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sábado, 1 de octubre de 2016

El consejero de Educación es un ignorante supino o actúa de mala fe



Las declaraciones del consejero de Educación del Principado que publican hoy algunos medios de comunicación, de que "prevé recurrir el fallo que facilitará a los interinos cobrar el plus”, solo pueden ser fruto de la ignorancia supina o de la mala fe. Porque el titular de esa consejería  debería saber - y si no lo sabe, ser más prudente antes de sacar la lengua a pacer - que el Derecho comunitario debe ser aplicado obligatoriamente por los Tribunales españoles tal y como ha sido interpretado por el TJUE, con preferencia al derecho interno, porque si no lo hicieran, incurrirían en una resolución arbitraria lindante con la prevaricación.

Así lo ha recordado el Tribunal Constitucional en sentencia de fecha 5 de noviembre de 2015, en la que se califica como arbitraria una resolución judicial que se separó de la interpretación del Derecho comunitario realizada por el TJUE, vulnerando con ello el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente protegida como derecho fundamental por el artículo 24.1 de la Constitución.

Por tanto, el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo nº 1 de Oviedo, que planteó la cuestión prejudicial ante el TJUE, debe aplicar escrupulosamente, sin ningún margen de maniobra posible, la interpretación establecida en el Auto del TJUE del pasado 21 de diciembre, conforme a la cual el Plan de evaluación de la función docente del Principado de Asturias y el incentivo que se deriva de ella, en caso de evaluación positiva, es contrario al Derecho comunitario por excluir injustificadamente a los profesores interinos

Como lo tendrá que hacer, de ahora en adelante, cualquier otro juzgado o tribunal español ante el que se plantee una cuestión idéntica. En consecuencia, el recurso que anuncia el consejero de Educación carece del mínimo sentido jurídico y no es más que una rabieta de mal perdedor, al que pillaron en un soberano renuncio.

Solo por atreverse a cuestionar la interpretación del TJUE, anunciando un futuro recurso totalmente inviable desde el punto de vista jurídico, D. Genaro Alonso debería dimitir, o ser cesado, de forma fulminante. Su falta de respeto a los derechos de los interinos e interinas de larga duración son causa sobrada para ello.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies reitera que la interpretación dada por el Auto del TJUE de 21 de septiembre abre la puerta al cobro del complemento salarial de "carrera profesional" a miles de interinos de la educación, de la sanidad y del resto de los sectores administrativos, con cinco o más años de antigüedad.

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