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domingo, 24 de noviembre de 2019

Andalucía no eran ellos

<p>José Antonio Griñán en Cádiz con Felipe González y Manuel Chaves, el 8 de noviembre de 2011.</p>

Fin del juicio de los ERE. Cárcel e inhabilitación para los líderes del socialismo andaluz. La condena mancha a toda una generación histórica. La que tuvo la habilidad de saber leer y crear el espíritu andalucista a finales de los setenta. La que, a base de mayorías absolutas, acabó por tener la torpeza de no saber diferenciar PSOE de Andalucía, Andalucía de PSOE. Que el poder corrompe es algo que ya sabíamos. En Andalucía, ahora también sabemos, con sentencia judicial en mano, que el poder indefinido acaba por idiotizar al que lo posee. Hasta llevarlo a la extinc
El caso ERE no es un caso más de corrupción en España. Va más allá y es bastante más complejo que una mano en la caja, que un roldanazo con huida a Tailandia o una barceninha que acaba en cuenta suiza. El caso ERE es el fotograma final de una película que empezó en ilusión tras el régimen franquista y acabó en chasco y régimen propio: el clientelar. Nada lo explica mejor que el hecho de que la malversación y la prevaricación se cometiesen a puerta abierta y desde despachos oficiales. No hicieron falta pinchazos telefónicos, ni seguimientos. No hubo que investigar demasiado. En las actas oficiales de los Consejos de Gobierno andaluz estaba todo. Desde los documentos oficiales se aprobaban delitos que los dirigentes no podían o no querían concebir como tales. ¿Cómo va a ser delito lo que es oficial? ¿Cómo algo que emanaba de la Junta, del Partido y de Andalucía –la Santísima Trinidad– podía ser ilegal? Lo era. La moqueta crea somnolencia: si la consume, no conduzca vehículos pesados. El reparto de ayudas a empresas y subvenciones se hizo sin control y acabó convirtiéndose en un caos de irregularidades permitidas y fomentadas por la administración. Primero una, después otra. Para cuando el reparto de ayudas había superado los 600 millones de euros, aquello ya se había normalizado como se había normalizado tejer poder sobre una red clientelar. El caciquismo es como el chirimiri: cuando te quieres dar cuenta estás calado.


Quienes pretenden igualar el caso ERE con el choriceo sistemático del PP se equivocan: lo de los ERE es aún más grave. Lo es porque viene de un gobierno votado por gente humilde y de izquierdas. Lo es porque supone un intento de normalizar una práctica social consistente en comprar voluntades con la cartera en lugar de ganarlas con la política. Lo es porque mancha el nombre de una tierra que ya ha sufrido y sufre bastante como para ahora tener que sufrir la condena judicial de un cuarto de siglo de presidencias. Quienes pretenden igualar el caso ERE con el choriceo del PP se equivocan en otra cosa más. Esto no ha ido de meter la mano en la caja. No ha habido sobres, ni cuentas millonarias en Suiza, ni financiación ilegal del partido. Los presidentes condenados tendrán que pagar su responsabilidad porque bajo su mandato se permitió y se fomentó el caciquismo. Pero no tienen por qué aceptar la acusación de choriceo entendido como tal: ninguno se llevó un duro a su casa. A lo mejor fue incluso peor: pensaron que su casa era Andalucía y que Andalucía eran ellos.

jueves, 21 de noviembre de 2019

Fraude laboral entre bambalinas: 76 cantantes del Coro de la Ópera de Oviedo son falsos autónomos





Los falsos autónomos no solo van en bici cargados con una mochila de reparto. También cantan óperas de Verdi en el imponente Teatro Campoamor. Así lo ha dictado el juzgado de lo Social número 3 de Oviedo, en una reciente sentencia que recoge que 76 cantantes del Coro de la Ópera de Oviedo son falsos autónomos. La magistrada Mª de los Ángeles Andrés Vega da la razón a la Tesorería General de Seguridad Social, que exige 273.247,13 euros a la fundación que gestiona la Ópera ovetense por las cotizaciones sociales impagadas durante los últimos cuatro años debido a este abuso laboral. La Fundación Ópera de Oviedo ya ha recurrido la sentencia.

