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viernes, 28 de mayo de 2021

“NO DESAPROVECHEMOS ESTA CRISIS”: FORTALECER EL SECTOR PÚBLICO COMO PREMISA PARA LA RECUPERACIÓN

 Blog La Mirada Institucional

Rafael Jiménez Asensio




“La verdadera tragedia de esta adicción a la externalización a consultoras de gestión es que socava aún más las capacidades internas del sector público” (Mariana Mazzucatto)

Preliminar

Este libro de Mariana Mazzucato (No desaprovechemos esta crisis, Galaxia Gutenberg 2021) recoge algunos artículos publicados en inglés el primer semestre de 2020, en plena pandemia, aunque añade un par de capítulos no editados. Viene de la mano de otra obra más ambiciosa en su trazado como es el libro Misión Economía. Una guía para cambiar el capitalismo (editado esta vez por Taurus, mayo 2021). El libro que se reseña puede ser leído como una suerte de aperitivo a la obra Misión Economía, donde se desarrollan muchas de las ideas en aquel esbozadas. Especialmente, todo lo que respecta al propósito, misión e innovación. Ideas-fuerza que conforman, junto con la colaboración público-privada (bajo el liderazgo del Estado), la argamasa de su construcción conceptual

No se pretende en estos momentos comentar las interesantes y sugerentes aportaciones que en esta breve obra se contienen, pues extralimitaría con mucho el espacio que se puede dedicar a este comentario, ya que el libro, breve en su extensión, está plagado de ideas que han terminado por impregnar directa o indirectamente (no en vano ha asesorado a la Comisión Europea en diferentes proyectos) el propio dibujo del Programa de Recuperación y Resiliencia de la UE, así como ha inspirado con fuerza desigual el modelo de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia impulsado por el Gobierno de España, y remitido recientemente a la Comisión Europea. Las tesis de esta prestigiosa economista tienen, sin duda, mucho predicamento en la actualidad. Y solo por ello merece la pena hacerse eco de algunas de ellas.

Sin duda, la selección de ideas que aquí se reseñan parten del enfoque de este Blog, marcadamente institucional, por lo que no se centrará el foco en las innumerables propuestas económicas que muchas de ellas ya se recogieron en su día en otras obras de la autora, tales como El Estado emprendedor. Mitos del sector público frente al sector privado (RBA, 2013) o El valor de las cosas (Taurus, 2019). La crisis Covid19 le ha permitido reforzar sus argumentos centrales y llevar a cabo una construcción más sólida de los materiales que conforman su edificio conceptual, dado que la pandemia es vista por la autora como una ventana de oportunidad “para cambiar la manera en la que interactúan los sectores público y privado”, pero también “para (re)construir las capacidades del sector público”, y modificar así el rol tradicional que tenía el Estado alterando el marco hasta ahora vigente: pasar de corregir los fallos del mercado a ser un “conformador activo de los mercados”.

Una triple crisis: recuperación, sostenibilidad y resiliencia.

Por tanto, vaya por delante que del libro reseñado interesa aquí resaltar sus reflexiones sobre las instituciones públicas y sus propias capacidades (o debilidades), aunque en la arquitectura conceptual de la autora la idea de simbiosis público/privado es, junto con el liderazgo estatal y la innovación, uno de los ejes de su amplia obra. Parte Mazzucato de la existencia de una triple crisis (sanitaria, económica y climática), de la que se deberá salir combinando inteligentemente todos esos planos. Recupera su (siempre presente) idea de Estado emprendedor y retoma también el papel central de la innovación como motor de la recuperación, tarea urgente para afrontar la “tercera gran crisis”, que no es otra que la climática (“un planeta cada vez más inhabitable”). Aunque no se cita en esta obra la Agenda 2030 planea sobre muchas de sus reflexiones. Como bien señala en su obra paralela, Misión Economía, los ODS conforman un conjunto “de desafíos que necesitan un enfoque basado en misiones”. Y el mapa de misiones exige preguntarse, en primer lugar, ¿Cuál es el problema que quiero resolver?

Si bien, la autora precisa la idea: “La palabra clave para las empresas y gobiernos del siglo XXI no es solo ‘sostenibilidad’, sino ‘resiliencia’”. No se pide únicamente que el sector público actúe “de manera reactiva (…) sino de forma proactiva”. Lo que cabe entender incluido la previsión de riesgos, aspecto muy descuidado precisamente en esta crisis.

