La empresa La Auxiliar de Recaudación
SL, actual adjudicataria de los servicios auxiliares de recaudación de tributos
del Ayuntamiento de Oviedo, se negó a subrogarse en los contratos laborales de
la anterior empresa adjudicataria en el año 2008 y acabó despidiendo a nueve trabajadores.
Así se recoge en tres
sentencias dictadas por la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en el año 2009, una de fecha 23 de enero, y dos de 27 de febrero (ver aquí y aquí) , en las que se declaran los despidos
como improcedentes.
En dichas sentencias el TSJA señala
que la Auxiliar
de Recaudación SL rechazó la subrogación en los contratos de los 45
trabajadores que venían prestando el servicio, iniciando un proceso selectivo
que encargó a la empresa GS Consultores, tras el que acabó contratando a 36 trabajadores
de la empresa precedente, mientras que los otros 9 fueron despedidos.
El TSJA recrimina al Ayuntamiento
de Oviedo por lo que considera una “ambigüedad deliberada” en la redacción de
las cláusulas del pliego de prescripciones técnicas de la contratación,
referidas a los medios personales para la prestación del servicio, que sería la causa de los conflictos laborales
planteados (fundamento de derecho quinto)
A pesar de ello, el TSJA entiende
que la interpretación literal, lógica y sistemática del pliego de prescripciones técnicas " no
puede ser otra que la obligación de la empresa adjudicataria de ofrecer la
contratación "al personal que actualmente presta estos servicios en la UTE", respetando
categoría, salarios y antigüedad, sin que resulte de esa expresión posibilidad
alguna de la citada empresa para rechazar a ese personal o preferir a otro en
su lugar, salvo las razones de posible incapacidad etc., que en ningún momento
fueron opuestas” (fundamento de derecho sexto), y acaba declarando los despidos
como improcedentes.
Dicho esto, el Ayuntamiento de
Oviedo toleró el incumplimiento de la obligación contractual de subrogación
laboral por parte de La Auxiliiar
de Recaudación SL, pues estaba en su mano compeler a la empresa adjudicataria para que cumpliera con su obligación y no lo hizo.
Pero, además, La Auxiliar de Recaudación
SL fue condenada por el TSJA, en sentencia de 30 de noviembre de 2012, a readmitir a la responsable de
Gestión Administrativa, a la que había despedido. El despido fue declarado
nulo por vulneración de sus derechos fundamentales , en concreto del derecho a
la intimidad y al secreto de las comunicaciones que dicha empresa violó al
acceder ilícitamente al contenido de los correos electrónicos que dicha
trabajadora habia dirgido a otra compañera de trabajo del mismo
departamento que había sido despedida en enero del año 2012
La conflictividad laboral conocida
de la Auxiliar
de Recaudación SL no termina aquí: en
noviembre del año 2013 tres empleados despedidos por dicha empresa denunciaron públicamente que, en los últimos cuatro años, un total de 21 trabajadores con contrato
indefinido habían sido despedidos y que "la filosofía de la compañía consiste
en echar a la calle a la gente que lleva más tiempo y meter a otra con
contratos temporales o incluso poner becarios",
A la luz de los hechos relatados,
el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies se reafirma en la perentoria
necesidad de recuperar la gestión directa del servicio de recaudación del
Ayuntamiento de Oviedo, que debe ser prestado por trabajadores públicos
seleccionados mediante el único procedimiento legalmente posible, a saber, el
que garantice la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos y ciudadanas, mediante
pruebas que tengan en cuenta, exclusivamente, el mérito y la capacidad de los
aspirantes.
La imparcialidad en la gestión del servicio público de recaudación y el estricto respeto del derecho fundamental de los ciudadanos y ciudadanas de Oviedo al tratamiento confidencial de la información tributaria, no permiten ya más demoras.
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