"La Ópera de Oviedo es la joya de la cultura ovetense", subrayan fuentes municipales cuando se pregunta por el caso. Con una historia que se remonta a la Casa de Comedias de El Fontán en el siglo XVII y que hoy en día encuentra su 'templo' en el Teatro Campoamor, la Ópera de la capital asturiana se ha convertido a esta vez en protagonista por tener de manera irregular a los miembros de su Coro como autónomos.

Esta sentencia –del pasado 6 de noviembre y a la que ha tenido acceso eldiario.es– respalda la actuación de la Inspección de Trabajo, que concluyó en diciembre del año pasado que 76 cantantes del Coro deberían haber estado contratados directamente como asalariados por la Fundación Ópera de Oviedo.

Control de ensayos y cachés impuestos

La magistrada detalla que la relación entre las partes cumple con las condiciones de dependencia y ajenidad típicas de la laboralidad, en las que los cantantes se tenían que ceñir a la organización y dirección de la fundación. Por ejemplo, la entidad es la que provee a los integrantes del coro del vestuario, pone el lugar de los ensayos e imparte la formación vocal y foniátrica.

La directora del Coro, Elena Mitrevska, que dirige al resto de cantantes de hecho "mantiene una relación laboral con la Fundación", destaca el fallo. La Ópera en su conjunto está dirigida desde este marzo por Celestino Valera, tras la salida de Javier Menéndez que ahora ocupa la dirección del Teatro de la Maestranza de Sevilla.

Otras cuestiones que apoyan la declaración de falsos autónomos de los coristas en la resolución judicial es que sus cachés (retribuciones económicas) se deciden "unilateralmente por la Fundación", la obligatoriedad de asistir a los ensayos y las "penalizaciones" que impone la dirección a los artistas en caso de ausencias a los ensayos o faltas de puntualidad.

Los miembros del Coro tienen además regulados desde la Fundación los días de permisos por "asuntos propios" que se pueden tomar: dos máximo para los coristas que canten toda la temporada o la mayor parte de la misma, que no se pueden solicitar los sábados y con un máximo de cuatro personas con ausencias por este motivo en un mismo ensayo.

La jueza subraya también que hay ensayos sin remunerar a los cantantes, algo que "va en contra" del real decreto de 1985 relativo a la jornada del artista, "previsiones que la Fundación Ópera de Oviedo ha venido desconociendo al limitarse a compensar gastos de desplazamiento en medio público de transporte a los que viven fuera de Oviedo y sólo en pretemporada (ensayos)", recogen los hechos probados de la sentencia.
La Fundación: "Es un coro amateur"

La Fundación Ópera de Oviedo ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. eldiario.es ha tratado de recoger la versión de la entidad sobre este caso, pero no ha obtenido respuesta al cierre de este artículo. 

La fundación cultural, privada sin ánimo de lucro creada en 1995, dirige la Ópera de Oviedo y para ello recibe subvenciones públicas tanto del Ayuntamiento de Oviedo (475.000 euros este 2018), como del Principado de Asturias (110.000 euros este año) y del Ministerio de Cultura, a través del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (408.750 euros en 2018). En el Patronato de la Fundación cuentan con un asiento tanto el Principado de Asturias como el Ayuntamiento.

Fuentes de la Consejería de Cultura del Principado rechazan hacer declaraciones sobre el caso al "estar judicializado". Del mismo modo, en el Consistorio tampoco hacen comentarios al respecto.

