La reciente publicación de los currículos
profesionales del personal de confianza de los gabinetes de Presidencia y de
las Consejerías del Principado de Asturias revela sorpresas salariales
escandalosas que, además, pueden incurrir en fraudes del régimen retributivo de
los empleados públicos de la Comunidad
Autónoma.
El contraste de los currículos publicados con la relación de puestos de trabajo del personal eventual (ver aquí) que aparece también en la página web del
Principado, ofrece la siguiente información:
Consejería
de Presidencia:
Angelina García García, título de bachiller
superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados
universitarios medios, nivel 26 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario
anual de 43.737,60 euros
Consejería
de Derechos Sociales
María Pantiga Rodríguez, título de
bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a
titulados universitarios superiores, nivel 24 (propio de Jefaturas de Sección), con un salario anual de 38.197,88 euros
Greta Cortina Zapico, título de Formación
Profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados
universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), con un salario anual de 33.084, 30 euros
Josefa Capa Texeira, título de Trabajadora
Social (universitario medio). Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios
superiores, nivel 28 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 54.909, 26 euros
Consejería
de Sanidad
Javier de la Puente Pérez, título de
bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a
titulados universitarios superiores, nivel 24 (propio de Jefe de Sección), con un salario anual de 38.197,88 euros.
Consejería
de Infraestructuras
Silvia Brugos Rodríguez, título de formación
profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados
universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), con un salario anual de 33.084, 30 euros
Consejería
de Desarrollo Rural
José Gonzalo Asenjo Palmerola, título de
bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a
titulados universitarios superiores, nivel 28 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 50.041, 46 euros
Vanesa González Díaz, título de Formación Profesional.
Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados
universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), con un salario anual de 33.084, 30 euros
Presidencia
del Gobierno
Flor Melón Martino, Estudios de Protocolo. Tiene
asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios
superiores, nivel 28 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 50.041, 46 euros
Rosa María López Espina, Profesora de EGB (título universitario medio).
Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios
superiores, nivel 24 (propio de Jefaturas de Sección), por un importe anual de 38.197,88 euros.
Ana María Alonso Prado, título de Formación
Profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados
universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), por un salario anual de 33.084, 30 euros
La atribución al personal eventual de
confianza que se acaba de relacionar de un régimen retributivo superior al que
le corresponde en razón de su titulación académica, además de suponer un
evidente privilegio respecto al régimen retributivo de los funcionarios de carrera y del personal laboral fijo del Principado de Asturias;
constituye también, a juicio de esta asociación, un claro fraude de ley.
En efecto, el artículo 25 de la vigente Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias dispone que el
personal eventual percibirá las retribuciones básicas y complementarias fijadas
en su nombramiento, de acuerdo con las asignadas al personal funcionario del
grupo o subgrupo al que resulte asimilado, excluida antigüedad.
Ahora bien, resulta evidente que
un empleado eventual de confianza con título de bachiller superior o de formación
profesional no puede asimilarse a un funcionario de carrera de un grupo para
que el que la legislación de Función Pública exige una titulación universitaria,
como es el caso de los Grupos A y B, sin incurrir en fraude de ley.
Desde el Conceyu por Otra Función
Pública n´Asturies exigimos una corrección inmediata de este agravio
comparativo y el cese de los cargos políticos que
avalaron este fraude.
Porque la Función Pública, en un Estado que se dice Democrático
y de Derecho, no puede ser un botín de guerra del partido gobernante.
-
No hay comentarios:
Publicar un comentario