Se convocó para cubrir un puesto de coordinador en el Servicio de
Auditoría Interna (SAI) de la Agencia Tributaria, con experiencia en el
Gabinete del secretario de Estado de Hacienda como principal mérito
La
Audiencia Nacional aprecia "desviación de poder" porque se exigía un
perfil "tan específico que pocas personas pueden ostentarlo, lo que
parece indicar que existe cierta intencionalidad en el requisito
exigido"
El jefe de Gabinete del secretario de Hacienda en el
momento de convocarse la plaza, finales de 2013, era Buenaventura
Zabala, que dimitió en octubre y fue imputado en enero por las tarjetas
'black'
Puestos de trabajo a medida del personal de
confianza de los máximos responsables del Ministerio de Hacienda en la
unidad de la Agencia Tributaria (AEAT) que vigila a sus inspectores. La
Audiencia Nacional ha condenado a la AEAT, dependiente del departamento
de Cristóbal Montoro, tras apreciar "desviación de poder" (un acto
administrativo ajeno al interés público, pero con apariencia legal) en
las bases de un concurso convocado en diciembre de 2013 para proveer una
plaza en el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Agencia.
El puesto en cuestión, con el máximo rango en la escala funcionarial
(nivel 30), era el de coordinador en el SAI, unidad de la AEAT que fiscaliza la
labor de los propios inspectores de Hacienda. Se encarga, entre otras
funciones, del "control interno de todos los servicios de la Agencia,
mediante la realización de auditorías de cualquier clase y naturaleza y
el desarrollo de instrumentos de control permanente que permitan evaluar
su eficacia". También se ocupa de "la prevención y detección de las
conductas irregulares" en el organismo. De ahí que la independencia,
imparcialidad y objetividad de sus miembros sea una cuestión clave para
el correcto funcionamiento de la institución.
El SAI, que en el organigrama del ministerio depende
del secretario de Estado de Hacienda y presidente de la Agencia
Tributaria, Miguel Ferre Navarrete, puede comprobar las actas que
instruyen los inspectores y qué personal de la Agencia accede a la base
de datos de los contribuyentes. Es el único servicio del fisco con
acceso total a ese potentísimo banco de información.
La sentencia,
dictada por la Audiencia Nacional el 12 de marzo, anula, por ser
"contraria a derecho", una de las bases de un concurso convocado
mediante una resolución firmada
el 21 de diciembre de 2013 por el director de la Agencia Tributaria,
Santiago Menéndez, que este martes comparece en el Congreso para dar
cuenta del escándalo del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, al
que Anticorrupción investiga por cinco delitos fiscales tras acogerse a
la amnistía fiscal que lanzó Montoro en 2012.
La base
del concurso que ha anulado la Audiencia otorgaba el 50% de los puntos
en el apartado de "méritos específicos" del puesto a un requisito muy
concreto: la experiencia previa en la coordinación del Gabinete del
secretario de Estado de Hacienda, un cargo con marcado carácter
político.
"Intencionalidad en el requisito exigido"
La Audiencia ha anulado esa exigencia por considerar que ese mérito
estaba valorado "en exceso" y era "tan reducido que solo lo puede tener
algún aspirante en concreto". "Es tan específico que pocas personas
pueden ostentarlo", lo que "parece indicar que existe cierta
intencionalidad en el requisito exigido". "Lo anterior entronca con la
desviación de poder" a la que hace referencia la Constitución Española,
dice la sentencia.
Fuentes conocedoras del proceso
consideran que "esta maniobra respondía a la pretensión de consagrar en
el puesto de auditor interno a un determinado funcionario" y se
felicitan porque "con esta sentencia se cierra la posibilidad de nombrar
por concurso auditores internos teledirigidos por el propio órgano
auditado y con enorme riesgo de ser complacientes a la hora de valorar
las actuaciones del mismo".
El Ministerio de Hacienda
no comenta este asunto, mientras que fuentes de la Agencia Tributaria
dicen que la plaza no se ha adjudicado y que ni siquiera se había
iniciado la fase de valoraciones, dado que la tramitación del concurso
estaba paralizada a expensas de la decisión judicial.
