El Tribunal de Justicia de la Unión Europea contesta a una cuestión
prejudicial planteada por el Juzgado Contencioso-administrativo nº 1 de
Oviedo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha comunicado
un auto resolviendo una cuestión prejudicial sobre personal temporal
planteada por el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-
administrativo nº 1 de Oviedo, Juan Carlos García López.
La
cuestión sobre la que se preguntaba al Tribunal Europeo está relacionada
directamente con la situación de un profesor en un Instituto asturiano
que lleva 16 años como personal interino en Educación en Asturias, cada
año en diversos destinos.
La Consejería, por Ley 6/2009 de 29 de
diciembre estableció un sistema denominado Plan de Evaluación Docente
(el equivalente a carrera profesional de personal funcionario ordinario)
y que es convocado cada año y va dirigido al personal docente.
El
que supera ese plan de evaluación -que valora aspectos tales como el no
absentismo, implicación en los objetivos y proyectos del centro- recibe
un incentivo económico (206,53 euros al mes para profesor y 132,18 para
maestros ).
La Ley asturiana 6/2009 permitía solo acceder a ese
plan de evaluación a los funcionarios de carrera que tuvieran 5 años de
antigüedad y por tanto excluía al personal interino, aun cuando llevase 5
o más años de servicio.
Por tanto, aun cuando se implicase
igualmente en los objetivos del centro no recibiría en ningún caso ese
complemento económico, siendo el único elemento diferenciador el que era
personal temporal y aun cuando desempeña igual trabajo y en las mismas
condiciones.
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