La respuesta pública de la Fundación a la sentencia, con declaraciones a los medios del presidente de su patronato, Juan Carlos Rodríguez-Ovejero, ha sido rechazar que el Coro titular de la Ópera sea profesional. "Ya hemos dado instrucciones a nuestros abogados para que se ejecute ese recurso, porque nuestra visión es que se trata de un coro amateur, en el que casi todos los coristas son profesionales en otras actividades", ha apuntado, como recoge la Nueva España.

Esta es una de las tesis que rechaza la magistrada Andrés Vega, que recuerda que la Fundación niega ahora la profesionalidad de su coro que publicita en su propia página web. La calidad del coro es además "un compromiso" de la Fundación Ópera de Oviedo en el convenio de colaboración con el Ayuntamiento ovetense, por el recibe los 475.000 euros de subvención, y "tampoco se compadecen con coristas amateur las retribuciones abonadas por título". Las cantidades que se abonan a los miembros del coro por título varían mucho, "desde 117, 65 euros a 5.500 euros", recoge el fallo.

La Fundación intentó que los propios cantantes suscribieran su carácter no profesional. La sentencia detalla que facilitó un documento a los coristas para que se opusieran al alta en la Seguridad Social que tramitó de oficio la Inspección de Trabajo, en el que los coristas asumían que su participación en el Coro obedece "sólo a una colaboración no profesional, al interés particular en una formación de calidad y al existente en contribuir e incrementar el prestigio musical y cultural de Oviedo".

Se desprende también de la resolución judicial que la Fundación intentó que se aplicara la normativa del "voluntariado social", algo que también tumba la magistrada ya que la fundación no solo "no tiene un carácter solidario y humanitario" sino que las actividades de voluntariado no se remuneran, como sí ocurre en este caso.

lunes, 18 de noviembre de 2019

El Gobierno de Barbón sigue sin publicar los informes de motivación del nombramiento de los altos cargos


Cuando ya han transcurrido más de dos meses desde la publicación del nombramiento de la gran mayoría de los nuevos altos cargos del Principado de Asturias – viceconsejeros, directores generales y asimilados - , el Gobierno que preside Adrián Barbón no ha cumplido todavía con la obligación legal de publicar en el portal de transparencia la motivación empleada para justificar cada uno de dichos nombramientos, como exige el artículo 6.3 e) de la Ley asturiana de Transparencia.

No se puede decir que se trate de un olvido porque en el apartado del portal oficial de transparencia dedicado a lo que se denomina “Equipo de Gobierno” se señala expresamente lo siguiente: “Asimismo en el espacio dedicado a cada consejero/a se incluye el listado de altos cargos (acompañados del informe de la motivación de su nombramiento, según artículo 6.3.e) de la ley 8/2018 de transparencia)”

Pero cuando acudimos al espacio dedicado a cada consejero/a, en el que se incluye el listado de altos cargos de cada una de ellas, se omite toda referencia a esos informes de motivación. A este respecto, se da la curiosa circunstancia de que la única consejería que alude a estos informes es la de Cultura Política Llingüística y Turismo, en la que se reserva un casillero para ello, pero que se encuentra vacío.

Como ya hicimos público el pasado 12 de septiembre, el artículo 30 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés, exige unos requisitos de idoneidad para el desempeño de los puestos de alto cargo. Los apartados 1 y 5 de dicho artículo dicen lo siguiente:
“El nombramiento de los altos cargos se hará entre personas idóneas y de acuerdo con lo dispuesto en su legislación específica. Son idóneos quienes reúnen honorabilidad y la debida formación y experiencia en la materia, en función del cargo que vayan a desempeñar. La idoneidad será apreciada tanto por quien propone como por quien nombra al alto cargo.
En la valoración de la formación se tendrán en cuenta los conocimientos académicos adquiridos y en la valoración de la experiencia se prestará especial atención a la naturaleza, complejidad y nivel de responsabilidad de los puestos desempeñados, que guarden relación con el contenido y funciones del puesto para el que se le nombra.”

