CONTACTO

cofpas@gmail.com
@cofpas

jueves, 23 de julio de 2015

El Tribunal Supremo destapa la ilegalidad de las encomiendas de gestión del Principado de Asturias

El Tribunal Supremo, en sentencia dictada el paso 1 de julio (ver aquí) ) anula la encomienda de gestión realizada por la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Gobierno del Principado de Asturias a la fundación FASAD, aprobada por resolución de 1 de marzo de 2010, cuyo objeto era el análisis y valoración de la documentación presentada por los centros de servicios sociales para su acreditación como tales y la emisión del informe sobre el cumplimiento de los requisitos de acreditación de centros de atención de servicios sociales.

La Consejería de Bienestar Social y Vivienda, dirigida entonces por Izquierda Unida de Asturias, justificaba la encomienda de gestión en la imposibilidad de tramitar las numerosas solicitudes de acreditación  dentro de plazo, lo que unido a la escasez de medios personales y materiales, podía implicar que algunos centros quedasen acreditados por silencio positivo pese a que, quizás, no garantizasen un servicio de calidad. Para intentar evitarlo, se encomendó la gestión de estos procedimientos administrativos a la fundación FASAD, integrada en el sector público asturiano, pero sujeta en su funcionamiento al derecho privado.

El Tribunal Supremo sentencia ahora que esa cesión de la gestión administrativa fue ilegal, pues no se trata de una actividad de mero trámite, sino de actuaciones administrativas procedimentales (fundamento de derecho décimo), por lo que se vulneraron las prohibiciones del artículo 15.5 de la Ley 30/1992, especialmemte la que impide encomendar a personas o Entidades sujetas al Derecho privado actividades que, según la legislación vigente, hayan de realizarse con sujeción al Derecho administrativo.

La sentencia que acaba de dictar el Tribunal Supremo tiene una enorme importancia desde el punto de vista de la gestión de los servicios públicos pues desvela una práctica bastante extendida, a pesar de ser manifiestamente ilegal, que es la encomienda a "chiringuitos" de la Administración del Principado que funcionan en régimen de derecho privado (empresas y fundaciones públicas), de la tramitación de procedimientos administrativos que sólo pueden instruir e informar funcionarios públicos, con todas las garantías inherentes a su condición Es decir, la privatización ilegal de la gestión administrativa de servicos públicos.

Resulta evidente que  la insuficiencia de medios personales y materiales para la gestión directa de estos procedimientos administrativos no es más que una coartada para reducir empleo público y adelgazar la Administración, a costa de limitar los derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies confía en que esta sentencia sirva de toque de atención para poner fin a estas encomiendas de gestión fraudulentas e insta al nuevo Gobierno del Principado a revisar todas las encomiendas de gestión actualmente vigentes que incurran en los mismos vicios de nulidad, revirtiendo la gestión a los órganos administrativos competentes para ello.

No hay comentarios:

Publicar un comentario