Acierta la profesora anglo-italiana en su análisis de la importancia del Pacto Verde Europeo, así como del papel de la UE en esta materia, luego reforzado en el programa NGEU. La Presidencia de la UE, a su juicio, “mandó la clara señal de que gestionar la crisis económica y gestionar la crisis climática no son mutuamente excluyentes”. Por consiguiente, una vez más, se pone de relieve la estrecha conexión entre recuperación, resiliencia y Agenda 2030 (o desarrollo sostenible en su triple dimensión medioambiental, económica y social). Un triángulo que nunca debería tratarse aisladamente. La transición verde es tratada con más intensidad en la otra obra citada y publicada en paralelo.

Reforzar la capacidad del sector público como una inversión paciente en las instituciones

La pandemia ha puesto en valor el papel de los Gobiernos (y obviamente de sus Administraciones Públicas y del sector público en general). Y, de acuerdo con esta idea, lo más sugerente, desde la perspectiva institucional que aquí se adopta, se contiene en los artículos recogidos en el Capítulo V del libro (“Una Idea diferente de futuro”), aspectos sobre los cuales es importante detenerse.

La constatación de que la crisis pandémica ha puesto de manifiesto que muchos gobiernos occidentales “no están en absoluto preparados para hacer frente a acontecimientos inesperados”, algo visible en “la impotencia del Estado en áreas vitales”. La idea-fuerza que con frecuencia se olvida es muy obvia: “La capacidad del Estado es fruto de la inversión paciente en el seno de las instituciones públicas, no del dinero lanzado a la economía desde un helicóptero en tiempos de crisis”.

La anorexia inversora pública, particularmente a partir de la crisis de 2008, dejó a muchos Estados con aparatos públicos desarmados para enfrentarse a acontecimientos inesperados que requerían respuestas robustas. Su tesis es muy clara: se requiere una “nueva era de inversión pública para conformar de nuevo nuestro pasaje tecnológico, productivo y social”. Allí encuentra pleno acomodo “su enfoque basado en misiones” o la búsqueda continua de “un propósito público” que, bajo la dirección del Estado, impulse la colaboración público-privada y alinee sus metas y objetivos en aras al interés público. Todas estas ideas las desarrolla en su obra Misión economía.

Sus propuestas son muchas, algunas con complejo encaje en un entorno tan rígido normativa y culturalmente como es el nuestro; por ejemplo, el Programa de Empleo Público, como vasodilatador de la regulación circulatoria entre el empleo público y privado. Pero otras son reveladoras del éxito o fracaso del sector público en contextos de shock: “Las respuestas exitosas de otros gobiernos han demostrado que las inversiones en competencias centrales del sector público marcan la diferencia en tiempos de emergencia”.

Las débiles capacidades del sistema burocrático

Muy revelador es su diagnóstico sobre la función pública, que la panacea tecnológica no resuelve: “La menor inversión en la función pública ha provocado una pérdida de memoria institucional y ha aumentado la dependencia de las consultoras privadas, que se han llevado miles de millones”. Aunque la crítica se centra en el Reino Unido, no hace falta ser muy audaz para extenderla a realidades más próximas y algunas inmediatas. Y concluye categóricamente: “No resulta sorprendente que en los últimos años la moral de los empleados del sector público se haya hundido”. ¿Nadie de ha dado cuenta de ello? Probablemente ello se deba a vivir en la burbuja política o funcionarial que nos rodea.

Hay, sin embargo, modelos de éxito o, al menos de relativa buena gestión de capacidades estatales, como son los casos que reiteradamente cita la profesora Mazzucato de Nueva Zelanda, Alemania, Corea del Sur, etc. Su constatación del problema es muy evidente: “La gobernanza efectiva no aparece como arte de magia cuando se quiere”.

En línea con lo expuesto, la autora dedica un largo artículo (elaborado en colaboración con Rainer Kattel) a la crisis Covid19 y la capacidad del sector público. La conclusión está en sus inicios: la capacidad de un Estado para acometer una crisis deriva directamente “de cuánto ha invertido a lo largo del tiempo en su capacidad de gobernar, hacer y gestionar”. Una vez más, aquí no hay magia, sino modelo sólido de Gobernanza Pública y mucho trabajo detrás.