También señalábamos que, a la visita del currículo profesional de varios de los nombrados, esta exigencia legal de idoneidad no se cumplía.

Que sigan sin publicarse los informes de motivación de los nombramientos de los altos cargos, en los que se debe justificar los conocimientos académicos y la experiencia que reúnen para desempeñar el puesto para el que han sido nombrados, podría deberse a dos razones: la intención del Gobierno de mantener escondidos esos informes de motivación, porque revelarían la improcedencia legal de algunos nombramientos; o la inexistencia de los mismos, lo que sería causa para la anulación de los nombramientos, por incumplimiento flagrante del artículo 30 de la Ley 8/2018.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies insta al Gobierno del Principado de Asturias a cumplir la legalidad y publicar de manera inmediata los informe de justificación de los nombramientos de altos cargos. 

Si esa publicación no se lleva a cabo en el plazo de diez días, procederemos a solicitarlos por escrito y, en caso de silencio o negativa, acudiremos al Consejo de Transparencia del Estado. El órgano equivalente previsto en la Ley asturiana de Transparencia sigue metido en un cajón, con lo que el sistema de reclamaciones y sanciones previsto en dicha ley continúa totalmente desactivado desde su entrada en vigor.


sábado, 16 de noviembre de 2019

GOBIERNO DE COALICIÓN: ALTOS CARGOS Y CUERPOS DE ÉLITE

Rafael Jiménez Asensio
La ocupación principal de los nuevos Ministros consistió en lograr empleos (cargos) para sus clientes y amigos políticos”
(Joaquín Varela Ortega, Los amigos políticos. Partidos, elecciones y caciquismo en la Restauración”, Alianza, 1977, p. 149)
Si las circunstancias, siempre caprichosas, no modifican la actual partitura política, habrá por fin gobierno antes de que finalice el año 2019. El Conde de Romanones afirmaba con contundencia que “la política no tiene entrañas”. Así que mejor esperar. En todo caso, tras un larguísimo paréntesis y otra Legislatura non nata, hay expectativas de que se forme un gobierno para unos de “izquierda progresista” y para otros de “unidad popular”, que tiene tras de sí retos inmensos. Desde hace más de ochenta años no se formaba un gobierno con esa factura ideológica. No cabe extrañarse, por tanto, que entre determinadas personas, medios y entidades despierte inquietud. En otras desvela entusiasmo, aunque más bien contenido o disimulado, cuando no perplejidad. Tampoco debe descontarse que, de producirse esa hipótesis, en el interior del funcionamiento de la sala de mando de la máquina de la Administración del Estado (esto es, en el poder de los cuerpos de élite) se produzcan cambios acelerados y radicales. Y de ello van las líneas que siguen.
La política tradicional (lo que hoy llamaríamos vieja política, que por cierto es la única que queda, si es que en otro momento hubo alguna otra) ha usado siempre cargos públicos presupuestos como medios tradicionales de pagar favores políticos o tejer alianzas coyunturales que permitan sobrevivir al gobierno de turno cuando las mayorías parlamentarias no dan apoyo suficiente para gobernar o aprobar leyes. El propio Max Weber o más recientemente Peter Mair incidieron en esta lógica política, que en nuestro caso sigue omnipresente y con enorme vigor existencial en el funcionamiento de los diferentes gobiernos, sean del color que fueren y del territorio sobre el que se asienten.
Un breve repaso a la historia política de este país lo confirmaría con creces. El caciquismo fue, en palabras de Joaquín Costa, la Constitución material de la España decimonónica. Un punto de exageración había en esta frase. Pero el fenómeno caciquil creó unas formas patológicas de comportamiento político-institucional que llegarán hasta nuestros días reconvertidas en el fenómeno más reciente (y actual) del clientelismo político. La figura personalizada del cacique se colectiviza u “objetiva” en el partido o partidos tras los cambios de gobierno (Robles Egea et alii). El partido en el gobierno será quien reparta credenciales de poder (o pesebres) a los innumerables aspirantes a aquellos cargos públicos que se deben cubrir en la nómina pública, sea en la alta Administración o en las estructuras del sector público, así como en los organismos reguladores, autoridades independientes u órganos constitucionales. Pero cuando hay gobiernos de coalición hay que pactar el reparto del botín.
Si fijamos nuestra atención sobre la alta Administración en lo que al Gobierno central respecta, se puede advertir que la bolsa de reparto de cargos públicos es ciertamente numerosa, pero su cobertura viene limitada en gran parte de los casos por una serie de reglas establecidas en la Ley (salvo que la Ley se cambie por Real Decreto-Ley, que todo es posible en esta política de circunstancias y oportunismo que nos invade). Si se formaliza finalmente el antes denostado e imposible Gobierno de coalición entre PSOE-UP, la bolsa de reparto político de cargos públicos solo en la Administración General del Estado y su Sector Público será objeto de codicia por parte de altos funcionarios pertenecientes a cuerpos de élite alineados o cuando menos amables con los partidos en el poder (sus destinatarios hasta ahora naturales) o a aquellos otros funcionarios que siendo A1 no “cotizaban hasta ahora en la bolsa del reparto”, pero también de aquellas otras clientelas de partido que esperan su hora para adosarse al presupuesto público, aunque su oficio o profesión, si es que la tienen, diste mucho de la función pública.
Esta tensión, que a mi juicio ya está latente (pues hasta ahora no se habla de otra cosa que no sea repartir cargos y prebendas), plantea abiertamente la miope concepción clientelar que subyace en el rechazo frontal por parte de la política en estas cuatro últimas décadas (y taMbién recientemente) de promover algún ensayo de profesionalización de las estructuras directivas de la Administración Pública. Mientras en la inmensa mayoría de las democracias avanzadas esos niveles directivos están profesionalizados, en España aún forman parte de las bolsas de clientelismo que dispone un gobernante (más bien un partido o partidos) cuando alcanza el poder. Nadie quiere cambiar realmente (o, al menos, nadie lo ha querido hacer hasta la fecha) ese statu quo. Los modestos intentos que se han pretendido poner en marcha han topado siempre con el inmovilismo político fruto de una concepción institucional arcaica. Y allí seguimos anclados.

