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domingo, 12 de junio de 2011

Primera sentencia del Tribunal Supremo confirmando el uso ilegal de los nombramientos a dedo en el Principado de Asturias


Acaba de conocerse la primera sentencia del Tribunal Supremo confirmando la anulación de una Relación de Puestos de Trabajo del Principado de Asturias (RPT) por la utilización indiscriminada y sin motivación del sistema execpcional de provisión de puestos denominado "libre designación" (nombramiento a dedo). Se trata de la sentencia de la Sala de lo contencioso - administrativo del TS de 20 de mayo de 2011 (recurso de casación nº 4656/2009), que desestima el recurso interpuesto por la Administración asturiana contra la sentencia del TSJ de Asturias de 22 de junio de 2009, que anula y deja sin efecto las modificaciones de la RPT y del Catálogo del personal laboral aprobadas por el Consejo de Gobierno en acuerdo de 19 de septiembre de 2007.

Como denunciamos reiteradamente en su momento, los recursos de casación interpuestos por el Gobierno Areces contra las sucesivas sentencias que declaraban ilegal la utilización abusiva de la libre designación carecían del más mínimo fundamento y eran una estrategia dilatoria planteada con el único de fin de ganar tiempo, trasladando al Gobierno siguiente la patata caliente de resolver un problema que, a medida que se ha ido reiterando y generalizando, ha acabado por convertirse en una verdadera metástasis en la Función Pública asturiana.

De la inconsistencia e inutilidad del recurso da buena cuenta el fundamento de derecho cuarto de la sentencia, en el que el TS descalifica severamente el contenido del recurso del Gobierno asturiano señalando que "en el escrito de interposición del recurso debió expresarse, primeramente, el motivo o motivos en que se ampare, cosa que no se hizo" y que "lo que no es aceptable es repetir, en casi transcripción literal, los fundamentos de derecho de la contestación a la demanda, para luego consignar que, frente a su argumentación, la sentencia ha estimado el recurso", y acaba imponiendo las costas al recurrente ( 1.000 euros que pagamos todos los asturianos con cargo al presupuesto)

Se trata de la primera sentencia de una larga lista de ellas que se esperan en los próximos meses y que irán retratando fielmente el grado de degeneración que padeció la gestión de la promoción profesional en el Principado de Asturias en los últimos años.

TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA (FUENTE: SINDICATO USIPA)

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