Observatorio Contratación Pública
Elaboradas por la Secretaría de Estado de Administraciones públicas
El Tribunal de Cuentas elevó a las Cortes Generales una Moción sobre
la necesidad de evitar los riesgos de que los trabajadores de las
empresas de servicios contratadas por la Administración, por las
condiciones en que se desarrolla la actividad contratada, se conviertan
en personal laboral de la Administración contratante en virtud de
sentencias judiciales, que motivó la aprobación de la Resolución de 27
de octubre de 2010 (BOE de 18 de enero de 2011 ), por la Comisión Mixta
de las Cortes Generales para las relaciones con el Tribunal de Cuentas.
En dicha Resolución se insta a las Administraciones Públicas a
instrumentar los mecanismos necesarios para atajar aquellas prácticas
que han venido llevándose a cabo durante los últimos años en las
contrataciones de servicios, por cuanto la declaración de la cesión
ilegal, que ofrece al trabajador el derecho a adquirir la condición de
fijo en la empresa cedente o cesionaria, da lugar, en caso de decantarse por la cesionaria,
en este caso una Administración Pública, a adquirir la condición de
personal laboral indefinido no fijo.
De ahí que se imponga a los entes, organismos y entidades que forman
parte del sector público de acuerdo con el artículo 3.1° del texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real
Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la obligación de dictar
antes del 31 de diciembre de 2012 unas instrucciones que garanticen en
su aplicación práctica la correcta ejecución de los servicios externos
que hubieran contratado, de manera que quede clarificada la relación
entre los gestores de la Administración y el personal de la empresa
contratada, evitando, en todo caso, actos que pudieran considerarse como
determinantes para el reconocimiento de una relación laboral del
personal de la empresa contratista respecto de la Administración Pública
contratante.
Por ello, en cumplimiento de dicho mandato legislativo, y en el
ejercicio de las funciones que corresponden a las Secretarías de Estado
de Administraciones Públicas y de Presupuestos y Gastos, se dictan las
presentes Instrucciones para establecer los criterios comunes de buenas
prácticas para la gestión de las contrataciones administrativas de
servicios y encomiendas de gestión de servicios a entidades que tengan
la condición de medio propio e instrumental de la Administración, con la
finalidad de evitar la existencia de situaciones en las que se incurra
en la figura de cesión ilegal de trabajadores, así como una eventual
declaración por vía judicial de la misma.
Acceso a las Instrucciones (Vía gencat.net)
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