludía en este aspecto a un supuesto acoso y persecución contra el periodista asturiano, además de un ataque a la libertad de información, todo ello tras la publicación en ATLÁNTICA XXII de un número con informaciones críticas sobre el sindicato socialista. Pero a pesar de ello la sentencia vincula claramente la denuncia de UGT que dio lugar a la sanción en RTVE con el contenido de aquel número de ATLÁNTICA XXII, aparecido en el pasado mes de septiembre. Aunque el juez no considera ilegal el proceso que llevó a la sanción a Cándano, matiza que “aún cuando a título puramente personal pueda considerarse que en el origen de tales comportamientos había un ánimo de venganza o represalia por el artículo publicado, lo que vendría avalado por el hecho de que tales ‘denuncias’ se presentaron pocos días después de publicarse la revista”. También indica Barril que “la animosidad hacia un compañero de trabajo no es constitutivo de por sí de ninguna vulneración de ningún derecho”. 

 En cumplimiento de la sentencia, RTVE tendrá que devolver a Cándano el dinero que dejó de percibir por los 20 días de sanción que padeció. Todas las partes podrán recurrir la sanción ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. 

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