Tampoco valen las buenas palabras, pues según la autora si se quiere un sector público que afronte, de forma efectiva y no nominal, las crisis que seguirá sucediéndose en el tiempo (particularmente, la climática), no queda otra que reforzar “la capacidad del sector público”, que se define “como la serie de competencias, capacidades y recursos necesarios para llevar a cabo las funciones políticas, desde la provisión de servicios públicos al diseño e implantación de medidas políticas”. Pero también “la capacidad para adaptarse y aprender”. Trae a colación la autora la noción de “capacidades dinámicas del sector público”, y en este punto lleva a cabo una censura clara sobre los resultados de la Nueva Gestión Pública (que también reitera en Misión economía), pues al fin y a la postre ha supuesto “un recorte de la capacidad de los gobiernos para adaptarse y aprender, puesto que ambas funciones se han ido externalizando cada vez más”. Defiende, así, el papel de las administraciones públicas neoweberianas como Nueva Zelanda (con su viaje de ida y vuelta a la NGP) o Singapur. Sin embargo, su objeto de crítica se centra en el Reino Unido (también en Estados Unidos) y en su enorme dependencia del sector privado.

Los riesgos de dependencia: la transformación digital

Los riesgos de dependencia son evidentes. Y pone el ejemplo de las tecnologías de la información (un aspecto de mucho interés entre nosotros por los ingentes esfuerzos inversores que conllevará la digitalización en los próximos años). Esa captura digital puede tener “un efecto dañino en las competencias y capacidades digitales de los gobiernos”. La gestión de datos, especialmente la arquitectura de los datos actuales, está en manos privadas. Ahora bien, la autora resalta que “las plataformas gubernamentales tienen un potencial enorme para mejorar la eficiencia del sector público”. No obstante, dependerá asimismo de las competencias digitales que los actores públicos puedan acreditar. Donde no existe esa fortaleza, la dependencia seguirá siendo cada vez más intensa.   

Las reflexiones sobre las tecnologías digitales y las debilidades manifiestas de competencias internas en este terreno cierran ese apartado del libro. Y sus conclusiones deben ser compartidas por la trascendencia que tienen, también en nuestra realidad institucional y gubernamental: “La falta de inversión en las competencias internas ha provocado una pérdida de memoria institucional y un aumento de la dependencia de las empresas de consultoría. Hay que subrayar que la gente con talento no solo está solo motivada por los salarios altos, también por la perspectiva de ser capaz de usar sus habilidades para el progreso del bien común mediante un trabajo analítico estimulante. Y, en fin, el argumento de cierre no puede sino compartirse plenamente: “Las burocracias ágiles requieren empleados públicos (de carrera) muy capaces y motivados”. Una idea muy relevante, con baja cotización en este país.

Los países que tienen esas capacidades estatales afrontan las crisis con muchos mejores recursos y padecen infinitamente menos. Aquellos que no disponemos de tales capacidades (recuérdese, tales capacidades no se crean de la nada ni por arte de prestidigitación), tendremos mucho más difícil tomar la ola de la recuperación y de la resiliencia. No se trata de tener un Gobierno (administración) grande, sino –como bien señala Mazzucato- un Gobierno inteligente e innovador, pero con fuertes capacidades institucionales como las descritas.

El sueño que dibuja la autora en su capítulo prospectivo es muy revelador: “Cómo en la ápoca del programa Apolo, trabajar para el Gobierno –y no para Google o Goldman Sachs- se convirtió en la ambición de los mejores talentos que salían de la Universidad. De hacho, los trabajos en la Administración se volvieron (…) deseables y competitivos”. ¿Veremos esto algún día entre nosotros? Sigamos soñando.

