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jueves, 18 de febrero de 2016

El Gobierno del Principado paga salarios de titulado universitario a personal de confianza con bachiller superior y formación profesional

La reciente publicación de los currículos profesionales del personal de confianza de los gabinetes de Presidencia y de las Consejerías del Principado de Asturias revela sorpresas salariales escandalosas que, además, pueden incurrir en fraudes del régimen retributivo de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma.

El contraste de los currículos publicados con la relación de puestos de trabajo del personal eventual (ver aquí) que  aparece también en la página web del Principado, ofrece la siguiente información:

Consejería de Presidencia:

Angelina García García, título de bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados universitarios medios, nivel 26 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 43.737,60 euros

Consejería de Derechos Sociales

María Pantiga Rodríguez, título de bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios superiores, nivel 24 (propio de Jefaturas de Sección), con un salario anual de 38.197,88  euros

Greta Cortina Zapico, título de Formación Profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), con un salario anual de 33.084, 30 euros

Josefa Capa Texeira, título de Trabajadora Social (universitario medio). Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios superiores, nivel 28 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 54.909, 26 euros

Consejería de Sanidad

Javier de la Puente Pérez, título de bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios superiores, nivel 24 (propio de Jefe de Sección), con un salario anual de 38.197,88 euros.

Consejería de Infraestructuras

Silvia Brugos Rodríguez, título de formación profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), con  un salario anual de 33.084, 30 euros

Consejería de Desarrollo Rural


José Gonzalo Asenjo Palmerola, título de bachiller superior. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios superiores, nivel 28 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 50.041, 46  euros

Vanesa González Díaz, título de Formación Profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), con un salario anual de 33.084, 30 euros

Presidencia del Gobierno

Flor Melón Martino, Estudios de Protocolo. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios superiores, nivel 28 (propio de Jefaturas de Servicio), con un salario anual de 50.041, 46  euros


Rosa María López Espina, Profesora de EGB (título universitario medio). Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo A, correspondiente a titulados universitarios superiores, nivel 24 (propio de Jefaturas de Sección), por un importe anual de 38.197,88 euros.

Ana María Alonso Prado, título de Formación Profesional. Tiene asignado un puesto asimilado al Grupo B, correspondiente a titulados universitarios medios, nivel 22 (propio de puestos base), por un salario anual de 33.084, 30 euros

La atribución al personal eventual de confianza que se acaba de relacionar de un régimen retributivo superior al que le corresponde en razón de su titulación académica, además de suponer un evidente privilegio respecto al régimen retributivo de los funcionarios de carrera y del personal laboral fijo del Principado de Asturias; constituye también, a juicio de esta asociación, un claro fraude de ley.

En efecto, el artículo 25 de la vigente Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias dispone que el personal eventual percibirá las retribuciones básicas y complementarias fijadas en su nombramiento, de acuerdo con las asignadas al personal funcionario del grupo o subgrupo al que resulte asimilado, excluida antigüedad.

Ahora bien, resulta evidente que un empleado eventual de confianza con título de bachiller superior o de formación profesional no puede asimilarse a un funcionario de carrera de un grupo para que el que la legislación de Función Pública exige una titulación universitaria, como es el caso de los Grupos A y B, sin incurrir en fraude de ley.

Desde el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies exigimos una corrección inmediata de este agravio comparativo y el cese de  los cargos políticos que avalaron este fraude.

Porque la Función Pública, en un Estado que se dice Democrático y de Derecho, no puede ser un botín de guerra del partido gobernante.





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