El Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Oviedo ha desestimado la
denuncia del secretario general de MCA-UGT, Eduardo Donaire, y su esposa,
Carmen Fernández, contra ATLÁNTICA XXII, el director de la revista Xuan
Cándano, el periodista Fernando Romero y el sindicalista de CSI Cándido
González Carnero. Donaire y su esposa apelaban al derecho al honor por lo
publicado sobre UGT en el número 36 de la revista, en enero de 2015, y
solicitaban una indemnización de 30.000 euros.
En la sentencia de la jueza María Fidalgo, conocida esta mañana, se atienden
todas las consideraciones formuladas en el juicio, celebrado el pasado 29 de
marzo, por el abogado de ATLÁNTICA XXII, Ángel Bernal, al estimar veraces las
informaciones publicadas y diligente la actuación profesional de Cándano y
Romero.
Al inicio de las motivaciones de la sentencia, de 17 folios, la jueza indica
que, aplicando “la doctrina expuesta al caso que nos ocupa, ha de hacerse
referencia, en primer lugar, a la relevancia pública o interés general de la
información o de la opinión. La proyección pública de Don Eduardo Donaire es un
hecho notorio en Asturias y el interés general de toda información u opinión
vertida acerca del sindicato UGT resulta incuestionable, máxime en los últimos
tiempos, en los que resulta difícil sustraerse a las noticias que sobre dicha
organización aparecen en los medios de comunicación, relacionadas con
cuestiones que han sido abordadas en los sucesivos números de la revista
ATLÁNTICA XXII, como se constata con el examen del ejemplar unido a la demanda
y de los aportados por los demandados”.
Lo denuncia incidía especialmente en el regalo de una moto de gran
cilindrada por parte de Suzuki a Donaire, cuando la multinacional japonesa
tenía una factoría en Gijón. A este respecto la sentencia indica que Donaire
“aporta la documentación de la moto, lo que obviamente nada significa acerca
del modo de adquirirla y un certificado según el cual realizó, en 2006, una
transferencia a Motonáutica de una cantidad, que tampoco prueba la compra de la
moto Burgman aludida, ya que no se aclara el destino del dinero”.
La jueza considera que tanto Cándano como Romero, autor de los artículos,
actuaron con “la diligencia exigible” al corroborar con varias personas
vinculadas a UGT y a Donaire lo publicado, ante la negativa del dirigente
sindical a ser entrevistado y dar su versión a ATLÁNTICA XXII. Una de esas
fuentes, el exdirigente ugetista de MCA Pablo Álvarez, ratificó su versión en
el juicio en calidad de testigo. Otra testigo, la expresidenta del comité de
empresa de Suzuki-Gijón, María Jesús Calvo, que trabajó en el departamento de
ventas de la multinacional, confirmó el regalo de motos. A ATLÁNTICA XXII Calvo
le concretó que esos regalos eran a “proveedores, colaboradores, sindicalistas
y periodistas” y que había una cuenta secreta en Suzuki para ello. En el juicio
declaró, según recoge la sentencia, “que se oyó el comentario de que a Donaire
le habían regalado una moto, comentarios que provenían de la gente de UGT”.
Cándano citó otra fuente secreta, ya que no quiso declarar en el juicio por
miedo a represalias.
Tampoco atiende la jueza el requerimiento del dirigente ugetista sobre la
información referente a su pertenencia a Consejos de Administración. “La
información es lo suficientemente ambigua como para considerarla inocua y,
desde luego, veraz”, escribe.
La sentencia también es clara respecto a una vivienda del matrimonio
demandante en el edificio “El Barco” de Gijón, donde se asentaban los
astilleros de la ciudad: “La afirmación de que el demandante es propietario de
un piso en Gijón, en primera línea de playa, no se tacha de falsa en la
demanda, sino que se matiza, en el sentido de que es copropietario del mismo,
junto a su esposa y que tiene una superficie de 58,47 metros cuadrados.
Tales extremos resultan irrelevantes, puesto que, al igual que en el caso
anterior, considero que lo que se pretende con el artículo es poner de
manifiesto una contradicción entre un determinado estilo de vida, que incluye
una segunda residencia en una ciudad costera, y la condición de sindicalista.
Lo mismo sucede con el precio que se menciona en la noticia, que no se atribuye
al piso propiedad de los demandantes, como afirma la demanda, sino a esa zona
de la ciudad, añadiendo que ‘ningún trabajador podría comprarse un piso aquí’ y
desde luego, lo que en modo alguno se afirma en el artículo y es más, ni
siquiera se sugiere, es que la adquisición de ese inmueble haya sido posible
gracias a la obtención de ingresos dudosos”.
Respecto a las declaraciones de Cándido González Carnero, María Fidalgo
también desestima con nitidez la denuncia, estimando que “no aparecen
expresiones inequívocamente injuriosas” ni “se emplean términos ultrajantes ni
ofensivos”. La jueza no da importancia alguna a que en sus declaraciones
Cándido confundiese un Audi conducido por Donaire con un BMV. Y matiza que “Don
Cándido es dirigente sindical, hecho también notorio en Asturias y que, por lo
tanto, las expresiones que vierta en el seno de una confrontación con un
sindicato cuyo modo de actuar no comparte y con sus dirigentes, se ven
amparadas por la libertad de expresión en mayor medida que si fueran vertidas
por quien carece de aquella condición”.
La sentencia cita numerosa jurisprudencia en relación a los derechos a la
información, a la libertad de expresión y al honor. Y antes de notificar el
fallo indica que “en definitiva, tras el juicio de ponderación, la balanza ha
de inclinarse a favor del derecho a la información y la libertad de expresión
de los demandados”.
Donaire y Carmen Fernández pueden interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial,
para lo que tienen 20 días de plazo.
Esta es la cuarta actuación judicial de UGT desestimada en relación a
informaciones publicadas por ATLÁNTICA XXII sobre el sindicato. Primero un juez
de lo social anuló una suspensión de 20 días de empleo y sueldo a Xuan Cándano
en su trabajo en RTVE, tras una denuncia de la sección sindical de UGT sobre
una falsa incompatibilidad, a raíz de la publicación en la revista de otros
artículos sobre el sindicato en Asturias. Más tarde fueron absueltos los
periodistas José Ramón Patterson y Gregorio Morán, denunciados por UGT, el
primero por solidarizarse con Cándano en una red social y el segundo por un
artículo en La
Vanguardia sobre el caso del director de ATLÁNTICA XXII.
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