En
el BOPA
de hoy, 4 de marzo, se
publica la resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de
Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se acuerda la
suspensión cautelar de la celebración del primer ejercicio del
proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de la
Administración del Principado de Asturias, previsto para el próximo
día 28 de marzo.
Esta
suspensión es consecuencia de las sentencias dictadas por el
Tribunal Superior de Justicia de Asturias con fechas 17 de febrero de 2020 (ganada por el sindicato Comisiones Obreras, de la que dio cuenta a través del correo institucional del
Principado y de la que disponemos gracias a su gentileza) y 19 de febrero de 2020 (ganada por el sindicato Usipa y
que no se ha divulgado todavía), que anulan la Resolución de 11 de
diciembre de 2018 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas,
por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el
cuerpo de gestión de la Administración del Principado de Asturias
derivadas de la oferta de empleo público (OEP) para el año 2017, y
la Resolución de la Consejería de Hacienda y Sector Público de 10
de diciembre de 2018, por la que se ordenaba la segregación de las
plazas correspondientes a los puestos de orientadores del Servicio
Público de Empleo del Principado incluidas en la OEP 2017, dentro
del cupo general de personal de nuevo ingreso del Cuerpo de Gestión
de la Administración del Principado de Asturias.
Queda
pendiente de resolución un
tercer recurso contencioso interpuesto por
un colectivo amplio de opositoras que, paradójicamente, pese a
ser el primero en presentarse aún no se ha resuelto por el TSJA, siendo de esperar que se produzca dicha resolución en los próximos
días confirmando la nulidad de la convocatoria.
Desde
el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturias felicitamos a los
sindicatos recurrentes y al colectivo de opositoras que han defendido
el derecho a acceder a la totalidad de los puestos ofertados en
condiciones de igualdad, mérito y capacidad.
El
TSJA ha venido a confirmar lo que denunciábamos desde esta
asociación a los pocos días de que se publicara la convocatoria:
En
efecto, la convocatoria ahora anulada procedió a acumular las plazas del
Cuerpo Gestión recogidas en la Oferta de Empleo Público del año
2016 a las recogidas en la Oferta de Empleo Público del año
2017, publicada en
el BOPA de 18 de diciembre de 2017. Con
la acumulación de ambas Ofertas de Empleo Público, deberían de haberse convocado 56 plazas del Cuerpo de Gestión , incluyendo 1
plaza correspondiente a personal declarado indefinido no fijo
por sentencia judicial.
Sin
embargo, el número de plazas convocadas no fue 56, sino 41, por lo que la convocatoria
escamoteaba y hurtaba 15 plazas, que se excluían ilícitamente del
proceso selectivo.
La
explicación de esta discrepancia de cifras estaba, según la propia
resolución de convocatoria, en que “por Resolución
de la Consejera de Hacienda y Sector Público de 10 de diciembre de
2018 se ordena la segregación de las plazas
correspondientes a los puestos de Orientadores del Servicio Público
de Empleo del Principado de Asturias incluidas en la Oferta de Empleo
Público del año 2017 dentro del cupo general de personal
funcionario de nuevo ingreso del Cuerpo de Gestión”.
Curiosamente,
la convocatoria se olvida de justificar la exclusión de 1 plaza más, también
escamoteada, dado que la Resolución de 10 de diciembre de 2018,de la Consejería de Hacienda y sector Público, por la que se ordenó
la segregación de las plazas correspondientes a los puestos de
orientadores del Servicio Público de Empleo del Principado de
Asturias limitaba la segregación a 14 plazas, no a 15 como finalmente se
produjo.
Esta denominada “segregación” de los puestos de orientadores del
Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias era una
decisión a todas luces ilegal, ya que vulneraba el Acuerdo
sobre la Oferta Pública de Empleo aprobado por el Consejo
de Gobierno el 14 de diciembre de 2017. Por ello la reducción del
número de puestos de trabajo de las plazas del Cuerpo de
Gestión en la convocatoria de selección sólo podía
calificarse como una cacicada en toda regla, que
atentó contra el derecho fundamental de los ciudadanos y
ciudadanas a acceder a esos puestos en condiciones de igualdad,
mérito y capacidad.
El TSJA anula ahora la convocatoria de la oposición y obliga a dictar una nueva que incorpore la totalidad de las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público para el Cuerpo de Gestión.
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