domingo, 10 de noviembre de 2019

La ley del silencio en los chanchullos de las oposiciones sanitarias


El fraude en las convocatorias internas de Osakidetza no es, ni mucho menos, un hecho aislado en España
Sin pruebas muchos no se atreven a llevarlo a la Justicia, aunque sea vox populi en sus entornos que se ha producido la filtración de las preguntas  



Para los familiarizados con las oposiciones (OPE) sanitarias lo que más llama la atención de los papeles de Osakidetza, que reflejan el "tongo" de las oposiciones médicas en la Sanidad vasca, no son los sonoros casos de pucherazos con filtraciones de exámenes. Tampoco sorprende la gran cantidad de personas con altos cargos implicadas ni la variedad de especialidades afectadas. Lo que verdaderamente causa sorpresa es que este secreto a voces entre los profesionales sanitarios, que se conocía desde hace décadas, saliera finalmente con tantos detalles a los medios de comunicación y, aún más, que se denunciase para llevar este asunto a los tribunales. Ángel Loma Osorio, uno de los testigos y miembro de un tribunal de Cardiología, era muy claro al respecto: "Pocos especialistas han sacado su plaza en el Servicio Vasco de Salud sin haber recibido el examen antes".

El fraude en las convocatorias internas de Osakidetza no es, ni mucho menos, un hecho aislado en España. Se trata, en realidad de la punta más visible del iceberg en un país salpicado con irregularidades en sus oposiciones sanitarias. Irregularidades que nacen del enchufismo y que se perpetúan con una ley del silencio no pactada ni escrita entre los profesionales sanitarios. Porque para denunciar los casos de corrupción no solo hay que querer, sino también poder.

