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jueves, 2 de abril de 2009

Una Administración Pública paralela en Asturias


El artículo 1 de la Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2009 relaciona un total de treinta y una – 31 - entidades integradas en el sector público autonómico y sometidas en su funcionamiento al Derecho privado, agrupadas en dos grandes categorías:

A) Organismos y entes públicos sujetos al régimen de contabilidad privada:

- Fundación Asturiana de Atención y Protección a personas con Discapacidades y/o Dependencias.
- Fundación Comarcas Mineras para la Formación y Promoción del Empleo.
- Fundación del Hospital del Oriente de Asturias “Francisco Grande Covián”
- Fundación para el Fomento de la Economía Social.
- Fundación Asturiana de la Energía.
- Fundación Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos.
- 112 Asturias.
- Bomberos del Principado de Asturias.
- Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.
- Consorcio de Transportes de Asturias.
- Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias.
- Televisión del Principado de Asturias S.A.
- Radio del Principado de Asturias S.A.
- Productora de Programas del Principado de Asturias S.A.

B) Empresas públicas con participación mayoritaria, directa o indirecta del Principado de Asturias en su capital social:

- Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias S.A.
- Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales S.A.
- Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga S.A.
- Hostelería Asturiana S.A.
- Inspección Técnica de Vehículos de Asturias S.A.
- Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias S.A.
- Sociedad Regional de Turismo S.A.
- Sedes S.A.
- Viviendas del Principado de Asturias S.A.
- Empresa Pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias S.A.
- Ciudad Industrial Valle del Nalón S.A.
- Parque de la Prehistoria S.A.
- Gestión de Infraestructuras Sanitarias del Principado de Asturias S.A.
- Desarrollo Integral de Taramundi S.A.
- Sociedad de Promoción Exterior del Principado de Asturias S.A.
- Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicaciones del Principado de Asturias S.A.
- Gestión de Infraestructuras Culturales, Turísticas y Deportivas del Principado de Asturias S.A.

Todos estos entes y empresas públicas deben quedar sometidos inexcusablemente al cumplimiento de los principios de selección de personal regulados en el artículo 55 del Estatuto del Empleado Público, pero sin embargo y salvo contadas excepciones, se vienen incumpliendo de forma sistemática: ni existe publicidad de las convocatorias y sus bases, ni procedimientos de selección transparentes, ni se acredita la imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, ni la independencia en la actuación de dichos órganos, ni la adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.

Es decir, en la mayor parte de los casos, su vulneran de forma manifiesta los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, que deben regir el acceso a los puestos de trabajo de estas entidades públicas, de acuerdo con las exigencias del artículo 23.2 y 103.3 de la Constitución española y, en consecuencia, no se dan las condiciones necesarias e imprescindibles para el ejercicio de un derecho humano fundamental en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

En la gran mayoría de los entes y empresas relacionadas no se conocen convocatorias públicas transparentes y regladas conforme a bases objetivas y cuando, en algún caso puntual, se hacen públicas convocatorias de cobertura de puestos de trabajo vinculadas a alguna de dichas entidades, estas revelan procedimientos de selección manifiestamente ilegales.

Citaremos a modo de ejemplo las convocatorias de empleo público efectuadas por las empresas públicas Sociedad de Servicios del Principado de Asturias S.A. (SERPA) en su página web , en las que se describe el proceso de selección en los siguientes términos: “Se formará una Comisión de Valoración que preseleccionará un número de candidatos a los que invitará a una entrevista personal. En función del resultado de las entrevistas se valorará la conveniencia de alguna prueba práctica”, o Viviendas del Principado de Asturias S.A. (VIPASA), en el periódico La Nueva España de 8 de marzo de 2009, sin bases de selección conocidas o la información sobre selección de personal que proporciona en su página web la Fundación Asturiana de Atención y Protección a Personas con Discapacidades y/o Dependencias, que se limita a indicar lo siguiente: “si quiere participar en futuros procesos de selección puede enviar su currículum a : fundación@fasad.org

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