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jueves, 11 de noviembre de 2010

Informe de la Comisión de Expertos sobre el Estatuto Básico del Empleado Público


"Otro de los problemas prácticos a que conduce la rigidez de los concursos es la extensión inmoderada del sistema de libre designación, que, en teoría, debería ser un procedimiento excepcional, limitado a puestos muy determinados, de carácter directivo, de confianza o de alta responsabilidad. Pero los puestos de trabajo que, en el conjunto de las Administraciones Públicas, se proveen por libre designación han desbordado ese ámbito tan estricto.

Además, este procedimiento exige convocatoria pública –como ha tenido que recordar recientemente el Tribunal Constitucional- y debe fundarse también en la exigencia de determinados requisitos de los candidatos. Pero, en la realidad, dichos requisitos suelen limitarse a la pertenencia a un grupo de titulación. En consecuencia, el procedimiento de libre designación se ha convertido en una forma de provisión en la que rige una discrecionalidad prácticamente absoluta, pues no es necesario definir, acreditar ni motivar la concurrencia de méritos de los interesados.

En virtud de todo lo anterior, se ha venido difundiendo una acusada falta de confianza en el modelo de provisión de puestos de trabajo entre los empleados públicos, lo que muchas veces inhibe a candidatos cualificados de participar en procesos de provisión y, en todo caso, reduce su motivación"

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