La primera barrera que frena a los sanitarios para poner en conocimiento de la Justicia las manipulaciones en las OPEs es poder hacerlo. La absoluta mayoría de los profesionales de la salud que cuentan con fuertes sospechas de que los exámenes para ciertas oposiciones se han filtrado previamente para un selecto grupo de "afortunados" (que suelen estar bien relacionados con quienes cortan el bacalao en las OPE) no disponen de pruebas sólidas. Así, se dan casos de oposiciones con exámenes extremadamente difíciles o con preguntas fuera de temario en los que solo un número reducido de personas es capaz de obtener la puntuación máxima o una elevada puntuación, a gran distancia del resto de opositores. En ocasiones, la irregularidad es tan flagrante que, por azares del "destino", el número de genios con las puntuaciones elevadas coincide con el número de plazas que se convocan. Son indicios de peso de manipulación, pero sin pruebas muchos no se atreven a llevarlo a la Justicia, aunque sea vox populi en sus entornos que se ha producido la filtración de las preguntas.

jueves, 7 de noviembre de 2019

El Defensor del Pueblo de Galicia amonesta a un ayuntamiento por no publicar las actas de un proceso selectivo en tiempo y forma

La Valedora do Pobo de Galicia amonestó el 27 de septiembre del año pasado al Ayuntamiento de Santiago de Compostela por no publicar en tiempo y forma las actas de un proceso selectivo para la contratación de un/una director/a gerente para una empresa pública local.

A este respecto, la resolución emanada del Defensor del Pueblo gallego indica lo siguiente:  "Dado que las consideraciones sobre la totalidad de las reclamaciones, y la resolución definitiva sobre las mismas fue ya adoptada el día 8, no resulta adecuado no publicar conjuntamente el listado y la copia del acta, evitando reiteraciones, indefensión y frustración de aquellos disconformes con el resultado final publicado (más si, como en el caso de la autora de la queja, supone la exclusión del proceso)"

El tribunal del proceso selectivo había resuelto sobre las reclamaciones presentadas por varios candidatos/as, tras la primera fase del proceso selectivo, el día 8 de junio y no hizo pública el acta hasta el 22 de junio. Este retraso merece el reproche más enérgico del Organismo defensor de los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas de Galicia, que pone de manifiesto que "es justamente la publicidad de las actas, en tiempo y forma adecuados, el acto que permite cumplir con las garantías antedichas. Por tanto, la Administración debe ser cuidadosa y exquisita con este tipo de actuaciones, pues de otra forma se aprecia mala praxis administrativa"

La conclusión del Valedor do Pobo es clara y se dirige al Ayuntamiento de Santiago de Compostela en estos términos:
"Que se adopten las medidas oportunas para respetar, de manera completa y eficaz, las garantías formales en la tramitación de cualquier reclamación administrativa en los procesos de selección a la función pública. En este caso concreto, se debe publicar junto con los listados definitivos las actas que recogen la resolución motivada sobre las alegaciones presentadas, así como dar debido traslado a los órganos superiores en tiempo y forma de los recursos de alzada recibidos."

En Asturias el Instituto Adolfo Posada no publica las actas de los procesos selectivos a pesar de la que la Ley de Transparencia de la Comunidad Autónoma le obliga a hacerlo, como ya denunciamos el pasado 7 de octubre.

La escusa de que sólo está obligado a la publicación de las actas tras la terminación del proceso selectivo carece de todo sustento jurídico. Con esta actitud obstruccionista se está lesionando el sistema de garantías de los ciudadanos y ciudadanas frente a la actuación de la Administración y, en concreto, sobre el conocimiento y control de la motivación de sus actos. En este caso, de las decisiones de los tribunales de selección, como ha recordado con acierto el Defensor del Pueblo de Galicia.