Javier
Álvarez Villa
Soy funcionario por oposición del Cuerpo Superior de Administradores del Principado de Asturias desde septiembre de 1.991, justo un mes antes de la gran huelga general convocada como respuesta a la profunda crisis socioeconómica por la que atravesaba la comunidad asturiana y de la que sigue sin vislumbrarse la salida.
Pocos
meses después de la toma de posesión empezó a circular por lo canales internos,
como una noticia a la vez asombrosa y desconcertante para un funcionario
neófito, que algunos compañeros de promoción ya habían sido nombrados jefes de
servicio, tocando techo de forma meteórica. Yo había aprobado la oposición con
la lección bien aprendida: la carrera administrativa era un conjunto de
posibilidades de ascender dentro del sistema organizativo, mediante una serie
de destinos o categorías jerárquicamente ordenadas; la estructura de puestos
adscritos a los cuerpos superiores se organizaba, como regla general, en
puestos base, jefaturas de sección y, en la cúspide, las jefaturas de servicio;
el concurso de méritos eran el sistema normal de provisión de los puestos de
trabajo, frente a la excepcionalidad de la libre designación.
Pero
los veteranos del Cuerpo Superior de Administradores pronto nos abrieron los
ojos - al menos, a los que carecíamos de toda tradición administrativa en la
familia o en los aledaños -, haciéndonos ver que lo que allí funcionaba eran
las conexiones: la carrera se hacía a base de contactos y, si no se tenían, lo
que tocaba era esperar con paciencia a que una jefatura quedara vacante y estar
en el lugar adecuado en el momento oportuno, o esperar un golpe de suerte para
que no hubiera ningún candidato predeterminado. En cualquier caso, lo que
estaba completamente desaconsejado era protestar y, particularmente, manchar el
historial reclamando en los juzgados. Ya nos había aleccionado el director
regional de Función Pública en el acto de toma de posesión: por encima de
cualquier cosa “no os proletaricéis”, repitió varias veces con voz pausada y
melancólica.
Los
puestos realmente relevantes, aquellos que participaban directamente en las
decisiones importantes por su contacto estrecho con el poder político y donde
los funcionarios de élite lucían sus verdaderas potencialidades, eran las
jefaturas de servicio. Todas ellas se ocupaban por libre designación y la
convocatoria pública hacía de paripé formal para confirmar en el Boletín
Oficial el nombre del agraciado que, normalmente, ya se había difundido antes
de la convocatoria entre el personal de la oficina.
Todo
giraba en torno a un pacto tácito entre un grupo selecto de la alta burocracia
y el poder político gobernante que favorecía los intereses de las dos partes:
algunos altos funcionarios podían ser nombrados y rotar en los puestos más
altos y mejor pagados de la jerarquía mediante un procedimiento expeditivo y
antiformalista, ajeno a cualquier proceso competitivo por méritos y con una
fuerte componente de cooptación; y los políticos se garantizaban una élite
funcionarial de plena confianza, reservándose el derecho de cese fulminante en
caso de que alguna actuación no fuera de su agrado.
Por
su parte, las jefaturas de sección ya eran por entonces unos puestos muy
devaluados, en los que básicamente se cobraba algo más que en un puesto base.
Recuerdo bien que algunas secciones estaban ocupadas por funcionarios interinos
cuando varios funcionarios de carrera todavía seguíamos sin promocionar. Como
las secciones tenían una escasa capacidad de propuesta e influencia en
comparación con las jefaturas de servicio, no importaba que se cubrieran por
concurso de méritos.
Este
sistema se ha mantenido prácticamente incólume hasta hoy. La única novedad,
tras la suspensión cautelar en vía judicial de los nombramientos por libre
designación a principios del año 2013, fue la sustitución de aquella por la
comisión de servicios, en la que el margen de discrecionalidad en la selección
del candidato es tan grande que se asemeja mucho a la libre designación.
Por
el medio, con el primer Gobierno de Álvarez Areces (1.999 en adelante) comenzó
a inflarse la estructura de puestos de trabajo en los niveles más altos, con
coordinadores que no coordinaban nada y asesores que tampoco asesoraban. Se
trataba de puestos con funciones técnico – administrativas, asimilables
generalmente a jefaturas de sección, pero con un sueldo más elevado y nombrados
por libre designación, como correspondía a la mentalidad clientelista de los
gobernantes.
