CONTACTO

cofpas@gmail.com
@cofpas

lunes, 4 de abril de 2011

PROHIBICIÓN DE LAS COMISIONES DE SERVICIOS A DEDO


EMPLEO PÚBLICO

5. El nombramiento en comisión de servicios requerirá la tramitación de un procedimiento previo y sumario con el fin de seleccionar al funcionario que finalmente resulte elegido, en el que se garantice la libre concurrencia de los interesados, resolviéndose con respeto a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

Se persigue evitar que los nombramientos provisionales se efectúen en razón a las influencias personales, políticas, sindicales etc.






No hay comentarios:

Publicar un comentario