De momento, al parecer, todo lo fiamos a ese helicóptero que distribuirá el maná europeo por todos los rincones de este país llamado España. Pero para que esos recursos ingentes tengan retorno efectivo, habrá que trabajar de otro modo (¿sabemos hacerlo?) y, sobre todo, las capacidades estatales en su conjunto (AGE, CCAA y gobiernos locales) deberán mejorar mucho. Lo expuso de forma diáfana la propia Mariana Mazzucato en una reciente entrevista al diario El País (suplemento “Ideas”, domingo 16 de mayo de 2021): “Dado que la recuperación en la UE se ha condicionado a la consecución de esos objetivos tan amplios se abre una oportunidad. Pero ahora debe aterrizar en cada uno de los Estados miembro y obligarles a replantear el modo en que funciona su Administración Pública, su sector público, su capacidad sobre el terreno para enfrentarse de un modo serio a esos desafíos”. Esperemos que el aterrizaje forzado que se pretende hacer en nuestro país del metafórico helicóptero no termine en tragedia o, por enésima vez, en impotencia manifiesta. Por el bien de todos.


lunes, 17 de mayo de 2021

La multa de la CNMC, punta del iceberg del capitalismo de consultoría

 



Los datos de la página de contratación de Euskadi revelan un entramado mucho más amplio y complejo de externalización de servicios públicos sobre el origen de la investigación de la CNMC


El Salto libera el dataset presente en la página de contratación de Euskadi, origen de la investigación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), con todas las licitaciones presentes en internet entra la administración pública y las doce empresas sancionadas. Los datos revelan un entramado mucho más amplio y complejo de externalización de servicios públicos: 765 contratos por un valor de 189 millones, el 60% con un único ofertante y además menores (“a dedo”).

En las últimas horas, la prensa publicaba que la CNMC ha multado con 6.3 millones de euros a 22 firmas de consultoría y a varios de sus directivos. Estas informaciones son un reflejo de cómo el organismo de competencia trata de regular el poder que ha adquirido el capitalismo de consultoría. Aunque de momento no se haya reflejado en sus ingresos, la economía post-covid ha colocado a la industria de la asesoría en un papel central para que la burocracia utilice a los fondos Next Generation. Prácticamente, todas las administraciones han recurrido a estas firmas para presentar aplicaciones.

Aunque la CNMC no le preocupa la creciente delegación de funciones públicas y el adelgazamiento del poder del Estado mediante una suerte de burocratización neoliberal. Más bien, como se desprende de una investigación de más de 300 páginas (la mayoría, mensajes entre los patriarcas del clan), la problemática sería un “modus operandi” basado en solicitar “ofertas de cobertura” para evitar competir y que una de las empresas resultase adjudicataria. De acuerdo a la investigación de la CNMC, “las relaciones de confianza” de los capitalistas facilitaron el funcionamiento de cárteles distintas administraciones públicas. En el caso del cártel de la red de colaboración norte se vieron afectadas al menos 101 licitaciones (la mitad de los 200 contratos públicos celebrados en los años en que se acredita la conducta) en los ayuntamientos de Bilbao, Barakaldo o Vitoria; diversos departamentos del Gobierno Vasco, el Puerto de Bilbao o la Diputación Foral de Vizcaya. En general, se trataba de contratos negociados sin publicidad, en los que la administración invitaba a un número reducido de empresas para que presentaran sus ofertas en competencia. Las conclusiones del organismo indican que se elevaron sistemáticamente los precios que pagaba la administración por los servicios de consultoría y se impidió la participación de competidores ajenos a los cárteles en los procesos de licitación. El problemas: estas conductas socavaban el erario público al ser contratos sufragados vía presupuestos.

Esto es, el clásico capitalismo de amiguetes (crony capitalism) donde dos redes de colaboración (norte y nacional, con ejes en Bilbao y Madrid) actúan siguiendo la idea establecida por Milton Friedman sobre la influencia monopolística que justificó la regulación del capitalismo hace varias décadas. Al parecer, no habría nada de malo en que las consultoras externalicen sobre los presupuestos públicos de los Gobiernos los costes de las empresas privadas y les impongan formas novedosas de austeridad siempre y cuando se respete el fin supremos de la libertad de mercado.

Cuántas consultoras hacen falta para cambiar unos pañales

Como revela la base de datos que esta revista hace pública, existen al menos 765 contratos desde 2012 entre las distintas administraciones vascas y las 12 consultoras investigadas que ascienden a un valor de 189.34 millones de euros. Si bien los datos de la administración están sesgados porque la ley no obligó a publicar los contratos hasta 2018, podemos afirmar que la dependencia absoluta de lo público sobre unas pocas firmas privadas es el modus operandi habitual del capitalismo de consultoría. Aunque para ello no podemos fijarnos sólo en el componente “consultoría”, como la investigación de la CNMC. Entre los contratos recabados existen docenas de códigos que hacen uso del vocabulario común de contratos públicos (CPV) para ilustrar la gran variedad de servicios públicos que las consultoras han privatizado. Desde el mantenimiento de todo tipo de equipos, el diseño de arquitectura, el desarrollo de software y sistemas informáticos, hasta trabajos de estudio de la calidad del suelo y construcción de inmuebles, pasando por la provisión de pañales desechables, todo tipo de mercadotecnias, auditorías y otras formas de control del gasto público.

