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martes, 27 de abril de 2021

El Principado limita los derechos del personal fijo de nuevo ingreso, a la vez que discrimina al personal interino


Hace casi dos años finalizaron las últimas oposiciones del Cuerpo Auxiliar y Administrativo del Principado de Asturias, cuya convocatoria data del año 2018 y que fue realizada al amparo de las Ofertas del Empleo Público de 2016 y 2017; esto es, hace 4 y 5 años.

 

El personal de nuevo ingreso aprobado aún no ha tomado posesión de sus plazas, al tener que aguardar a que Función Pública termine el proceso de concurso de traslados ofreciéndoles las plazas vacantes.

 

Los procesos selectivos bajo convocatoria pública en el Principado de Asturias son lentos y chapuceros, caracterizándose por la conflictividad judicial, la opacidad en cuanto al modo de provisión de los tribunales de selección y el generalizado incumplimiento de plazos en perjuicio tanto de opositores -ciudadanos que a través de grandes esfuerzos se presentan en concurrencia pública a las pruebas selectivas aspirando a un puesto en el sector público- como de los propios empleados fijos que a través de dichas pruebas pueden promocionar en su carrera profesional (promoción vertical).

 

Asimismo, los procedimientos y criterios en cuanto a la provisión de plazas a ofrecer a las personas que han obtenido una plaza a través de oposiciones son, en sintonía con los propios procedimientos selectivos, chapuceros, opacos y además discriminatorios.

 

La intención anunciada por parte de la Dirección de Función Pública del Principado de Asturias en la última reunión de la Mesa General de Negociación celebrada el pasado viernes 23 de abril de limitar a los funcionarios aprobados en las últimas oposiciones a Auxiliares Administrativos y Administrativos los puestos ofrecidos, circunscribiéndolos únicamente  a los puestos que estén ocupados durante más de tres años ininterrumpidos por personal interino y no a la totalidad de plazas vacantes, es un claro ejemplo de la arbitrariedad y deprecio hacia los empleados públicos.

 

Con esta actuación la Administración del Principado de Asturias ocasiona una triple discriminación:

 

-Discriminación del personal de nuevo ingreso, respecto al resto de empleados públicos.

 

Mientras los funcionarios pertenecientes al Cuerpo Auxiliar y Administrativo opta, mediante el último concurso de traslados ya prácticamente finalizado, a poder elegir todas las plazas vacantes ofrecidas posibilitando a un funcionario participante en ese concurso de traslados, por ejemplo, elegir una plaza en su localidad de residencia, el personal de nuevo ingreso no va a poder elegir la totalidad de dichas vacantes aunque no hayan sido cubiertas por los compañeros que se presentaron en el concurso de traslados ya que la Administración no le ofrecerá más que las plazas ocupadas por personal interino con más de 3 años de antigüedad.

 

-Discriminación del personal funcionario de carrera de nuevo ingreso frente al personal interino recientemente incorporado.

 

Al blindarse las plazas ocupadas al personal interino con menos de 3 años de antigüedad, el personal funcionario de carrera de nuevo ingreso se ve limitado en cuanto a las posibilidades de optar a plazas que pueden interesarle si son ocupadas por personal interino con menos de tres años de antigüedad ya que estás plazas serán excluidas y además, gracias a los retrasos en cuanto a ejecución de oposiciones y concursos en esta Administración, el personal interino que las ocupe podrá seguir haciéndolo durante muchos años más.

 

-Discriminación entre el propio personal interino

 

El personal con mayor antigüedad y experiencia cesará, mientras que el personal con menos de tres años permanecerá en sus puestos de trabajo aunque los mismos pudieran -y debieran- ser ofrecidos al personal funcionario de carrera que quisiera optar a los mismos.

 

El criterio de 3 años no obedece a criterio objetivo alguno y resulta completamente arbitrario y las supuestas razones de frenar la temporalidad resultan una excusa poco creíble  dada la enorme tasa de temporalidad existente en esta Administración -a la que poco puede ayudar la cobertura de unas decenas de plazas- y su poco interés y voluntad en desarrollar mecanismos para combatir realmente la tasa de interinidad.

 

La Administración más que perseguir la cobertura de  plazas por personal interino de los Cuerpos Auxiliares y Administrativos con más de 3 años en sus puestos debería combatir la temporalidad con acciones estructurales y generales aprobando anualmente Ofertas de Empleo Público donde se contemplen todas las plazas vacantes, realizar procesos de selección que finalicen en períodos temporales razonables y ser transparente en cuanto a la designación de los tribunales de selección,  realizar concursos de traslados y méritos anuales, debería -en fin- cumplir la ley y no realizar este tipo de actuaciones que aumenta la litigiosidad en el ámbito de la función pública de la que tanto se queja y que es un claro ejemplo de actuación errática, discriminatoria y que demuestra su falta de respeto hacia todos los empleados públicos

  

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