Simultáneamente,
determinados puestos estratégicos se abrieron a funcionarios de otras
Administraciones para traer a dedo a varios afortunados. Y la Administración
parapública de empresas y fundaciones iba creciendo a buen ritmo y ampliando
sus plantillas de personal por la puerta de atrás.
En
esa etapa particularmente oscura de la Función Pública asturiana el Consejo de
Gobierno aprobó un sistema de pagos anticipados en concepto de una “carrera
horizontal” sin regulación legal, a pocos días de las elecciones autonómicas
del 2007. Una osadía para la que cuesta trabajo encontrar calificativos, que se
saldó con una sentencia de anulación demoledora, pero sin responsables
políticos. Esa modalidad de carrera horizontal ha generado desde entonces una
considerable burocracia administrativa dedicada a aplicar un sistema de
evaluaciones totalmente ineficiente, sin ningún efecto sobre la permanencia en
los puestos de trabajo, que solo se tiene en pie para justificar la existencia
de los puestos creados para ejecutarlo y, de paso, alimentar el negocio de los
cursos de formación impartidos en el Instituto Adolfo Posada.
Para
hacer frente a esta realidad degradada, un grupo pequeño de empleados públicos
pusimos en marcha a finales del año 2008 una asociación que nos permitiera
actuar dentro de los márgenes que ofrecía el Estado de Derecho. Desde entonces
son ya más de veinte sentencias ganadas, entre anulaciones de relaciones de
puestos de trabajo – RPT- y algún concurso con bases amañadas, que han ido
retratando la arbitrariedad con la que se comportaba el Principado de Asturias.
Afortunadamente, algunos sindicatos decidieron acompañarnos en la tarea y la
actuación conjunta permitió un vuelco importante en la regulación legal. No sin
enormes dificultades.
El
primer intento por quebrar e inutilizar el alcance de las sentencias judiciales
vino de parte del Gobierno de Areces al final de su última legislatura, con el
apoyo parlamentario de Izquierda Unida. Juntos sacaron adelante una ley de
blanqueo de los actos anulados en vía judicial– Ley 14/2010, de 28 de diciembre
–, con una de las exposiciones de motivos más infames que yo recuerdo, que
pretendía hacer obligatorio el nombramiento por libre designación no solo para
las jefaturas de servicio, sino también para los letrados y otros puestos
similares. Como el articulado era un bodrio jurídico que no le iba a la zaga al
preámbulo, decidimos recurrir la primera RPT aprobada a su amparo y pronto el
Tribunal Superior de Justicia de Asturias vino a darnos la razón.
Tras
el breve ínterin del Gobierno de Cascos, en el que nada cambió, el Gobierno de
Javier Fernández quiso seguir con la libre designación generalizada de jefes de
servicio, coordinadores, asesores, interventores etc., pero fue frenado en seco
por el máximo órgano judicial asturiano a principios del año 2013, mediante una
decisión enérgica en la que ordenó la suspensión cautelar del acuerdo de
aprobación de la RPT, impidiendo la reiteración fraudulenta de los
nombramientos.
Forzado
por la realidad de lo inevitable, el Consejo de Gobierno no tuvo más remedio
que elevar a la Junta General un proyecto de ley - la actual Ley 7/2014, de 17
de julio –para normalizar el concurso de méritos como procedimiento ordinario
de provisión de los puestos de trabajo.
Pero
como suele suceder con frecuencia en los modernos Estados de Derecho, en los
que muchas veces las leyes parecen estar aprobadas para no aplicarse, el
Gobierno del Principado fue haciéndose el remolón, retrasando las convocatorias
de los concursos con diferentes escusas a cuál más ridícula. El director
general de la Función Pública compareció en la Junta General en abril de 2016,
prometiendo solemnemente que el concurso de méritos de los puestos que hasta
entonces se nombraban por libre designación sería convocado en la segunda mitad
de ese año 2016. Pero la convocatoria no apareció ni en el 2016, ni en el 2017,
ni tampoco en el 2018.
En su
lugar el Gobierno del Sr. Fernández puso en marcha una churrera averiada de
actuaciones dilatorias. Entre ellas, unas directrices que ahora acaba de tumbar
la Justicia por invadir materia de regulación reglamentaria. Y finalmente,
llegó la convocatoria “in extremis” del concurso para 1.340 puestos de jefatura
como acto de cierre de la legislatura, forzado por la amenaza judicial y tarado
por esos nefastos antecedentes.
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