Las fuentes consultadas apuntan a dos candidatos como favoritos para
ese puesto, tal y como estaba redactada la convocatoria. El primero es
Esteban Roca Morales, quien actualmente en el organigrama del ministerio
aparece en dos cargos: como coordinador del Gabinete del secretario de Hacienda y como inspector de Servicios en
el SAI, puesto para el que, según las fuentes consultadas, fue nombrado
con carácter "provisional" por Montoro pero sin dejar de realizar las
funciones del otro. El concurso le habría permitido, siempre de acuerdo
con esas fuentes, "consolidar" esa situación.
Otro
posible beneficiario indirecto de este concurso para asegurarse una
plaza futura de inspector de Servicios en caso de ser cesado (como
efectivamente ha ocurrido) es José María Buenaventura Zabala. Jefe de
Gabinete de Miguel Ferre en el momento de convocarse la plaza, dimitió
de ese puesto en octubre, tras conocerse que gastó 63.000 euros con su
tarjeta 'black' de Caja Madrid entre 2004 y 2007.
Zabala, inspector de Hacienda desde 1992, fue miembro del Consejo de
Administración y de la Comisión de Control de la entidad por su
condición de jefe de Gabinete de la Consejería de Hacienda de la
Comunidad de Madrid. En octubre, según El Mundo, se
incorporó al SAI nada más dimitir como jefe de Gabinete del secretario
de Estado de Hacienda, aunque fuentes de la Agencia aseguran que su
destino fue otro: la división de Estudios del Instituto de Estudios
Fiscales (IEF), dirigido por otro personaje polémico, José Antonio
Martínez Álvarez, más conocido como 'el plagiador de Hacienda'.
En enero, Zabala fue imputado por
el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu junto a otros 77
beneficiarios de las tarjetas opacas al fisco de Bankia y Caja Madrid.
Un "traje a medida"
El inspector de Hacienda que llevó a los tribunales la convocatoria
anulada argumentaba que vulneraba "el principio de igualdad, mérito y
capacidad en el acceso al puesto porque se impide acceder a la plaza a
aquellos funcionarios que anteriormente no hayan desempeñado un puesto
de trabajo en el Gabinete del secretario de Estado de Hacienda". Ello
suponía un "traje a medida de algunos concursantes". El mérito exigido,
argumentaba, "no es un mérito cualquiera, solo lo pueden ostentar unos
pocos, por lo que parece que se encubre una libre designación" al exigir
un requisito que, en opinión del demandante, era "ajeno a la plaza
convocada en el concurso, cuyas funciones son las propias y específicas
del Servicio de Auditoría Interna".
La Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional le ha dado la razón.
Ese mérito específico, al otorgar la mitad de la puntuación (cuatro
puntos) en esa fase del concurso (un total de ocho puntos sobre los 100
de valoración total, según fuentes de la Agencia Tributaria), implicaba
"que quien lo ostente obtendrá los cuatro puntos, lo que supondría estar
siempre por encima del mejor puntuado en esta segunda fase, que nunca
podría obtener esos 4 puntos por no ostentar ese mérito específico",
según la sentencia. Así, "por poco que se valore la experiencia
profesional", el candidato que lo acreditase "siempre va a obtener mayor
valoración que el resto".
Ahora la Agencia
Tributaria deberá revisar la valoración de los candidatos y
rectificar la base que establecía ese requisito. En lugar de valorarse
con 4 puntos, deberá otorgarle solo 2, explican fuentes del organismo,
que aseguran que en el pasado ha habido valoraciones superiores para
este mismo concepto. La Agencia deberá abrir un nuevo plazo para
concursar, por si algún candidato adicional decidiese presentarse.
El recurrente, perteneciente al Cuerpo Superior de Inspectores de
Hacienda del Estado, entonces con destino en la Delegación Central de
Grandes Contribuyentes, vio como el Juzgado Central de lo Contencioso
Administrativo número 10 desestimaba el pasado 7 de octubre el recurso
que había presentado contra la resolución por la que Menéndez había dado
carpetazo al asunto. Ahora la Audiencia le ha dado la razón al estimar
su recurso de apelación, aunque sin condenar en costas a la
Administración, como reclamaba.
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