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miércoles, 30 de noviembre de 2011

JUICIO DE FALTAS CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN SINDICAL


En relación con el juicio de faltas que se va a celebrar contra un representante sindical de los trabajadores de la Administración Pública asturiana como consecuencia de la denuncia presentada por el anterior Director General de Función Pública por unas declaraciones referidas a la introducción obligatoria de memorias en los concursos de méritos, expresamos nuestra solidaridad con el compañero y  el rechazo a este intento de represión de la libertad de expresión, a la vez que reproducimos el comunicado difundido por el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies sobre este mismo asunto:

Tras las sucesivas anulaciones judiciales de las convocatorias de concursos de méritos cuyo resultado es una década completa con los puestos vacantes ocupados en comisiones de servicio ilegales al sobrepasar el plazo máximo de un año, la Dirección General de Función Pública presenta ahora los borradores de las bases que regirán las nuevas convocatorias de puestos de nivel equivalente a jefaturas de negociado y de sección.

Las bases se difunden tras los absurdos anuncios efectuados en el BOPA, en los que se publicaron simultáneamente -en un galimatías sin precedentes que se quiso justificar por la obligación de la ejecución de una sentencia que anulaba otras convocatorias de concursos de méritos anteriores- las nuevas convocatorias de concurso de méritos de estas plazas (Resoluciones de 27 de diciembre y de 28 de diciembre de 2010, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno) y el anuncio sobre la futura anulación de esas mismas convocatorias .

Tal modo de proceder incumple flagrantemente lo acordado por el Juzgado de lo contencioso - administrativo nº 5 de Oviedo, en providencia de 11 de enero de 2011, en la que se dice claramente que lo procedente sería que la Administración asturiana dejase sin efecto la convocatoria anterior, dictando una nueva convocatoria ajustada a la reforma de la ley de función pública aprobada en diciembre de 2010, "y de forma simultánea promover un incidente de inejecución de la sentencia por imposibilidad legal según el artículo 109 de la LJCA, de manera que con transparencia y lealtad pueda cotejarse la sentencia a ejecutar - fallo y autos - con la aplicación administrativa de la nueva norma legal..." Es decir, justamente lo contrario a lo realizado por la Dirección General de la Función Pública.

Las bases ahora presentadas por el Gobierno asturiano encubren un procedimiento para la cobertura “a dedo” de las plazas de jefaturas que no se cubrían por el sistema de libre designación, por varias razones:

- Obligan a que la valoración de méritos específicos de los concursos –que supone una parte muy relevante de la totalidad de la puntuación del concurso- se acredite a través de la presentación de una memoria y la realización de entrevistas. Con ello, el riesgo de arbitrariedad en la valoración de los méritos resulta evidente puesto que introducen factores de valoración de difícil objetivación y control.

- Benefician a los funcionarios nombrados previamente en comisión de servicios, atentando contra el principio de igualdad en el acceso a estos puestos. Estos funcionarios, que tuvieron la oportunidad de acumular experiencia en las funciones concretas del puesto de trabajo convocado, tendrá mayores posibilidades de éxito en la redacción de la memoria o en la realización de entrevistas, a cuyos tribunales puede invitarse como expertos a personas del propio centro directivo en el que trabajan aquellos.

- Restringen gravemente el derecho de libre participación en los concursos, ante la dificultad - insalvable en muchos casos - de presentar memorias en relación con todos los puestos de trabajo a los que se podría optar.

En conclusión, se trata de unas bases que limitan drásticamente la libre concurrencia a las convocatorias públicas de los concursos, atentando contra los principios constitucionales por los que se deben regir los concursos de méritos. Son la primera consecuencia de la urgente reforma de la ley de Función Pública asturiana, aprobada en el mes de diciembre, en un golpe de mano sin precedentes al sistema constitucional de Función Pública"

Ver la convocatoria del concurso de secciones (fuente: sindicatos USIPA y CCOO)

Ver la convocatoria del concurso de negociados (fuente: sindicatos USIPA y CCOO)

NOTICIA EN PRENSA

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