ARTÍCULO COMPLETO AQUÍ

jueves, 13 de mayo de 2021

Teletrabajo y Covid-19: dos sentencias sobre la prioridad de teletrabajar

 

https://sincrogo.com/blog/tribunales/teletrabajo-y-covid-19-dos-sentencias-sobre-la-prioridad-de-teletrabajar/


Teletrabajo y Covid-19. La preferencia por el teletrabajo establecida en el art. 5 del RD-Ley 8/2020 ha desembocado en conflictos en los tribunales. Analizamos 2 casos a través de dos sentencias.

  1. Qué dice el art. 5 del RD-Ley 8/2020

Establece el carácter preferente del trabajo a distancia. En concreto:

Las medidas excepcionales de naturaleza laboral que se establecen en la presente norma tienen como objetivos prioritarios garantizar que la actividad empresarial y las relaciones de trabajo se reanuden con normalidad tras la situación de excepcionalidad sanitaria.

En particular, se establecerán sistemas de organización que permitan mantener la actividad por mecanismos alternativos, particularmente por medio del trabajo a distancia.

La empresa deberá adoptar las medidas oportunas si ello es técnica y razonablemente posible y si el esfuerzo de adaptación necesario resulta proporcionado.

Estas medidas alternativas, particularmente el trabajo a distancia, deberán ser prioritarias frente a la cesación temporal o reducción de la actividad.

2. Qué están sentenciando los tribunales

Preferencia del teletrabajo frente a un ERTE por Covid

El hecho de que gran parte de la plantilla pueda prestar sus funciones en régimen de teletrabajo no implica no poder incluirla en un ERTE.

A la hora de poder plantear un ERTE lo crucial es que la plantilla se adapte a las necesidades productivas de la empresa (sent. de la AN de 29 de junio de 2020, que avala un ERTE ETOP por Covid-19).

En el caso concreto enjuiciado, la Comisión Negociadora solicitó la nulidad del ERTE por diversos motivos, entre ellos, al entender que la mayoría de trabajadores podía prestar su servicio en régimen de teletrabajo.

La AN desestima la demanda porque la implementación y priorización del teletrabajo durante la pandemia obedece, principalmente, a motivos sanitarios-, mientras que el ERTE de suspensión obedece a un motivo diferente.

Ese motivo diferente que justifica un ERTE radica en ajustar el volumen de plantilla a la actividad efectiva de la
empresa.

Y en este sentido, deja muy claro la AN, resulta carente de toda lógica suponer que la situación de crisis patronal que pudiera implicar un excedente coyuntural plantilla desaparezca por el hecho de que los servicios se presten en régimen de teletrabajo.

Por tanto, si se acreditan las causas que permiten recurrir al ERTE, éste es licito independientemente de que los trabajadores puedan o no teletrabajar.

2. Seguir teletrabajando en lugar de volver a la oficina

Un juzgado ha avalado la petición de seguir teletrabajando de un empleado aplicando el art. 34.8 ET  (adaptación de la jornada) y el art. 5 del RD-Ley 8/2020

En la sentencia (Juzgado de lo Social de Vigo, sección 6, de fecha 22 de julio de 2020), se da la razón a un empleado que solicitó a su empresa seguir teletrabajando.

Del análisis conjunto de ambos preceptos (art. 5 RD-Ley 8/2020 y art. 34.8 ET), razona el JS, debemos advertir que la empresa, ante la petición del trabajador y de la situación de pandemia declara por la OMS, denegó la petición del trabajador sin abrir ningún proceso de negociación ni valoración de alternativas.

Y el art. 34.8 del ET exige abrir dicho proceso de negociación.

Además, hay que tener en cuenta, señala el tribunal, que el art. 5 del RD-Ley 8/2020, en la situación en la que nos encontramos, prioriza el teletrabajo sobre otras opciones como la reducción de jornada.

