ALetheia CUADERNOS CRÍTICOS DEL DERECHO
Págs. 157‐192
"Difícilmente vamos a poder salir de este cenagal de corrupción si además de las
necesarias actuaciones judiciales no se regenera y profesionaliza la función
pública, es decir, en los puestos de trabajo de media y alta responsabilidad en las
Administraciones Públicas, su ocupación no puede estar dependiendo de la
decisión caprichosa o interesada del órgano político de turno, pues la realidad de
estos más de treinta años de experiencia, nos confirma que el criterio esencial para
muchos de los nombramientos no ha sido ni el mérito ni la capacidad, sino
simplemente la actitud del funcionario para ser “dócil y flexible” ante las
pretensiones del órgano político y, además, a esto podemos añadir que, para
conseguir la cuadratura del círculo, nada mejor que el candidato fuera miembro o
simpatizante del partido gobernante, lo que por sí mismo, no es malo, pero el
problema es el uso de esas situaciones.
No podrá regenerarse y limpiar la corrupción en nuestras Administraciones
Públicas sin una reforma profunda tanto de la selección para el acceso al empleo
público como de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo; resulta
escandaloso que a estas alturas, tras ocho años desde la aprobación de la Ley
7/2007 EBEP, todavía no se haya dado un paso real y efectivo para la
profesionalización del personal directivo en las AA.PP.4
, solo “humo controlado”,
como por ejemplo la reciente reforma de la Ley 27/2013 LRSAL a la Ley 7/1985
LRBRL, donde se anuncia una profesionalización de los directivos, pero para el
acceso a los puestos no hay criterios objetivos y profesionales sino mero “placet
discrecional” de carácter político, además de manifestaciones de cinismo, como,
por ejemplo, anunciar que se refuerza el papel de los habilitados nacionales y a
continuación ampliar el número de Ayuntamientos donde la provisión del puestos
será por libre designación."
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