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jueves, 8 de mayo de 2014

La Fiscalía investiga los defectos de seguridad del edificio Buenavista (Calatrava)








La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Asturias acaba de notificar al Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (ver notificación aquí) la apertura de diligencias de investigación sobre las graves deficiencias de seguridad que fueron puestas de manifiesto en el curso de la Comisión de investigación de la llamada Operación de “Los Palacios”, desarrollada en las últimas semanas en el Ayuntamiento de Oviedo, por parte de D. Aquilino Zapico, responsable de la empresa Ipezsa, que había ejecutado todas las instalaciones (eléctricas, de climatización y saneamiento) del complejo de Buenavista.

Estas declaraciones fueron puestas en conocimiento de la Fiscalía el 23 de abril por parte del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (ver aquí), por cuanto que se estaban relatando unos defectos constructivos que padecía el edificio manifiestamente graves. En concreto, se decía que “otro de los fallos más graves está en las consejerías, en las alas que el Principado, a través de Sedes, compró a Jovellanos XXI. «No están aisladas contra el fuego, ni técnica ni acústicamente, denunció Zapico. «Si se produjera una chispa no sé qué podría ocurrir», advirtió sobre un asunto que «sabe Patrimonio». Además, «el forjado inferior del nivel uno está en contacto con el aire»”.


A juicio del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies, de confirmarse los fallos de seguridad en el edificio Calatrava a los que se había referido D. Aquilino Zapico, estos serían de una enorme gravedad, pues se está afirmando que no existen medidas suficientes contra el riesgo de fuego en un edificio en el que se encuentran trabajando más de 400 empleados públicos y en el que se atiende diariamente a un gran número de ciudadanos y ciudadanas que gestionan sus trámites en las oficinas ubicadas en esas dependencias (Consejerías de Presidencia, Cultura, Sanidad y Economía)


Por ello, entendíamos que estos hechos debían ser investigados por la Fiscalía a los efectos de determinar su veracidad, dado que, de  ser ciertas las declaraciones efectuadas por el Sr. Zapico, podíamos encontrarnos ante el delito contra los derechos de los trabajadores tipificado en el artículo 316 del Código Penal :“Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses”.


La Fiscalía ha abierto ahora diligencias de investigación en orden a dilucidar la posible existencia de elementos o indicios que pudieran determinar la existencia de un delito contra los derechos de los trabajadores.



Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies


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