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sábado, 19 de febrero de 2011

Una convocatoria ilegal

Primero se modificaron dos leyes para permitir que el nombramiento del director del Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, pudiera recaer en un funcionario de otra Comunidad Autónoma.

En efecto, mediante la Ley del Principado de Asturias 9/2006, de 22 de diciembre, se modificó el artículo 34.2 de la Ley del Principado de Asturias 5/1991, de 5 de abril, de protección de los espacios naturales, y el artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 12/2002, de 13 de diciembre, de declaración del Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, precisamente para que pudiera ser director del parque un funcionario de una Administración distinta a la del Principado de Asturias:
“Se modifica el apartado 2 del artículo 34 de la Ley del Principado de Asturias 5/1991, de 5 de abril, de protección de los espacios naturales, que queda redactado como sigue:
Los Conservadores serán nombrados por el Consejero competente en materia de espacios naturales protegidos, de entre funcionarios de carrera de la Administración del Principado de Asturias o de cualquier otra Administración Pública, previo informe de la Junta del Parque correspondiente”
“DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
A la entrada en vigor de esta Ley quedan derogados el apartado 2 de los artículos 5 de la Ley del Principado de Asturias 2/1988, de 10 de junio, por el que se declara el Parque Natural de Somiedo; 8 de la Ley del Principado de Asturias 8/1996, de 27 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Redes; 7 de la Ley del Principado de Asturias 12/2002, de 13 de diciembre, de declaración del Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, y 7 de la Ley del Principado de Asturias 4/2003, de 24 de marzo, por la que se declara el Parque Natural de Ponga, y el artículo 12 de la Ley del Principado de Asturias 5/2006, de 30 de mayo, del Parque Natural Las Ubiñas-La Mesa”

Ahora, tras el cese como director del funcionario escogido a dedo en otra Comunidad Autónoma, vuelve a convocarse la plaza de director Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias (BOPA de 4 de febrero), limitando la participación a los funcionarios adscritos a la Administración del Principado de Asturias:
"Podrán formular solicitudes quienes se hallen vinculados a la Administración del Principado de Asturias por una relación de empleo funcionarial de carácter permanente, y pertenezcan al/los grupos de adscripción del puesto de trabajo de que se trata"

A alguien se le olvidó que para dar marcha atrás debían modificarse de nuevo las dos leyes previamente retocadas. Un pequeño detalle sin importancia.

Por otra parte, vuelve a utilizarse el sistema de libre designación, contradiciendo las reiteradas declaraciones públicas de la consejera Migoya, en las que manifestaba que, con la modificación legal de la ley del Función Pública del mes de diciembre, los nombramientos a dedo quedarían reservados a puestos de trabajo directamente dependientes de cargos políticos nombrados por el Consejo de Gobierno. A alguien también se la ha olvidado que los directores de los parques naturales dependen jerárquicamente de un jefe de servicio.

Todo un ejemplo de gestión del empleo público asturiano. Estaremos atentos a su desenlace.

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