CONTACTO

cofpas@gmail.com
@cofpas

viernes, 5 de junio de 2009

La reforma de la Función Pública europea


JESÚS ÁNGEL FUENTETAJA PASTOR
"Aunque la reforma invoque la vinculación del rendimiento a las retribuciones, lo cierto es que éstas no incluyen ningún concepto salarial específico que prime en modo alguno la productividad.
Ésta se tiene en cuenta indirectamente en la medida en que se valora a efectos de la promoción, lo que influye en el grado, mientras que la antigüedad determina el avance de escalón cada dos años.
La nueva escala retributiva que establece la reforma supone que cada vez que se progresa en el seno de aquella en cualquiera de los grados se obtiene el mismo aumento porcentual de sueldo. Los escalones se pasan de ocho a cinco y la progresión, en el interior del grado, de todos los escalones posibles conlleva un incremento de sueldo base equivalente a un total del 13 %.
Estos incrementos, si se observa, son decrecientes, de manera que del primero al segundo y de éste al tercero supone un aumento respectivo del 4,2 %, al pasar al cuarto un 2,8 % y, finalmente, un 1,4 % al pasar al quinto.
Además, la promoción al grado superior desde el quinto escalón de un grado no supone ningún aumento de sueldo base"
Texto completo en:
Revista de Derecho Comunitario Europeo
Año 8. Núm. 19. Septiembre-Diciembre 2004

No hay comentarios:

Publicar un comentario