Es decir, entiende el JS, que la empresa incumplió con su obligación de valorar adecuadamente la petición del empleado e intentar, en su caso, valorar alternativas.

Por todo ello, declara el derecho del trabajador a teletrabajar (eso  sí, mientras se mantengan en vigor las medidas establecidas en el RD-Ley 8/2020). Además, impone una indemnización de 600 euros por daños morales.

¿Pueden exigir los trabajadores seguir teletrabajando?

En principio, si la empresa da la orden a los trabajadores de volver a su puesto, éstos no pueden negarse a hacerlo y tienen que regresar (aunque puedan realizar sus funciones en régimen de teletrabajo).

Si no están de acuerdo, entonces pueden recurrir a los tribunales (procedimiento especial de tramitación urgente y preferente), como sucedió en el caso comentado arriba (sent. JS de Vigo).

Ahora bien, existe una excepción donde sí es posible que un trabajador se niegue a acudir a su puesto o bien que lo abandone. Sería apelando al art. 21 (riesgo grave e inminente) de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

En este supuesto (art. 21 LPRL), no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro, salvo excepción debidamente justificada por razones de seguridad.

En principio, si la empresa garantiza la protección de la salud (se garantiza la distancia mínima de seguridad, las medidas de higiene y prevención, proporciona los EPIs adecuados…), los trabajadores no podrían apelar al art. 21 de la LPRL.

No obstante, por supuesto, llegado el caso, será un tribunal el que determine en cada caso si procede o no la aplicación de este art. 21 y si cabe considerar que sí existe un riesgo grave e inminente.

Recuerde que si su empresa necesita asesoramiento en materia laboral, fiscal & contable, no dude en contactar con nuestro Equipo de Expertos para solicitar un presupuesto.

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lunes, 10 de mayo de 2021

El teletrabajo en la legislación de emergencia antipandemia

 

1. La preferencia legal por el teletrabajo dada su función económico social en tiempos de pandemia

jueves, 6 de mayo de 2021

La supresión del teletrabajo en la Administración del Principado es ilegal


La decisión del Gobierno del Principado de Asturias de suprimir, a partir del próximo lunes día 10, la modalidad de teletrabajo para sus empleados públicos, salvo en casos excepcionales, infringe la legalidad vigente y atenta contra los derechos laborales y la protección de la salud de las y los trabajadores públicos de la Administración del Principado.

Debemos recordar al Gobierno del Sr. Barbón que el teletrabajo, como modalidad  preferente, fue establecido por el artículo 5 del RD 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

La Disposición final décima de esta norma establecía que, con carácter general, las medidas previstas en  la misma mantendrán su vigencia hasta un mes después del fin de la vigencia de la declaración del estado de alarma. Con posterioridad, se amplió la vigencia de ese precepto por lo establecido en el artículo 15 del RD 15/2020 de 21 de abril, señalando que se mantendrá vigente durante los dos meses posteriores al cumplimiento de la vigencia prevista.

En cuanto que la vigencia prevista era un mes tras la finalización del estado de alarma, con la nueva prórroga se alarga en dos meses más. Es decir, el teletrabajo relacionado con el COVID-19, regulado en el artículo 5 del RD 8/2020, está vigente hasta que transcurran 3 meses desde la finalización del estado de alarma - 9 de mayo de 2021-. Por tanto, hasta el 9 de agosto de 2021.

La supresión de esta modalidad preferente en la Administración del Principado es, por tanto, ilegal, además de irresponsable y profundamente retrógrada.

El Gobierno del Principado, a diferencia de lo sucedido en la Administración del Estado,  ha sido incapaz de aprobar hasta la fecha una norma interna reguladora del teletrabajo, demostrando una ineptitud descomunal, y ahora infringe la legalidad suprimiendo “manu militari” una modalidad que sigue vigente por razones sanitarias. 

Resulta chusco que un Gobierno que se llena la boca hablando de la necesidad de reformar la Administración, se dedique a abortar a la primera de cambio una medida de conciliación de la vida laboral y familiar implantada ya con éxito en muchos centros públicos del Estado y en la empresa privada. 

La eliminación del teletrabajo en la Administración del Principado solo beneficia a aquellos burócratas que no tienen más horizonte que la pared de su despacho.

Una vergüenza

VER UN ANÁLISIS JURÍDICO DE LA CUESTIÓN AQUÍ