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jueves, 1 de diciembre de 2016

La Sindicatura de Cuentas se rebela frente al TSJA en la ejecución de la sentencia que anuló el concurso de méritos de Técnicos Auditores de ese Organismo




El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies ha tenido acceso al Auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) el pasado 10 de noviembre (ver aquí), en el que se requiere a la Sindicatura de Cuentas para que ejecute la sentencia  dictada el pasado 7 de marzo, que anula el concurso de méritos convocado por ese Organismo para la provisión de cinco puestos de trabajo de Técnico de Auditoría, así como el cese de los funcionarios interinos producido como consecuencia de la resolución del concurso declarado ilegal.

El fundamento de derecho tercero del Auto del TSJA fija los términos en los que la Sindicatura de Cuentas debía ejecutar la sentencia, señalando lo siguiente: “En relación a la ejecución de la sentencia en su propios términos, disponiendo en la misma que se anulan y dejan sin efecto la resolución por la que se convoca  concurso de méritos , así como las resoluciones en las que se acuerde el cese de los recurrentes como funcionarios interinos, anuladas y dejadas sin efecto dichas resoluciones, con independencia de la situación en la que se hallen los nuevos empleados que han accedido a los puestos de trabajo, la consecuencias de dichas anulaciones es la reposición de las  actuaciones al momento inmediato anterior al de dictarse tales resoluciones, manteniendo a los funcionarios interinos cesados en la misma situación en la que se hallaban antes del cese, sin perjuicio de las circunstancias que se hubieran presentado después de dicha fecha”

En el mismo fundamento de derecho el TSJA aclara que “anulada la convocatoria, no era preciso impugnar el nombramiento de los aspirantes designados para ocupar los puestos de trabajo convocados, toda vez que los efectos de la anulación de la convocatoria se extienden a todo el proceso selectivo, de forma que los puestos de  funcionarios interinos que ocupaban los recurrentes no pueden entenderse ocupados por los nuevos titulares resultantes de la convocatoria anulada”

Por tanto, a la luz del contenido de dicho Auto, la ejecución de la sentencia obliga a repetir el concurso de méritos al haberse anulado la convocatoria, a cesar a los funcionarios que obtuvieron los puestos en el convocatoria ilegal y a reponer en los mismos a los funcionarios interinos que fueron desplazados por aquellos.

Como ya señalamos hace dos días, lejos de acatar el contenido del Auto, el Síndico Mayor dictó con fecha 28 denoviembre una resolución, publicada en el BOPA del pasado 29 de noviembre, que toma un atajo fraudulento para no hacer una nueva convocatoria del concurso de méritos anulado y para evitar la readmisión de los interinos cesados, limitándose a añadir  ahora una delirante justificación  para resucitar un acto anulado, en la que se dice que “el perfil del puesto de Técnico de Auditoría, exige que la persona que lo ocupa tenga conocimientos y experiencia en fiscalización y/o auditoría de administraciones, organismos públicos, empresas y fundaciones públicas, en contratación administrativa, en contabilidad pública y privada y en manejo de aplicaciones ofimáticas a nivel de usuario” y que “el concurso específico va a permitir valorar el grado de conocimiento que los aspirantes tienen en estas materias, asegurando la elección de aquellos cuyo perfil profesional sea el más adecuado para el desempeño del puesto.”


Se trata de un acto de rebelión en toda regla frente al Auto del TSJA, que no tiene precedentes y que coloca a la Sindicatura de Cuentas en una situación muy delicada, al margen de la legalidad. La Junta General del Principado, de la que depende la Sindicatura de Cuentas, debería intervenir con urgencia pidiendo cuentas al Síndico Mayor. Por elementales razones de higiene democrática.


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