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miércoles, 24 de febrero de 2021

Es urgente la regulación básica del acceso al empleo en empresas y entidades públicas


Existe una verdadera Administración Paralela integradas por entidades y empresas públicas; esto es, nutridas por los presupuestos de las diversas Administraciones Públicas, en la que la discrecionalidad a la hora de seleccionar a sus empleados campa a sus anchas.

Mientras que en el núcleo duro de la Administración el régimen de acceso al empleo público, al igual que su promoción profesional, está minuciosamente regulado, en la Administración Institucional Paralela la regulación existente se sustenta en una tímida declaración de principios recogida en una disposición, de la que ni siquiera forma parte su texto articulado del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

Así, la disposición adicional primera del EBEP dispone que “los principios contenidos en los artículos 52, 53, 54, 55 y 59 serán de aplicación en las entidades del sector público estatal, autonómico y local, que no estén incluidas en el artículo 2 del presente Estatuto  y que estén definidas así en su normativa específica”.

Dicha regulación resulta tan defectuosa que el Tribunal Supremo, en un primer momento, estimó que dicha disposición, y por tanto el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad,   no era aplicable a las empresas, corrigiendo posteriormente tal desatino en la sentencia de 18 de junio de 2020 mediante la que se desdijo pronunciándose a favor de la aplicación de dichos principios.

Evidentemente, eso no basta y para garantizar de un modo pleno y efectivo el acceso al empleo público –del que forma parte miles de empresas y entidades públicas- en condiciones de igualdad.  Es necesario no la aplicación en abstracto de unos principios generales dispuestos en una disposición adicional de una Ley, sino una regulación básica concreta y minuciosa que cuente con procedimientos y mandatos concretos y que regule clara y específicamente el empleo público en este tipo de entidades en las que un puesto de trabajo puede depender más de la afinidad política que de la capacidad del aspirante, como se refleja en esta noticia.

 

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